19 marzo,2020 5:12 am

Exhortan mujeres a diputados a dictaminar sobre aborto legal sin prejuicios religiosos

Aluden a la iniciativa presentada por nueve de los 22 diputados de Morena el 12 de marzo para que en el Código Penal estatal se establezca que en caso de violación se elimine la autorización del Ministerio Público, y las mujeres puedan acceder de manera libre, segura e informada a la interrupción del embarazo.

Chilpancingo, Guerrero, 19 de marzo de 2020. Cientos de mujeres y organizaciones exhortaron a los diputados locales a que legislen con apego a los tratados internacionales y progresividad, y que no antepongan criterios personales o religiosos al momento de dictaminar la iniciativa para reformar el Código Penal del estado para permitir la interrupción del embarazo en caso de violación sin la autorización del Ministerio Público. 

Así lo demandan en un comunicado, la Red por los Derechos Humanos de las Mujeres en Guerrero; ObVio Guerrero A.C.; Justicia, Derechos Humanos y Género A.C.; Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio; Mujeres Guerrerenses por la Democracia, A.C.; Colectiva Radial Poder Político de las Mujeres; Mujeres Co_Incidiendo con Mujeres, A.C.; Frente Feminista Nacional; Frente Feminista Nacional capítulo Guerrero; Red de Mujeres Indígenas y Afromexicanas de Guerrero y el Observatorio de Violencia Contra Mujeres Hannah Arendt, entre otras. 

Recordaron que el pasado 12 de marzo en el pleno del Congreso Local se presentó una iniciativa de decreto para que en el artículo 159 del Código Penal 499 del Estado de Guerrero se establezca que en caso de violación se elimine la autorización del Ministerio Público, y las mujeres puedan acceder de manera libre, segura e informada a la interrupción del embarazo. 

A los diputados integrantes de la Comisión de Justicia que es la encargada de dictaminar la iniciativa, las firmantes les expresaron su preocupación porque en México cada año 11 mil niñas se convierten en madres, 34 cada día, producto de hechos de violencia sexual, principalmente en el seno de la familia, y la mayoría de estos casos son menores de 15 años. Y Guerrero es uno de los estados en que prevalecen altos niveles de fecundidad en niñas y adolescentes de 10 a 14 años.

Y recordaron que realizaron una solicitud de alerta de violencia de género por agravio comparado por la falta de cumplimiento del Poder Legislativo local, este se presenta cuando un ordenamiento jurídico vigente o una política pública contenga alguno de los siguientes supuestos y transgredan los derechos humanos de las mujeres: distinciones, restricciones o derechos específicos diversos para una misma problemática o delito, en detrimento de las mujeres de esa entidad federativa o municipio; no se proporcione el mismo trato jurídico en igualdad de circunstancias, generando una discriminación o consecuente agravio; o se genere una aplicación desigual de la ley, lesionándose los Derechos Humanos de las Mujeres, así como los principios de igualdad y no discriminación.

Y todas esas condiciones se cumplen en Guerrero por lo que en 2019 el Grupo de Trabajo (GT) que atiende el proceso de Declaratoria de Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado (DAVG-AC) recomendó al estado de Guerrero, entre otras cosas, revisar y reformar la legislación relacionada a la interrupción legal del embarazo por causal excluyente de violación, en específico el artículo 159 del Código Penal y con eso homologarlo con la norman 046 que considera, además, la obligación del Estado en cuanto a la creación de un banco de información de víctimas y agresores respecto a violencia sexual.

Y recuerdan la argumentación de la diputada morenista Blanca Celene Armenta Piza al argumentar la iniciativa que dijo que “negar a la víctima de violación el acceso a los servicios públicos o privados de salud para la interrupción del embarazo forzado, producto de una violación, alegando contradicción legal, no puede verse como una disyuntiva jurídica para el Congreso, sino como un derecho humano que no puede pasar por el tamiz de las percepciones y creencias personales”.

Ya que “la interrupción del embarazo producto de una violación es un derecho reconocido por las leyes y preceptos internacionales firmados por México; no es un delito, porque ya está vigente en el Código Penal. Lo único que se pretende es eliminar cualquier condicionante para hacer efectiva la decisión personal, libre e informada para interrumpir el embarazo. No se trata de imponer nada, sino de dar una opción a las víctimas de violación sexual”.

Por lo que reiteraron la exigencia al Poder Legislativo de Guerrero para que el Código Penal 499 del Estado de Guerrero se homologue con la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046); específicamente reformando la Fracción I del Artículo 159 del citado Código, y posibilitar que se garantice a todas las víctimas de violación sexual acceder a servicios integrales de salud que incluyan la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) sin que ésta tenga que ser autorizada por el Ministerio Público.

E invitaron a “estar pendiente de que los intereses personales o las creencias religiosas” no prevalezcan en las decisiones del Congreso Local y que legislen “con apego a los tratados internacionales, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y leyes generales nacionales aplicables, que mandatan la protección, promoción, garantía y respeto de los derechos humanos”.

Texto: Rosalba Ramírez / Foto: El Sur-Archivo