31 enero,2023 9:22 am

Conceden la primera suspensión contra la orden que elimina las zonas para fumadores en restaurantes

Lo consigue la cantina El León de Oro, de la Ciudad de México, que lleva 70 años operando. El gobierno federal puede impugnar la decisión mediante una queja ante un tribunal colegiado, mientras que el 8 de febrero se resuelve si se concede la suspensión definitiva

Ciudad de México, 31 de enero de 2023. Un juez federal concedió ayer la primera suspensión contra la orden presidencial que elimina las zonas para fumadores en restaurantes.

El juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, Ulises Rivera González, otorgó la suspensión en un amparo promovido por la razón social El León de Oro, una cantina con ese nombre que funciona desde hace casi 70 años en la colonia Escandón.

El pasado 15 de enero entró en vigor la reforma reglamentaria decretada por el Ejecutivo que prohíbe “cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento” en las zonas para fumadores.

“Se concede la suspensión provisional a la parte quejosa, para el efecto de que las normas reglamentarias reclamadas no le sean aplicables, únicamente en lo concerniente a la prohibición absoluta de fumar en establecimientos dedicados al servicio de alimentos y bebidas, quedando sujeto al cumplimiento de los deberes que prevén la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT) y su anterior Reglamento”, ordenó el juez.

El gobierno puede impugnar la suspensión provisional mediante queja ante un tribunal colegiado, mientras que el 8 de febrero se resuelve si se concede la suspensión definitiva, que permitiría a la cantina seguir dando servicio de alimentos y bebidas en su zona de fumar durante todo el tiempo que tome tramitar el juicio de amparo.

El artículo 27 de la ley, que es al que deberá sujetarse El León de Oro, sigue permitiendo que se fume en espacios al aire libre.

“En lugares con acceso al público en forma libre o restringida, lugares de trabajo con o sin atención al público, públicos o privados, podrán existir zonas exclusivamente para fumar, las cuales deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre de conformidad con las disposiciones que establezca la secretaría”.

Texto: Víctor Fuentes/ Agencia Reforma