15 mayo,2026 6:50 pm

Detecta SAT otras 107 empresas fantasma

Ciudad de México, 15 de mayo de 2026. Las autoridades fiscales detectaron la operación de otras 107 empresas fantasma en el país, entre las que se encuentran supuestas comercializadoras, constructoras, recicladoras y hasta consultoras.

Estas 107 empresas y personas morales emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios, o bien, producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

Así lo muestra el listado global definitivo de los contribuyentes que cometieron el delito de emitir facturas falsas y simular operaciones, establecido en el Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Entre las comercializadoras y constructoras fantasma que detectaron las autoridades fiscales están Nequis Olmedo, Runde, Trabego, Blockbin, Basel, Consorcio Administrador de Obras Rex, Comercializadora Blunday, Construcción Capa Leasing, Constructora Naerobi, Fortek Construcción y Aceros, así como Gestión y Servicios Fiscales Dax.

En la “lista negra” de las empresas fantasma también aparecen los contribuyentes Carrera Lopez Mirian, Campos Pineda Magdaleno, Castañon Sanchez Patricia Guadalupe, Carranza Villazana Diego, Cruz Mendez Diana Janeli, Diaz Ruiz Hector, Juarez Herrera Mario Alberto y Medina Martinez Ileana, entre otros.

En el Oficio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), El Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Administración General de Auditoría Fiscal Federal y la Administración Central de Fiscalización Estratégica señalaron que a cada contribuyente se le notificó y se le otorgó un plazo para entregar pruebas que pudieran desvincular el delito, pero no se presentaron ante ninguna autoridad fiscal.

“Una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, y en virtud de que esos contribuyentes durante el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, no se apersonaron ante la autoridad fiscal correspondiente, no obstante estar debidamente notificados y, por lo tanto, no presentaron ninguna documentación tendiente a desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios individuales.

“Se hizo efectivo el apercibimiento y las autoridades fiscales procedieron a emitir las resoluciones individuales definitivas en las que se determinó que al no haberse apersonado ante la autoridad no desvirtuaron los hechos que se les imputan, y, por tanto, que se actualiza definitivamente la hipótesis prevista en el primer párrafo de este artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, ello por las razones expuestas en dichas resoluciones definitivas”, indicó Hacienda en el Oficio.

Agencia Reforma