
Ante la demanda del PRI de reglamentar las actividades de promoción de los aspirantes de Morena, la presidenta del organismo, Luz Fabiola Matildes respondió que esa función es de los congresos locales. “Un órgano electoral administrativo no puede aplicar este tipo de sanciones”, dice
Chilpancingo, Guerrero, 17 de julio de 2026. La presidenta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), Luz Fabiola Matildes Gama, informó que el organismo revisará en reunión de trabajo si abre un procedimiento contra el diputado federal de Morena Javier Taja Ramírez, quien pidió en un acto público el voto en la elección de la gubernatura para la ex consejera jurídica de la Presidencia Esthela Damián Peralta.
El consejero del INE, Arturo Castillo Loza, presumió que ello puede constituir un acto anticipado de campaña, en una entrevista con el grupo Radio Fórmula el miércoles, a propósito del proceso de coordinadores en Defensa de la Transformación y a Soberanía Nacional en Morena, que perfila las candidaturas para 17 elecciones de gubernatura en 2027.
Consultada después de la sesión del Consejo General, Matildes Gama señaló que “precisamente ayer (miércoles) nos enteramos de esta manifestación, y vamos a tener una reunión más tarde, para hacer el análisis de dónde podemos, como órgano electoral encargado, en todo caso, iniciar algún procedimiento”.
En el pleno, representantes del PRI, MC y PAN recriminaron la omisión de las autoridades electorales y exigieron un pronunciaron por las acciones de los aspirantes de Morena que realizan actividades de promoción político-electoral.
En la entrevista, la presidenta del Instituto ratificó que el Consejo General no puede manifestarse en ese sentido porque no es parte de su función, a diferencia de los partidos políticos.
Aclaró que la facultad del IEPC es iniciar los procedimientos sancionadores, darles cauce, y turnarlos al Tribunal Electoral del Estado (TEE). A la fecha sólo el PRI ha presentado dos recursos.
En la sesión, el representante del PRI Manuel Saavedra Chávez fijó postura sobre informes de foros organizados por el IEPC con las poblaciones LGBTIQ, con personas con discapacidad y con las juventudes, para considerar sus planteamientos en los lineamientos para el registro de candidatas.
El priista consideró que no hubo suficiente difusión de las convocatorias.
Y añadió que si el IEPC va a generar más lineamientos “está en tiempo de emitir lineamientos para regular las actividades partidista que a todas luces son violatorias a la ley”, en alusión al proceso interno de Morena.
Sobre esta demanda, Matildes Gama aclaró en la entrevista que son los congresos de los estados los que deben establecer claramente las sanciones por acciones que denuncian los partidos de oposición.
“Un órgano electoral administrativo no puede aplicar este tipo de sanciones”.
También señaló que el Congreso local acotó al instituto a ajustarse a la ley para emitir acciones afirmativas en los lineamientos.
En cuanto a los actos que constituyan posibles actos anticipados de campaña, confirmó que revisarán dentro de sus lineamientos cómo atenderlos. “Es un tema que siguen pendiente, porque todavía no está regulado”.
Cancelación de candidaturas, entre las sanciones por campaña anticipada
En asuntos generales, el representante de MC Joel Eugenio Flores, denunció que en el proceso de “Coordinadoras y Coordinadores de la Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional”, que el 22 de junio anunció Morena y sus partidos aliados en 17 estados donde habrá elecciones de gubernatura “se están desarrollando de manera abierta actos anticipados de precampaña” en las calles, colonias y comunidades.
Aunque se presentan como procedimientos internos de organización y definición de liderazgos, las actividades, con pintas de bardas, colocación de espectaculares o fijación de lonas, “se está realizan de manera sistemática actividades político-electorales, actos públicos abiertos, despliegue territorial de propaganda electoral para persuadir a la ciudadanía”.
Señaló que la ley sanciona a los partidos políticos y personas aspirantes a cargos de elección popular que inicien precampaña incluso antes del proceso electoral que comienza en 53 días.
Indicó que en el 443 de la Ley General General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) se establece que los actos anticipados de campaña son infracciones.
En el 456 numeral 1, Inciso c, Fracción III, señala las sanciones a aspirantes, precandidaturas o candidaturas a cargos de elección, con la pérdida del derecho a ser registrado como candidato, o en su caso, si el registros ya está, con la cancelación del mismo.
Y que cuando el candidato resulte electo en el proceso interno el partido político no podrá registrarlo como candidato.
Además, señala que se les impondrá como sanción, según la gravedad de la falta, la reducción de hasta 50 por ciento de las ministraciones del financiamiento público que les corresponda por el periodo que señale la resolución.
Finalmente, la Fracción II del mismo artículo e inciso, establece la reincidencia de la conducta es considerada como agravante de la falta.
En ningún caso las leyes electorales permiten que los partidos políticos y personas aspirantes a cargos de elección popular inicien precampaña en el mes de junio del año previo al de la elección –eso es violar la ley– con la maniobra o pretexto o subterfugio de que van a designar a los coordinadores de la Defensa de la transformación y la soberanía nacional (sic), Morena y sus aliados iniciaron precampañas en 17 Estados el lunes 22 de junio de 2026”.
Añadió que en un hecho sin precedentes la convocatoria de Morena, indica que sólo las personas con registro podrían realizar las actividades previas en las bases de su convocatoria, sólo semejante al proceso de 2024 con las denominadas “corcholatas presidenciales” que se movían con total impunidad y también las instancias electorales como el INE guardaron silencio.
El representante del PAN, Silvio Rodríguez, señaló que no se tiene que llamar campaña anticipada a las acciones de los aspirantes a las coordinaciones de Morena cuando cumplen con todos los requisitos de proselitismo político.
Lourdes Chávez/ Foto: Jessica Torres Barrera


