
Texto: Apro/ Foto: Especial
Ciudad de México, 21 de junio de 2018. Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron las multas que en materia de fiscalización impuso el Instituto Nacional Electoral (INE) al candidato presidencial independiente Jaime Rodríguez Calderón, “El Bronco”.
La sanción asciende a 377 mil 72 pesos por la participación de servidores públicos de Nuevo León en la obtención de firmas de apoyo para el exgobernador; 226 mil 243 mil pesos más por la triangulación irregular de los recursos para apoyar al candidato independiente, y 135 mil 731 pesos al confirmarse un patrón de transferencias realizadas desde las tarjetas Oxxo Saldazo.
El TEPJF determinó que el INE demostró la colaboración de 656 servidores públicos de Nuevo León en actividades relacionadas con la obtención del apoyo ciudadano en beneficio de Rodríguez Calderón, y que la participación de estos funcionarios de 29 dependencias administrativas del gobierno estatal significó “la disposición física y temporal de los funcionarios, vulnerando los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral”. Constituyeron una “donación en especie” prohibida por la ley.
En consecuencia, el Tribunal confirmó la multa del INE contra “El Bronco”, que asciende a 377 millones 72 mil pesos por este rubro.
En otro asunto relacionado con el mismo candidato, los magistrados validaron la actuación del INE realizada en el marco del procedimiento para revisar los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención del apoyo de la ciudadanía al entonces aspirante Rodríguez Calderón.
El Instituto detectó que, aun cuando los aportantes fueron confirmados, el origen de estos recursos no estaba plenamente identificado, ya que su monto era “coincidente” con recursos depositados previamente (uno o dos días antes) por personas morales a la cuenta bancaria de quien aportaba.
En otras palabras, el INE confirmó la triangulación de presuntos fondos de origen dudoso o prohibido. Se demostró que existió “un actuar sistemático, a través de diversas personas morales, que llevaron a cabo conductas idénticas, tratando de simular que personas físicas, de manera voluntaria y personal, efectuaban una aportación económica en beneficio del entonces candidato”.
Por este tema, el TEPJF ratificó la multa impuesta por el INE contra Jaime Rodríguez Calderón por 226 mil 243 pesos.
En lo que corresponde a las tarjetas Oxxo Saldazo, la autoridad comprobó que entre octubre de 2017 a marzo de 2018 se realizaron transferencias por un total de 4 millones 352 mil pesos hacia las cuentas destino en diferentes instituciones bancarias cuyos titulares son coincidentes con 1 mil 35 ciudadanos registrados como auxiliares de El Bronco.
El voto unánime de los siete magistrados del TEPJF contrastó con el voto dividido (cuatro contra tres) cuando aprobaron, a finales de marzo, el registro de la candidatura del gobernador de Nuevo León, en claro contraste con la posición del INE.
Ordenan sancionar a funcionarios de NL por firmas
Al resolver el procedimiento especial sancionador, con base en una denuncia promovida por el dirigente estatal de Movimiento Ciudadano, Samuel García, el órgano también determinó que hay responsabilidad tanto de “El Bronco”, aún en su periodo como Gobernador en funciones, como del Mandatario interino, Manuel González, al no haber evitado el uso de servidores públicos, por lo que da vista también al Congreso local.
“Es existente la infracción atribuida a 572 servidores y servidoras públicos por captar apoyos en días y horas hábiles, por tanto se comunica la sentencia a sus superiores jerárquicos”, señala la sentencia aprobada por unanimidad.
“Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, en su carácter de Gobernador de Nuevo León, del 16 de octubre al 31 de diciembre de 2017, y Manuel Florentino González, Gobernador interino, son responsables por no tomar las medidas óptimas, eficaces y adecuadas para evitar el despliegue del uso del servicio público para captar apoyos en favor del candidato independiente a la Presidencia de la República”.
Por tanto, establece el fallo, se comunica esta sentencia al Congreso del Estado.
En la resolución también se determinó que existió coacción por parte de las servidoras públicas Yolanda Deyanira Cedillo González y Dulce María Facundo Torres hacia sus colaboradores, por lo que se informa también a sus superiores jerárquicos.
En la propuesta se señala que de acuerdo con la investigación de la Unidad de lo Contencioso Electoral, aunque fueron emplazados 595 funcionarios estatales por recabar firmas en horario laboral, no se determinó responsabilidad en 23 casos.
La presidenta y magistrada ponente, Gabriela Villafuente Coello, manifestó que se determinó que hubo participación de servidores públicos desde los niveles más bajos hasta los niveles superiores.
Sostuvo que se violaron normas del servicio público y constitucionales, en particular el Artículo 134 sobre la aplicación imparcial de los recursos públicos.
“La única condición es que nunca, no se use el cargo para beneficio o promoción de partido político o candidatura”, argumentó.
La denuncia fue promovida por García y la también legisladora local de MC, Mariela Saldívar, luego que el diario Reforma publicó el 29 de enero que al menos 14 mil 493 firmas fueron capturadas por funcionarios en horario de trabajo.
Al rechazar la confirmación de la sanción que, por irregularidades en la recolección de firmas de apoyo le había impuesto el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el candidato presidencial Jaime Rodríguez dijo que la indagatoria sobre el hecho recayó sobre empresas que fondearon la precampaña, no sobre él.
Aunque aceptará la multa que le aplica la máxima instancia en materia de comicios, “El Bronco” señaló a través de su abogado Juan Morales Alcántara que “las investigaciones no recaen sobre el candidato, sino sobre las empresas cuestionadas, mismas que en su momento deberán hacer valer lo que a su derecho convenga y con las cuales el candidato no tiene ninguna relación”.


