EL-SUR

Jueves 09 de Mayo de 2024

Guerrero, México

Política  

Atenderá el IEPC el fallo que ordena una elección por usos y costumbres en Ñuu Savi

Convocará a las autoridades y al Ayuntamiento para definir la organización de la próxima votación antes del 30 de enero de 2024, precisa el consejero Edmar León

Diciembre 11, 2023

Lourdes Chávez

Chilpancingo

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) atenderá la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral Poder Judicial de la Federación (Trife), que ordenó apoyar a definir y organizar la elección por usos y costumbres en el ayuntamiento Ñuu Savi.
En consulta telefónica, el consejero Edmar León García explicó que todavía no saben si será atacado en una sala superior el fallo que reconoce la elección por sistemas normativos en el nuevo municipio indígena.
Agregó que, aunque existe esa posibilidad, en materia electoral no hay suspensión de los plazos y lo que sigue es acatar la resolución de Sala Regional. Por lo tanto, la Comisión de Sistemas Normativos convocará a las autoridades y el Ayuntamiento Ñuu Savi para definir la organización de la próxima elección, bajo el sistema normativo interno, antes del 30 de enero de 2024.
El también presidente de esa Comisión destacó que, en este momento, el proceso electoral en curso tiene un salto cuántico en el ejercicio de los derechos indígenas y afromexicanos, respecto al anterior, por las dos sentencias recientes de la Sala Regional
Porque reconoce la elección por sistemas normativos en Ñuu Savi y porque llevó a la modificación de los lineamientos del registro de candidaturas para el proceso electoral ordinario de diputaciones locales y ayuntamientos, para evitar la usurpación de candidaturas destinadas a los pueblos originarios.
“Se crea un procedimiento específico para que ellos (a través de las representaciones de los pueblos) puedan revisar que cumplan con el vínculo comunitario, para evitar la usurpación de candidaturas, y les va a dar espacios para revisión”. Enfatizó que este procedimiento es único en todo el país.

Autoabscripción indígena calificada

El artículo 58 de los lineamientos de registros de candidaturas del proceso electoral local, señala el procedimiento de abscripción calificada de las candidaturas indígenas, con manifestación de decir verdad, constancias con elementos objetivos, circunstancias, hechos o constancias que acrediten el vínculo, para comisarios municipales, Consejo de Ancianos, Consejo de Principales, Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales, que podrán tener el aval de la asamblea comunitaria o constancias expedidas por los ayuntamientos, en aquellos casos donde no sea posible que la autoridad indígena, tradicional o comunitaria expida la constancia.
El artículo 60 indica que la valoración de la adscripción calificada será mediante un dictamen técnico expedido por la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Pluriculturales (DESNP), con los cuales se integrará un informe, que será remitido a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP) del IEPC del Estado de Guerrero, para incluir la determinación correspondiente en los acuerdos de aprobación de las candidaturas.
En el 61, se precisa que la dictaminación favorable o no se realizará a partir de una revisión de la documentación, y el IEPC integrará una base de datos con información de las autoridades facultadas, para hacer constar la autoadscripción calificada de la candidata o candidato como integrante de algún pueblo y comunidad indígena.
Con el artículo 62, una vez dictaminado el vínculo comunitario y la adscripción calificada, la DESNP integrará un informe que será remitido a la DEPPP, para que tenga conocimiento del cumplimiento o no de la acreditación del vínculo comunitario o, bien, se solicite a los partidos, coalición o candidatura común, la subsanación correspondiente dentro del plazo de 48 horas, señalado en el artículo 119 de los Lineamientos.
León García recordó que el estado de Guerrero tiene ocho distritos y 39 municipios indígenas; un distrito local, el 15, y seis municipios afrodescendientes.