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Miércoles 03 de Junio de 2026

Guerrero, México

Política  

La CNHJ de Morena declara infundada la queja de Payán contra la relección de Jacinto

El órgano interno aclara que el mandato de la actual dirigencia estatal no ha sido prorrogado por otro periodo

Diciembre 23, 2024

Daniel Velázquez

La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, declaró infundados los agravios expuestos por Ernesto Fidel Payán Cortinas, quien impugnó la reelección de Jacinto González Varona para continuar al frente del Comité Ejecutivo Estatal por otro periodo.
El órgano interno aclaró que el mandato de la actual dirigencia estatal del partido no ha sido prorrogado por otro periodo.
Payán Cortinas recurrió a la CNHJ para inconformarse por la reelección de Jacinto González, porque aseguró que viola el artículo 8 del estatuto, que establece que no debe haber duplicidad de funciones y con el argumento de que los cargos públicos son irrenunciables.
El supuesto acuerdo para la reelección de Jacinto González se dio el 22 de septiembre, en la asamblea del 7 Consejo Nacional de Morena. Payán Cortinas impugnó la reelección de Jacinto González el 26 de septiembre, para el 30 de ese mismo mes la CNHJ declaró improcedente el caso, por considerarlo frívolo. Payán Cortinas recurrió al Tribunal Electoral del Estado mismo que se resolvió el 14 de noviembre, mismo día en que la comisión fue notificada para reponer el procedimiento y resolverlo en un plazo de 20 días, la nueva resolución se publicó en estrados electrónicos el 11 de diciembre y determinó infundados los agravios.
En su respuesta el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena sostiene que en el 7 Congreso Nacional Extraordinario no se prorrogó el mandato del dirigente estatal Jacinto González, sino que está sujeto a los plazos fijados en el 3 Congreso Nacional Ordinario, ocurrido el 17 de septiembre de 2022. González Varona fue electo presidente del partido el 4 de septiembre de 2022 por un periodo de tres años.
En la resolución de la CNHJ se lee, “la autoridad responsable señala que, el promovente (Payán Cortinas) parte de una premisa errónea, consistente en una supuesta prórroga de la Presidencia del Comité Ejecutivo Estatal de Guerrero, derivado de lo acordado en el congreso de mérito, lo cual resulta incorrecto, ya que la prórroga acordada se encuentra únicamente prevista para las personas que integran los congresos y consejos estatales, así como las coordinaciones estatales, mas no así para los integrantes de los comités ejecutivos estatales, pues esta prórroga no conlleva una postulación o nombramiento como titular de la Presidencia del Comité Ejecutivo Estatal de Guerrero, pues es un hecho público y notorio que Jacinto González Varona obtuvo su carácter de presidente mediante el proceso interno suscitado en el 3 Congreso Nacional Ordinario, por lo que, el periodo de funciones de dicho cargo estará acotado al plazo por el que fue nombrado en dicho acto y no así relacionado con la celebración del 7 Congreso Nacional Extraordinario”.
En el documento también se lee que el argumento para impugnarlo por duplicidad de funciones es infundado, porque “la licencia parlamentaria implica una separación temporal del cargo de legislador, pues al solicitarse esta, el legislador deja de ejercer materialmente sus funciones como miembro del poder Legislativo por lo tanto, en términos práctico y jurídicos, no actúa como miembro activo de dicho poder durante el periodo en licencia”.
En su respuesta el CEN sostiene que los agravios expuestos por Payán Cortinas “están encaminados a señalar que existió inobservancia en la designación de Jacinto González Varona y como se señala, se argumenta que el acto del que se adolece el promovente no aconteció y como consecuencia no se transgrede la normatividad”.

Otra impugnación

Por otra parte, la impugnación a la resolución de la CNHJ de Morena, promovida por Ángel Basurto Ortega Méndez, fue desechada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) por extemporánea, pues no se presentó en los plazos fijados para el seguimiento del caso.
Ortega Méndez recurrió al Trife para que quiten a la actual presidenta del CEN de Morena, Luisa María Alcalde Luján, y lo pongan a él en ese cargo mediante la acción afirmativa indígena o bajo la perspectiva pluricultural.
Ortega Méndez señala que el 8 de julio solicitó por escrito al CEN de Morena que se le informara sobre la convocatoria para la renovación de la dirigencia nacional, como no hubo respuesta, el 26 de agosto recurrió a la CNHJ del partido donde le pidieron subsanar las deficiencia en su queja, mismas que solventó el 4 de septiembre. El 20 de septiembre el CEN le envió la convocatoria y el 30 de ese mismo mes se inscribió en la contienda interna, pero fue omitido del proceso interno, por lo que el 17 de octubre recurrió otra vez a la CNHJ quien ordenó al CEN que le dieran una respuesta y el 31 de octubre le dijeron que su petición es inatendible porque su registro fue el 30 de septiembre y el Consejo Nacional de Morena donde se eligió a la nueva dirigente fue el 22 de septiembre, por lo que otra vez recurrió a la CNHJ, la cual le notificó que sobreseyó el caso el 12 de noviembre, por esa razón recurrió al Trife el 18 de noviembre, el 25 de noviembre la CNHJ determinó que la queja era improcedente luego de los informes que dieron las autoridades partidistas y el 6 de diciembre Ortega Mendez recurrió otra vez al Trife, pero en la sesión del pasado jueves la Sala Superior del Trife desechó el recurso por presentarse.