26 marzo,2018 7:27 am

Alerta Conapred sobre reforma que permite a médicos negarse a dar servicio por razones éticas

Texto: Evelyn Cervantes Silva / Agencia Reforma/ Foto: Internet
Ciudad de México, 26 de marzo de 2018. El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) alertó sobre la posibilidad de que se obstaculice el derecho a la salud con la reciente reforma a la Ley General de Salud que avaló el Senado y la cual permite que los médicos puedan negarse a realizar prácticas contrarias a su ética.
Dicha reforma, expuso el Conapred a través de un comunicado, puede obstaculizar el ejercicio pleno de todas las personas al goce de sus derechos humanos, especialmente el derecho a la salud, cuando el personal médico y de enfermería interponga una objeción de conciencia con el fin de abstenerse de realizar ciertos procedimientos médicos.
“El Conapred enfatiza que la objeción de conciencia no debe conducir, de ninguna manera, a que el Estado mexicano deje de prestar un servicio médico a la ciudadanía. Es su responsabilidad que existan prestadores de servicios en suficiencia para que se realicen los procedimientos médicos a los que las personas tienen derecho, así como tomar las precauciones necesarias para garantizar la permanencia, constancia y calidad de los servicios médicos a los que está obligado”, enfatizó en el comunicado.
Por lo anterior, el Conapred hizo un exhorto a todas las autoridades e instituciones públicas a que tengan presente la obligación constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas. Además, enfatizó que los servicios de salud que brinde el Estado deben estar acordes con el principio de igualdad y no discriminación, tal y como lo mandata el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El jueves pasado, el pleno del Senado avaló reformar la Ley General de Salud para que los médicos puedan negarse a realizar prácticas contrarias a su ética.
Con 53 votos a favor, 15 en contra y una abstención, se modificó el artículo 10 Bis a dicha ley, en materia de objeción de conciencia. El dictamen fue enviado al Ejecutivo.
El decreto aprobado modifica el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud y señala que los profesionales, técnicos, auxiliares y prestadores del servicio social que formen parte del Sistema Nacional de Salud, podrán hacer valer la objeción de conciencia y excusarse de participar y/o cooperar en todos aquellos programas, actividades, prácticas, tratamientos, métodos o investigaciones que contravengan su libertad de conciencia, con base en sus valores o principios éticos.