
Chilpancingo, Guerrero, a 23 de diciembre de 2025.- El Congreso local aprobó por unanimidad tres reformas al Código Penal del Estado para ampliar el marco legal y los alcances de las autoridades en los delitos sexuales contra menores de edad.
Se trata de una reforma para de adición al artículo 115, 180 y 182 del Código Penal para que no prescriban los delitos sexuales contra menores, para que el delito de abuso sexual infantil se persiga de oficio y una tercera para ampliar la tipificación del mencionado delito.
En el dictamen se indica que la prescripción de ese tipo de delitos es “un obstáculo para garantizar la justicia y la reparación integral del daño”, ya que limita el tiempo en que se puede denunciar, y se corre el riesgo de que muchas víctimas no puedan acceder a la justicia.
“No deben prescribir los delitos sexuales contra menores, porque su impacto psicológico, emocional y social requiere una atención permanente y sin limitaciones temporales. La protección integral de los derechos de los niños y niñas demanda un esquema legal que garantice la posibilidad de acceder a la justicia en cualquier momento, facilitando que la víctima pueda denunciar, aún años después del hecho, y así buscar reparación, justicia y apoyo psicológico duradero”.
Sobre la reforma al artículo 180 del Código Penal, trata de que los delitos sexuales en contra de menores sean perseguidos de oficio y no solo por denuncia ante un Ministerio Público.
La propuesta se fundamenta en la protección integral del menor y en el reconocimiento de su estado psicológico y emocional vulnerado tras ser víctima de un acto de violencia sexual.
“Los menores víctimas de delitos sexuales generalmente se encuentran en estado de trauma profundo, que les dificulta comprender, evaluar y actuar frente a su situación. La mayoría de las veces, no están en condiciones de ejercer una voluntad libre, informada o autónoma para iniciar una denuncia”.
Y la tercer reforma es ampliar la tipificación del delito de abuso sexual, incluyendo conductas realizadas a través de medios electrónicos y digitales, como el envío forzado de contenido sexual, el acoso sexual en plataformas digitales (redes sociales, aplicaciones de mensajería o correo electrónico) y la coerción para que la víctima observe o produzca actos sexuales en línea sin su consentimiento.
Las propuestas fueron presentadas en un primer momento por la diputadas Obdulia Naranjo Cabrera, Marisol Bazán Fernández, y las integrantes de la Comisión para la Igualdad de Género: Leticia Mosso Hernández, Araceli Ocampo Manzanares, Obdulia Naranjo Cabrera, Gloria Citlali Calixto Jiménez y Pilar Vadillo Ruiz.
“Al perseguir este delito de oficio cuando eres menor de edad, el Estado asume su papel de protector, le quitamos el paso de la querella a la víctima, y le decimos, tú ya sufriste demasiado, ahora nos toca a nosotros pelear por ti”, dijo la la diputada del PVEM, Obdulia Naranjo Cabrera al razonar su voto a favor del dictamen.
Dichas reformas fueron aprobadas con 30 votos a favor de los diputados presentes en la sesión.
José Miguel Sánchez / Foto: Archivo


