
Octavio Klimek Alcaraz
Uno de los sistemas de normas internacionales más ambiciosos hasta ahora para la protección de los océanos entrará en vigor este sábado 17 de enero del 2026, al cumplirse los 120 días desde la ratificación número 60 por las partes. Por primera vez, los países miembros de las Naciones Unidas establecen normas compartidas para las áreas marinas que están fuera del control nacional y ocupan cerca de la mitad de la superficie terrestre, la alta mar. Es un día histórico para los océanos del planeta.

El acuerdo es crucial para la conservación de la alta mar y para administrar y contener efectivamente las amenazas transfronterizas, con el objetivo de que estas extensas aguas puedan mantenerse como hábitat para la vida marina. La alta mar, que representa el 61 por ciento del océano y está situada fuera de la jurisdicción nacional, es un bien común mundial por antonomasia. La biodiversidad marina en áreas fuera de la jurisdicción nacional ha captado el interés a nivel mundial mientras los investigadores descubren la abundancia y fragilidad de esta biodiversidad, especialmente en torno a montañas submarinas, fuentes hidrotermales, corales y esponjas de aguas frías. La inquietud por la presión humana en aumento que ejercen las actividades emergentes y las ya existentes, como la bioprospección, la pesca, la minería y la contaminación en el mar, ha crecido. La alta mar está gobernada por un conjunto fragmentado de tratados y organizaciones internacionales.
Por ello, tras más de una década de debates en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas, esta, en su resolución 72/249 de 2017, convocó una conferencia intergubernamental para elaborar un nuevo tratado en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM) sobre la conservación y el uso sostenible de la de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional.
El acuerdo, oficialmente denominado Acuerdo en el Marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas fuera de la Jurisdicción Nacional (Acuerdo BBNJ, en inglés) fue adoptado el diecinueve de junio de 2023, en Nueva York, durante una conferencia intergubernamental que tuvo lugar bajo los auspicios de las Naciones Unidas (ver texto del Acuerdo en https://docs.un.org/es/a/conf.232/2023/4).
Es el tercer convenio de implementación de la CNUDM y aplica en las zonas marinas situadas fuera de las aguas territoriales nacionales hasta 12 millas náuticas y fuera de la zona económica exclusiva hasta 200 millas náuticas desde la costa. Esto abarca dos tercios de los océanos del mundo.
El objetivo del acuerdo “es asegurar la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional, en el presente y a largo plazo, mediante la implementación efectiva de las disposiciones pertinentes de la Convención y una mayor cooperación y coordinación internacionales” (Artículo 2 del acuerdo).
El acuerdo BBNJ se centra, entre otros aspectos en:
* Recursos genéticos marinos, incluidas consideraciones sobre la distribución de beneficios;
* Herramientas de gestión basadas en áreas, incluidas las áreas marinas protegidas;
* Evaluaciones de impacto ambiental; y
* Creación de capacidad y transferencia de tecnología marina.
Es decir, se trata de proteger y utilizar de forma sostenible la vida marina, compartir los beneficios de los recursos genéticos marinos y fortalecer el conocimiento y la ciencia sobre los océanos del mundo
Puede verse como un acuerdo muy avanzado en los estándares multilaterales, que combina la protección del medio ambiente y el uso de recursos, otorgándole a las comunidades locales y a los pueblos originarios un rol esencial.
El foco está en el beneficio para la humanidad, incluyendo a las generaciones venideras. Esto suscitará cuestiones fascinantes en el futuro sobre la utilización de los recursos marinos; tal vez en algunas situaciones sea más sustentable y conlleve un mayor beneficio para el planeta si estos recursos no se emplean, sino que se dejan en el océano.
Es probable que el impacto del tratado se perciba en la asignación de áreas marinas protegidas mediante dicho acuerdo. Es seguro que la pesca en estas áreas se verá disminuida o eliminada, y es posible que las rutas de navegación también cambien, dependiendo el caso. Otra fortaleza es su capacidad para establecer áreas marinas protegidas mediante votación, no solo por consenso.
Las áreas marinas protegidas son más que meros cuadros en los mapas. El acuerdo podría significar una transición hacia áreas marinas protegidas a gran escala que ocupen más de 100 mil kilómetros cuadrados. Es necesario gestionarlas, supervisarlas y controlarlas de manera activa. Por ello, la importancia de llevar a cabo evaluaciones e investigaciones in situ, incluso en áreas apartadas de la costa.
La creación de áreas marinas protegidas no debería implicar la formación de áreas exentas de intervención humana. Numerosas personas que dependen de los océanos para alimentarse, sobrevivir y ganarse la vida entienden su medio ambiente y saben cómo cuidarlo. Despojar a los usuarios tradicionales de su acceso a las áreas marinas protegidas sería un error que podría, incluso, afectar negativamente a las comunidades marinas. Existen varios usuarios de los océanos, y se debe identificar con más exactitud quiénes son los que están causando el daño. Los motivos de la explotación oceánica no siempre están en el mar. Como sucede con numerosos problemas relacionados con los océanos, el origen del problema está en aquellas personas que promueven actividades por ejemplo con flotas ilegales de pesca, quienes pueden estar situadas en edificios de oficinas, centros comerciales o patios traseros en tierra firme. El que quiera cuidar el océano tiene que mirar más allá de sus fronteras.
Además, se planean evaluaciones de impacto ambiental antes de que cualquier actividad o intervención sea aprobada. Estas evaluaciones se enfocarán en el posible perjuicio a las aguas internacionales. Esto quiere decir que, si hay razones para pensar que estas aguas se verán perjudicadas, también pueden ser requeridos para actividades en aguas nacionales. Por ejemplo, esto podría ser relevante para proyectos que requieran la extracción de materias primas.
El acuerdo también trata varios asuntos transversales, define un procedimiento financiero y comprende acuerdos a nivel institucional, por ejemplo: la instauración de una conferencia de las partes y de diferentes entidades subsidiarias, una secretaría y un sistema de intercambio de información.
Sin embargo, la debilidad del acuerdo son sus mecanismos de aplicación. No hay sanciones en el acuerdo en este momento. Las violaciones quedan prácticamente sin castigo si no se ejerce presión política. La financiación tampoco es clara. La supervisión, el perfeccionamiento tecnológico y las áreas marinas protegidas continúan siendo meramente simbólicos sin una financiación confiable y a largo plazo. Aunque, por otro lado, el tratado proporciona nuevas maneras de perseguir penalmente las infracciones. Con la expansión de las capacidades tecnológicas para el monitoreo a distancia, como drones y satélites, existe una probabilidad elevada de que se aplique el tratado.
Hasta ahora, 145 Estados miembros de la ONU han firmado el acuerdo y 83 lo han ratificado. Que tantos países lo hayan firmado en tan breve plazo, incluyendo a China y numerosos países sin litoral, es un indicio evidente del interés. Este acuerdo y los Estados que lo han firmado muestran la intención de numerosos países de actuar, aunque no todos ellos lo ratifiquen, como es el caso de los Estados Unidos de América (https://treaties.un.org/Pages/ViewDetails.aspx?src=TREATY&mtdsg_no=XXI-10&chapter=21&clang=_en).
El gobierno mexicano ha completado ya su proceso de ratificación. El 22 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la aprobación del decreto.
En la fase de implementación será crucial para el éxito del acuerdo que los estados que aún no se han adherido oficialmente lo hagan rápidamente. El verdadero éxito del acuerdo se medirá por su implementación efectiva, la solidez de sus instituciones y la materialización de los compromisos de conservación en medidas concretas.


