EL-SUR

Sábado 08 de Agosto de 2026

Guerrero, México

Política  

Emite el TEE dos acuerdos sobre sentencias por violencia en razón de género de 2024

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) emitió acuerdos plenarios sobre dos sentencias de 2024, relativas a violencia de política en razón de género, que no fueron atendidas por denunciados y donde las víctimas pidieron reservar sus nombres. En sesión virtual, impuso una medida de apremio a Jesús Gabriel Castañeda Arellano, director del medio de comunicación … Continúa leyendo Emite el TEE dos acuerdos sobre sentencias por violencia en razón de género de 2024

Junio 21, 2025

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) emitió acuerdos plenarios sobre dos sentencias de 2024, relativas a violencia de política en razón de género, que no fueron atendidas por denunciados y donde las víctimas pidieron reservar sus nombres.
En sesión virtual, impuso una medida de apremio a Jesús Gabriel Castañeda Arellano, director del medio de comunicación Acapulco Trends y Ojo de Acapulco, por desacato de la sentencia del 20 de agosto de 2024, y a un acuerdo plenario de 5 de junio de este año.
Lo anterior, para que el denunciado cumpla e informe en relación con las medidas de reparación y garantías de no repetición, decretadas en la sentencia de 29 de agosto, en donde se determinó la existencia parcial de violencia política contra las mujeres en razón en la razón de género, y se le impuso una sanción de 50 Unidades de Medida y Actuación (UMA), así como diversas medidas de reparación.
El caso se vinculó, además, a la Dirección Ejecutiva de Administración, del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), para el cobro de la multa; y al Instituto Nacional Electoral (INE) para la inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
En sesión virtual, se informó que la parte denunciada no cumplió, no obstante que ya tiene vencido un apercibimiento de incumplimiento, con una multa equivalente a 50 UMA. Este viernes, se le volvió a requerir cumplimiento de la sentencia en cinco días hábiles, con la advertencia de que en caso de incumplimiento, se le aplicará otra multa por 100 UMA.
En otra sentencia, del 18 de septiembre de 2024, por existencia parcial de violencia política en razón de género, el TEE ordenó a la Coordinación de lo Contencioso Electoral, del IEPC, que solicite a Facebook la eliminación de las publicaciones constitutivas del agravio, ante la no localización de la o las personas responsables de la difusión.
Por otro lado, declaró ineficaces e inoperantes los argumentos de una apelación del PRD Guerrero, para reclamar las prerrogativas de noviembre y diciembre de 2024, canceladas durante el proceso de liquidación del PRD nacional. Además, que ya existe un pronunciamiento al respecto en la sentencia del 13 de febrero de 2025. (Lourdes Chávez / Chilpancingo).