13 octubre,2017 6:35 am

Abre el Congreso juicio de revocación del mandato al alcalde de Chilpancingo

▼ Da paso la mayoría priista en la Comisión Instructora a la solicitud de diputados del PRD contra Leyva Mena al que acusan de desvío de 12 millones que el gobierno federal destinó para el servicio de recolección de basura

▼ Dan al edil priista cinco días de plazo para presentar sus alegatos

▼El proceso inició apenas el martes de forma discreta y se concretaría en la sesión del martes próximo

Texto: Rosalba Ramírez García

Foto: Archivo El Sur

Chilpancingo, Guerrero.- La Comisión Instructora del Congreso local, que controla el PRI, aceptó una solicitud de diputados del PRD e inició el juicio de revocación de mandato contra el alcalde capitalino, el priista Marco Antonio Leyva Mena. El procedimiento ya tiene el aval del PRI y se espera que el dictamen se presente al pleno el próximo martes para su aprobación.

Este sería el primer caso de revocación de mandato que realizaría el Poder Legislativo de Guerrero.

La semana pasada, en la sesión del martes se notificó al pleno de oficios y solicitudes que habían llegado a la Oficialía de Partes, y fueron enviados a comisiones. Entre esos asuntos estaba la solicitud de juicio de revocación de mandato contra el presidente municipal capitalino.

El procedimiento lo solicitaron los diputados perredistas Perfecto Rosas Martínez y Rosa Coral Mendoza Falcón y lo ratificaron el lunes de esta semana, por lo que Leyva Mena fue notificado el martes para que en los próximos cinco días naturales (del miércoles al domingo) pueda presentar pruebas en su defensa.

En la solicitud de juicio de revocación de mandato, los perredistas acusaron al alcalde priista de desvío de recursos, principalmente los 12 millones que el gobierno federal destinó para el servicio público de recolección, tratamiento y destino final de la basura, y desacato de sus funciones.

El problema por la falta de un lugar donde depositar la basura del municipio, es el que más críticas le han generado al alcalde, además de una crisis sanitaria porque en por lo menos dos ocasiones se acumularon grandes cantidades de basura en las esquinas, incluso en el primer cuadro de la ciudad.

El mismo día que de manera discreta, el Congreso turnó a la Comisión Instructora el juicio de revocación de mandato, el gobernador Héctor Astudillo Flores inició una operación con una inversión de un millón y medio de pesos para la contratación de camiones para sacar los desechos de la capital, tras seis días de que la basura se acumulara en las calles.

Fuentes del Poder Legislativo informaron que “las cúpulas del PRI”, avalaron el procedimiento, que más bien se refieren a que fue una indicación a la fracción priista para que no bloquearan la solicitud de juicio de revocación de mandato.

El bloque PRI-PVEM y PAN que la mayoría de las veces votan en el mismo sentido, tienen mayoría en el Congreso y en la Comisión Instructora, por lo que pudieron determinar que no procedía la solicitud, de la misma manera como bloquean casi todo lo que proponen el PRD y demás partidos de oposición. Sin embargo, lo aceptaron iniciar el juicio contra Leyva Mena.

Se supo también que lo que pretenden los diputados es aprobar el juicio de revocación de mandato el próximo martes y lo que buscaban es que ese tema no se ventilara en medios de comunicación hasta el martes, “y que Marco Leyva no tuviera oportunidad de defenderse o pedir licencia”, dijo una fuente.

Por lo que se espera que el martes haya dos sesiones. La primera para que la Comisión Instructora presente al pleno el dictamen por el que “hay lugar a la suspensión o revocación”. Y la otra para dar segunda lectura al dictamen y se someta a la discusión y votación.

Las fuentes del Congreso afirmaron que para aprobar un juicio de revocación de mandato se requiere el voto de dos terceras partes de los integrantes de la legislatura, que actualmente son 45 diputados, por lo que se necesitará que en el mismo sentido voten 30 legisladores.

Sin embargo. la Ley orgánica del municipio libre dice que se requiere el voto de la mayoría de los integrantes, que son 24 diputados.

El PRD tiene 16 diputados -contando a los dos que eran del PT-, y tres de Movimiento Ciudadano suman 19 diputados.

Se espera que el diputado panista vote también por la revocación de mandato de Leyva Mena, ya que es el presidente de la comisión dictaminadora. Si se suma la diputada de Morena María de Jesús Cisneros Martínez serían 21 diputados, por lo que necesariamente necesitarían votos del PRI o del PVEM.

El procedimiento

Es el capítulo 11 de la ley orgánica del Municipio Libre del estado de Guerrero, establece el procedimiento para la suspensión de ayuntamientos y de sus miembros.

En el artículo 95 dice que “el Congreso del estado por mayoría de sus miembros podrá suspender o revocar el cargo o el mandato a los miembros del Ayuntamiento”.

Y se dará cuando se incurra en violaciones graves y sistemáticas a los presupuestos, planes o programas que afecten los intereses de la comunidad, del municipio, del estado o de la federación o a las garantías individuales.

También por conductas que alteren el orden público y la paz social; emitir disposiciones graves y sistemáticas contrarias a las Constituciones General de la República y Política del estado y sus leyes. Y por violaciones intencionales y graves a los celebrados con otros municipios, el estado o la federación.

Pero también por “imposibilidad del Ayuntamiento para cumplir con sus obligaciones por causas imputables a sus integrantes”.

En su quinta fracción, el artículo 95 establece que puede revocar de su mandato a los miembros del cabildo por “la omisión reiterada en el cumplimiento de sus obligaciones”. La octava dice que “por adoptar conductas sistemáticas y graves que afecten al buen gobierno y administración del municipio”

La novena fracción dice que “por incurrir en responsabilidad por infracciones administrativas reiteradas y graves”.

El Congreso del Estado debe sujetarse seguir el procedimiento establecido en ese artículo.

Después de que se presenta la denuncia “el Congreso”, se entiende que se refiere al pleno, debe turnarla a la Comisión Instructora, “ante la cual el denunciante deberá ratificar su denuncia en un plazo no mayor de tres días naturales”.

Después la comisión tendrá un plazo no mayor de 72 horas naturales, notificará personalmente al edil denunciado, que tendrá un plazo de 5 días naturales para “rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su derecho convenga”.

Posterior a eso la Comisión Instructora “dispondrá” de por lo menos un día para presentar su dictamen al Congreso que “resolverá en un plazo no mayor de tres días naturales si hay o no lugar a la suspensión o revocación, pudiendo desechar las pruebas que con motivo de su desahogo pudiesen propiciar una dilación que afecte el buen gobierno y la eficiente administración del Municipio”.

Y finalmente se apunta que “la suspensión a la que se refiere este Capítulo no podrá tener una duración de más de 180 días naturales y cesará en cuanto recaiga resolución inatacable en el juicio de procedencia o en el Juicio político, en su caso”.

El artículo 339 de la ley orgánica del Poder Legislativo apunta que “los procedimientos para la suspensión o desaparición de un Ayuntamiento; la suspensión o revocación del cargo o mandato de uno o más de sus miembros, se seguirán conforme a las causales y trámite que señala la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado e invariablemente deberán dar lugar a la presentación de las pruebas idóneas; y los implicados, tendrán derecho a ofrecer y desahogar pruebas y alegar lo que a su derecho convenga”.

En la sección tercera de la suspensión o revocación del cargo o mandato de miembros de los ayuntamientos, en el artículo 341, apunta que se “decretada la suspensión o revocación del mandato de uno o más de los miembros del Ayuntamiento, éste llamará al suplente o suplentes para que rindan la protesta y ocupen el cargo correspondiente, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la resolución del Congreso del Estado”.