8 febrero,2019 8:30 am

Aprueba la CIDH el informe sobre detención arbitraria y arraigo contra tres acusados de nexos con el EPR

 
La Red Solidaria Décadacontra la Impunidad da a conocer la resolución sobre el caso de los hermanos Jorge y Gerardo Marcial Zompaxtle Tecpile, y Gustavo Robles, detenidos en Veracruz el 12 de enero de 2006
 
 
Guillermo Rivera
El Sur / Ciudad de México
 
La organización Red Solidaria Década Contra la Impunidad informó este jueves que la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) aprobó el informe de fondo del caso de la detención arbitraria y arraigo por 90 días de los hermanos Jorge y Gerardo Marcial Zompaxtle Tecpile, y Gustavo Robles López, quienes, sin haber cometido ningún delito, fueron detenidos por agentes de la Policía Federal Preventiva el 12 de enero de 2006, que pretendían vincularlos con el Ejército Popular Revolucionario (EPR).
En el Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos), integrantes de la Red Solidaria manifestaron su “beneplácito”, pues el caso pone sobre la mesa el tema del arraigo y la prisión preventiva, que se discute esta semana en el Congreso de la Unión.
Para la Red Solidaria, todo comenzó cuando Andrés Tzompaxtle Tecpile, integrante del Ejército Popular Revolucionario (EPR), fue detenido en Zumpango del Río, Guerrero, el 25 de octubre de 1996 por soldados del Ejército mexicano, cuando conducía a un grupo de periodistas a una conferencia de prensa de la dirigencia del EPR.
Andrés fue ingresado a una prisión militar y torturado durante cuatro meses. Se trata del primer guerrillero capturado por el Ejército luego de 22 años del asesinato de Lucio Cabañas. Tzompaxtle logró escapar de la casa de seguridad en la que lo tenían recluido, cerca del campo militar de San Juan Teotihuacán, en el Estado de México, el 22 de febrero de 1997.
Tiempo después dio a conocer en una conferencia que se incorporaba, junto con su esposa, al EPR.
Más tarde, Jorge y Gerardo Marcial Zompaxtle Tecpile, hermanos de Andrés, y Gustavo Robles López fueron detenidos por agentes de la Policía Federal Preventiva el 12 de enero de 2006 cuando se encontraban en el kilómetro 28 de la autopista Fortín de las Flores-Orizaba, en Veracruz, pues su vehículo había tenido fallas mecánicas.
Los policías federales, sin ninguna orden escrita, revisaron el coche, y detuvieron a los tres hombres, sin explicación alguna. Fuero trasladados al Ministerio Público en Orizaba, Veracruz. El titular, si comunicar a los detenidos las razonas por las que habían sido privados de su libertad, los incomunicó e inició la averiguación previa PGR/VER/ORI/2006, por el delito de cohecho.
Los tres rindieron su declaración sin la presencia de un abogado de confianza y sin informarles de qué delito se les acusaba.
El 14 de enero de 2006 fueron trasladados por unos agentes de la Agencia Federal de Investigaciones (AFI) a la Unidad Especializada en Investigación de Secuestros de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), en el entonces Distrito Federal. Ahí rindieron su declaración, otra vez, sin un abogado de confianza.
Fueron exonerados, pro antes de abandonar la SIEDO, agentes de la AFI los trasladaron a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo y Acopio y Tráfico de Armas (UEITA), donde estuvieron detenidos hasta el 18 de enero de 2006.
Ese día se les informó que el juez 14 de distrito de procesos penales federales había ordenado su arraigo por 90 días, para permitir a la UEITA buscar pruebas en su contra, por los probables delitos de “delincuencia organizada con la finalidad de cometer terrorismo”. Los tres fueron arraigados durante tres meses en una casa de la PGR en la colonia Doctores, en la Ciudad de México.
El caso recibió la opinión 20/2007 del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU, que manifestó que se trataba de una detención arbitraria. Jorge, Gerardo y Gustavo fueron absueltos de todo delito el 16 de octubre de 2008 por el segundo tribunal unitario del séptimo circuito de Veracruz.
La Red Solidaria envío el caso ante la CIDH, que aceptó estudiarlo en 2015, bajo el informe 67/15. El 31 de enero pasado, el órgano internacional informó que aprobó el Informe de Fondo.
 
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La secretaria ejecutiva de Red Solidaria, Magdalena López Paulino, indicó que los hermanos Tzompaxtle Tecpile, aunque salieron de prisión en octubre de 2008, insisten en que se haga justicia en el caso porque no quieren que más personas sean arraigadas. Uno de los afectados, Gustavo Robles, ya murió, pero su viuda sigue en la búsqueda de justicia y la eliminación del arraigo.
Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, originario de Veracruz, pidió al Estado mexicano derogar el arraigo, “porque nosotros lo sufrimos en carne propia, pues cuando estás arraigado, no estás delante de un juez y en esos días o meses que te pueden imponer el arraigo, te pueden torturar, porque vimos a personas que las sacaban de donde estábamos y regresaban torturadas”, indicó.
Hay amenaza psicológica siempre, señaló, “en nuestro caso, como no tenían ningún elemento para imputarnos, en ese tiempo investigaron a nuestra familia, pusieron testigos falsos, firmas falsas, investigaron en otros estados si teníamos delitos. Armaron todo ese expediente en contra de nosotros, pero no tenían ningún fundamento y por eso salimos libres”.
Sin embargo, insistió, “la persona arraigada no se puede defender, porque a veces hay interrogatorios dentro del arraigo y no tienes abogado. En mi caso, me sometieron a presiones psicológicas, que lo normal son dos horas, y estuve todo el día, a veces días más. Decían que éramos terroristas”.
Como indígena, exigió, “eso no debe pasarle a nadie, a ningún mexicano. Por no investigar, agarran a cualquier persona para justificar que están haciendo justicia, pero no”.
 
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En la conferencia, Ericka Zamora Pardo, coordinadora de Derechos Humanos de Red Solidaria, dijo que el informe de fondo que entrega la CIDH llega en un momento importante, cuando en México se discuten la Guardia Nacional y la prisión preventiva.
“Este caso tuvo dos cuestiones, señaló Zamora, por un lado, el arraigo por 90 días. Cuando fueron remitidos, al principio, estuvieron un año sin que su caso fuera investigado… ya que en ese momento el juez de Veracruz decía que le correspondía a la juez de la Ciudad de México, y ésta decía que a Veracruz. Fue un año de prisión preventiva, sin que ellos pudieran tener acceso a la justicia y debido proceso.
“La figura del arraigo, sin duda es un acto violatorio de los derechos humanos. Todas las organizaciones en México a nivel nacional nos hemos manifestado en contra”.
Por su parte, el obispo Óscar Pérez, asesor de la Red Solidaria, indicó que el caos “nos muestra que el proceso de justicia en nuestro país todavía tiene muchas deficiencias, y una de estas deficiencias es el arraigo, que cuando una persona cae en éste, no se le dice cuánto tiempo va a estar, o no sabe la persona qué pasa, no se les explican sus derechos y son violentados.
“Es necesario ver cómo se va ir replanteando en los próximos años el sistema judicial. Ojalá que en México haya, como en otros países, un arraigo en la cuestión de que la persona no tiene que salir de la ciudad, o un arraigo en su casa, porque actualmente sólo los aíslan, o los llevan a otros estados”.
El fray Julián Cruzalta indicó que las figuras de arraigo y de prisión preventiva pueden ser solicitadas por el MP, pero siempre y cuando sea justificable. Ya la misma CIDH, en múltiples comunicaciones, ha estado atenta a esta figura, porque atenta contra la libertad personal y el principio de presunción de inocencia, porque es utilizada como una pena anticipada, una intervención directa del Poder Legislativo en el Poder Judicial.
“En estos días vemos cómo se quiere ampliar la figura de la prisión preventiva. Entonces, las personas son detenidas automáticamente sin una consideración ponderada. Eso se discute en la Cámara de Diputados, en audiencias públicas. El Congreso no debe precipitarse, y sobre todo no se debe constitucionalizar un asunto más delicado para el futuro de nuestro país”, finalizó.