Selene Sotelo Maldonado demandaba que se le mantuviera la seguridad, luego de que no se le permitió ejercer plenamente como alcaldesa
Abril 03, 2026
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), ratificó una sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEE), en la que quitó las medidas cautelares a la ex alcaldesa de Xalpatláhuac, Selene Sotelo Maldonado (2021-2024), al considerar que ya no existe un riesgo que justifique mantener su seguridad después de que la Policía Comunitaria impidió su entrada al Ayuntamiento en octubre del 2021 después de asumir el cargo.
En sesión de la Sala Regional, celebrada el día de ayer, el pleno determinó ratificar la sentencia del TEE, la cual estaba impugnada por la ex alcaldesa.
En el expediente el nombre de la ex alcaldesa está como dato protegido, ya que se trató de un caso de Violencia Política en Razón de Género.
La impugnación fue porque consideró que aún está en riesgo y que el TEE en un primer momento no tomó “una decisión neutral”.
“En el caso en estudio, esta Sala Regional considera que no asiste razón a la parte actora debido a que parte del supuesto incorrecto de que correspondía al Tribunal local demostrar que los riesgos alegados han cesado, cuando, en el presente asunto, no se encontró evidencia argumentativa ni probatoria suficiente que permitiera sostener la existencia de amenazas, intimidación, coacción u hostigamiento y con ello, un riesgo o contingencia inminente actual que represente una amenaza a la salud, integridad física o vida de la promovente o de su familia”.
Los hechos por los que la ex alcaldesa le fueron asignadas medidas de seguridad fue por amenazas y ataques en su contra que iniciaron desde que tomó posesión como presidenta municipal de Xalpatláhuac, ya que la Policía Comunitaria de la región impidió su entrada al Palacio Municipal en octubre de 2021.
Derivado de ese hecho del TEE ordenó al IEPC que solicitara las medidas de seguridad y fue a finales del 2025 que determinaron retirárselas.
El TEE declaró el cese de la medida de protección otorgada “en razón de que la situación actual de la víctima no la posiciona en situación de vulnerabilidad, ni riesgo de afectación a sus derechos político-electorales”.
Luego de realizar un análisis de riesgo, a partir de que este Órgano Jurisdiccional ordenó requerir diversa información a diferentes autoridades locales y municipales, así como realizar una inspección de campo en el municipio de Xalpatláhuac, se advirtió que no existen elementos suficientes que permitan evidenciar que los entornos cotidianos en que se desenvuelven actualmente las partes converjan en algún punto, y que ello represente un peligro para la seguridad e integridad de la denunciante.
Tampoco existen elementos que evidencien la existencia de algún vínculo de los infractores con autoridades municipales o comunitarias, específicamente con el tlayankani o la Coordinación Regional o Municipal de Autoridades Comunitarias, lo que deriva entonces, en la inexistencia de un vínculo de poder entre los denunciados y las autoridades comunitarias, determinó el TEE en una primera sentencia, la cual fue ratificada ayer por la Sala Regional. (José Miguel Sánchez / Chilpancingo).