4 octubre,2018 6:51 pm

CNDH: dejan elementos de la Marina parapléjico a joven en Acapulco

Acredita la Comisión nacional de Derechos Humanos que elementos navales provocaron lesiones (por arma de fuego) que dejaron parapléjico a un civil, mientras perseguían a un presunto delincuente en la costera Miguel Alemán.

Texto: Redacción / Agencia Reforma / Foto: Twitter 
Ciudad de México, 4 de octubre de 2018. Durante un operativo para detener a un presunto delincuente en el puerto de Acapulco, en 2015, un joven ajeno a los hechos resultó herido por una bala perdida que dispararon elementos de la Marina Armada de México, de acuerdo con un comunicado de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
En el comunicado DGC/294/18 —dirigido al almirante Vidal Francisco Soberón Sanz, titular de la Secretaría de Marina (Semar), y al fiscal general del estado de Guerrero, Jorge Zuriel de los Santos Barrila— la CNDH precisa que los marinos dejaron parapléjico a un civil en 2015 y los instruye a instruye reparar el daño
Elementos navales, señala, provocaron lesiones (por arma de fuego) que dejaron parapléjico a un civil, mientras perseguían a un presunto delincuente en la costera Miguel Alemán.
“ La víctima era ajena a los hechos, que no fueron adecuadamente
investigados por la Fiscalía estatal y, como consecuencia del disparo de arma de fuego que recibió, padece una paraplejia permanente e irreversible.
”Tras el análisis de las pruebas que constan en el expediente respectivo, este organismo nacional encontró evidencia suficiente para acreditar violaciones a los derechos humanos a la integridad personal, seguridad jurídica y afectación al proyecto de vida de la víctima, atribuibles a la Semar, así como al acceso a la justicia en su modalidad de procuración y a la verdad, atribuibles a personal de la Fiscalía General del estado de Guerrero”.
Entre otras observaciones al titular de la Semar está la de colaborar en el esclarecimiento del caso ante la Procuraduría General de la República (PGR), precisó la CNDH.
La Recomendación 31/2018 está relacionada con el uso ilegítimo de la fuerza pública que derivó en violaciones a los derechos humanos a la integridad personal, seguridad jurídica y afectación al proyecto de vida de un joven que al momento de los hechos, el 18 de mayo de 2015, contaba con 21 años de edad.
También se violaron (a la víctima) los derechos de acceso a la procuración de justicia y a la verdad, al no existir sanciones para los elementos que, al realizar una persecución en plena costera Miguel Alemán, causaron lesiones al joven que quedó parapléjico de por vida.
De acuerdo con la CNDH, la víctima se encontraba en un puesto de comida en compañía de su novia y un amigo, en las inmediaciones de la glorieta de la Diana Cazadora, cuando atestiguaron que una persona, que después sabrían era elemento naval, perseguía a un sujeto que corría hacia la playa.

Casi de manera inmediata, el joven sintió su “cuerpo caliente y sus piernas acalambradas” y comenzó a sangrar, por lo que fue trasladado a un hospital, donde se le extrajo el riñón izquierdo y el bazo, y por el impacto del proyectil, el joven sufrió una severa lesión en la segunda vértebra lumbar.
De acuerdo con los reportes médicos, la víctima fue intervenida quirúrgicamente en dos ocasiones para extraerle el riñón izquierdo y el bazo, además, presentó afectaciones en la segunda vértebra lumbar y perdió la movilidad de sus miembros inferiores.
”Actualmente sufre de intensos dolores y calambres que, según lo referido por personal de salud, padecerá de forma permanente e irreversible. Aun cuando la Secretaría de Marina señaló que esas lesiones fueron ocasionadas por el arma de fuego que portaba el probable delincuente, los análisis de química forense que se practicaron a esa persona no revelaron elementos de plomo y bario, productos característicos de la deflagración de la pólvora, y los testigos refirieron que iba desarmado y que quienes realizaron los disparos fueron los persecutores”; es decir, el elemento de la naval.
La CNDH acreditó que el uso de la fuerza por el personal naval no fue acorde con los principios de legalidad, necesidad, oportunidad, proporcionalidad y racionalidad, ya que el sujeto perseguido estaba desarmado y no representaba amenaza o peligro real para su integridad física o su vida; que omitió considerar y evaluar adecuadamente el riesgo de disparar en presencia de población civil y no preservó los indicios y el lugar de los hechos donde se
detuvo al probable delincuente.
“De igual forma, personal de la CNDH advirtió que agentes del Ministerio Público de Guerrero no realizaron una investigación pronta, exhaustiva, completa e imparcial para identificar a los probables responsables de lesionar a la víctima, lo que se tradujo en pérdida de evidencia y violaciones al derecho de acceso a la justicia en su modalidad de procuración y a la verdad.
”Además, se determinó que los daños ocasionados a la salud e integridad física del agraviado constituyen afectaciones a su proyecto de vida, ya que se traducen en la pérdida o drástica reducción de oportunidades de desarrollo y realización integral, ante lo cual se exigen medidas de satisfacción y no repetición.
”Por lo anterior, la CNDH solicita al secretario de Marina la reparación integral del daño, mediante atención médica, psicológica y el otorgamiento de una compensación apropiada, así como inscribir al afectado en el Registro Nacional de Víctimas y colaborar en el trámite de la carpeta de investigación y procedimiento administrativo que se inicien ante la Procuraduría General de la República (PGR) y la Unidad de Inspección y Contraloría General de Marina,
respectivamente”.
Adicionalmente, La CNDH recomendó instruir que el personal naval emplee de manera permanente en sus operativos, cámaras fotográficas, de videograbación y de grabación de audio para documentar su actuación, así como continuar con la implementación de cursos de formación sobre principios del uso de la fuerza, respeto a derechos humanos y preservación del lugar de los hechos.
Al fiscal general de Guerrero “se le pide implementar mecanismos de control y
supervisión, para que los agentes del Ministerio Público actúen con la debida diligencia en la integración de las carpetas de investigación; colaborar en la queja que la CNDH presente ante la autoridad correspondiente por la actuación de los servidores públicos involucrados y capacitar al personal en materia de procuración de justicia y atención a víctimas conforme a estándares internacionales”.