8 mayo,2023 8:06 am

Define hoy la Suprema Corte si anula o no la primera parte del Plan B electoral

La reforma se aprobó la madrugada del 7 de diciembre pasado

Ciudad de México, 8 de mayo de 2023. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tendría que anular este lunes la primera parte del llamado Plan B de reformas en materia electoral, si los ministros y ministras son congruentes con su votación del 29 de agosto de 2022 en el tema de derechos de las audiencias.

En esa fecha, el Pleno de la Corte invalidó por unanimidad la reforma de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) porque el Senado, entonces controlado por el PRI y el PAN, la procesó y aprobó en un sólo día.

El 26 de octubre de 2017 el dictamen fue aprobado en comisiones y votado en el Pleno, sin que hubiera sido conocido previamente por todos los legisladores ni publicado en la Gaceta del Senado ni incluido en el orden del día.

“Hay violaciones graves que afectan, trastocan estos atributos democráticos, dado que no se respetó el derecho de participación de todas las fuerzas políticas con representación democrática en condiciones de libertad, de igualdad, al haberse violado los cauces tanto en las comisiones como en el pleno, que permitan a las mayorías y minorías parlamentarias expresar y defender su opinión en el contexto de la deliberación pública”, afirmó en agosto el entonces presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.

“No se convocó con 24 horas de anticipación a la sesión extraordinaria de las comisiones unidas. Tampoco se publicó con esa anticipación a la sesión del Pleno el dictamen y se dispensaron las dos lecturas de éste en la sesión. Lo anterior tuvo como consecuencia que los senadores no contaran con el tiempo suficiente para estudiar y conocer adecuadamente el dictamen sometido a discusión”, agregó el ministro Juan Luis González Alcántara.

En esa sesión, la ministra Loretta Ortiz fue la única que dijo que votaba por la invalidez por falta de consulta previa a pueblos indígenas, no por vicios de procedimiento.

Este caso sólo afectaba algunos artículos de la LFTR y, al menos, ya existía una minuta proveniente de la Cámara de Diputados, que las comisiones del Senado habían empezado a analizar el 25 de octubre.

El Plan B, en cambio, derivó de dos iniciativas enviadas por el Ejecutivo a los diputados en la mañana del 6 de diciembre, que ni siquiera pasaron por comisiones ni fueron publicadas el día previo en la Gaceta Parlamentaria.

Esa reforma abarca cientos de artículos de las leyes generales de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Partidos Políticos, de Comunicación Social y de Responsabilidades Administra-tivas, dictamen que deroga y reemplaza la Ley del Sistema de Medios de Impugnación, que desde 1996 ha regido la actuación de los tribunales electorales.

Los diputados pasaron la mayor parte del 6 de diciembre discutiendo un intento de reforma electoral a nivel constitucional que fue rechazado, por lo que se pasó al Plan B de sólo cambiar leyes secundarias.

Según el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, quien también presentó el proyecto de la LFTR, Morena y sus aliados publicaron dos iniciativas distintas no dictaminadas de reformas a dichas leyes, una a las 22:12 y otra a las 23:03 de mismo 6 de diciembre, sin que hubiera certeza sobre cuál se sometió a votación. La reforma se tuvo por aprobada a las 2:07 horas del 7 de diciembre.

Transgrede la SCJN las funciones del Congreso con su proyecto contra el Plan B: Presidencia

La Consejería Jurídica de la Presidencia acusó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de tratar de sustituir al Congreso si invalida el proceso legislativo que aprobó el Plan B electoral del Presidente Andrés Manuel López Obrador.

“Al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión.

“De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos”, afirmó en un comunicado.

En una queja más por el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán contra el Plan B, la dependencia argumentó, otra vez, que las leyes reformadas en diciembre del año pasado fueron apegadas al marco legislativo.

La Consejería Jurídica aseguró que la Corte estaría transgrediendo las funciones del Congreso de la Unión, a quien se le cuestiona la dispensa de trámite y la deliberación democrática en las reformas aprobadas en fast track.

“En el proyecto se omite examinar la dispensa de trámite, que es una atribución reglamentada de los legisladores, que los faculta para someter un asunto a discusión y votación durante una sesión sin pasar por comisiones, para lo cual basta que el pleno de la Cámara de Diputados determine, por mayoría, que una iniciativa es de urgente u obvia resolución”, se explicó.

“También resulta inexacto que se haya transgredido el principio de deliberación democrática, como se afirma en el proyecto de sentencia, pues durante la aprobación de las leyes que integran el Plan B en materia electoral, el Congreso de la Unión cumplió los requisitos constitucionales, legales, reglamentarios; incluso, con los criterios de la propia SCJN”.

La representación legal de Presidencia pidió revisar las sesiones de las Cámaras de Diputados y Senadores, así como las gacetas parlamentarias, para constatar que no hubo afectación a esos principios legislativos, como se asegura en el proyecto de la SCJN.

La Corte “revisa distinto leyes neoliberales”, señala

En el mismo texto, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal dijo que la Corte pretende revisar distinto las leyes expedidas en sexenios pasados del “régimen neoliberal”, con las actuales que surgieron como propuesta del Gobierno del Presidente López Obrador.

“Al negar la petición realizada por la Consejería Jurídica para resolver, en primer término, las demandas presentadas desde 2018 en contra de la Ley General de Comunicación Social, la (SCJN) demuestra que existen dos parámetros distintos: uno para revisar las leyes del régimen neoliberal (en cinco años no se ha querido dictar sentencia), y otro distinto para las normas que legítimamente expide la soberanía popular en busca de la trasformación que exige el pueblo de México (se resolvería en tres meses), a pesar de que se trata de la misma norma impugnada”, expuso.

“En el proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, el Ministro instructor propone anular la totalidad del decreto por el que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, aprobadas por el Poder Legislativo en diciembre de 2022 (Plan B), al considerar que no se cumplieron algunas formalidades del proceso legislativo, lo cual es falso”.

Los choques de Presidencia vs SCJN por Plan B La semana pasada, la Consejería emitió un primer comunicado para pedir a la SCJN que revisara primero las impugnaciones de Morena y MC en contra de la Ley General de Comunicación Social, en 2018, la cual había sido aprobada por el PRI y PAN.

En respuesta, la SCJN rechazó la petición y anunció que mañana se analizaría y votaría el proyecto del ministro Pérez Dayán.

El Plan B electoral abarca cientos de artículos de las leyes generales, no solo la de Comunicación Social, sino también la de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Partidos Políticos y de Responsabilidades Administrativas.

Texto: Víctor Fuentes / Agencia Reforma

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