El Tribunal no fue notificado de las asambleas estatales donde se nombraron a los integrantes de la Comisión Permanente, quienes determinarán sobre las candidaturas de este partido en el proceso electoral local
Rosalba Ramírez GarcíaChilpancingo
Enero 11, 2018
El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) ordenó al Comité Directivo Estatal (CDE) del PAN que sus sesiones deben de ser en su domicilio oficial en Chilpancingo.
La resolución fue por la sesión fallida en la dirigencia municipal del PAN el pasado domingo 31 de diciembre en Acapulco, y evidenciaron que la sesión del pasado domingo 7 de enero en la capital (que se realizó en un salón de un hotel) aún no es notificada al órgano jurisdiccional.
Ordenó al Comité Directivo Estatal del PAN, “a sesionar en su domicilio legal y tomar las providencias necesarias conforme a su normatividad interna para dar cumplimiento al resolutivo cuarto de la sentencia de 29 de diciembre de 2017, que invalidó la instalación del Consejo Estatal del PAN en Guerrero, celebrada el 12 de febrero de 2017”.
Ayer a las 12 del día sesionó el pleno del TEE, para cuatro temas, entre ellos la continuidad del Juicio Electoral Ciudadano interpuesto por panistas que impugnaron la instalación del Consejo Estatal del pasado 12 de febrero.
La resolución fue una orden del TEE al PAN para que las sesiones que realice la dirigencia sean en su domicilio oficial en Chilpancingo, ubicada en el andador Emiliano Zapata en el centro de la ciudad.
Pero esta resolución se da a partir de la notificación del PAN al TEE, de que no fue posible sesionar el pasado 31 de diciembre para emitir la convocatoria correspondiente a la instalación del Consejo Estatal.
Por lo que se evidenció que la dirigencia del PAN en Guerrero no ha notificado al TEE de la instalación del Consejo Estatal que realizaron el domingo en un hotel al norte de la ciudad.
En la sesión del domingo, se nombró a los integrantes de la Comisión Permanente, quienes determinarán sobre las candidaturas de este partido en el proceso electoral local. También las comisiones de Orden, Anticorrupción y Doctrina; la de Vigilancia; la de Asuntos Indígena. Y la Permanente, ésta última encargada de definir las candidaturas del partido para el proceso electoral ordinario de diputaciones locales y ayuntamientos.
Pero como el TEE aún no le han informado que ya se celebró la instalación del Consejo Estatal, ese organismo jurisdiccional no podría hacer un pronunciamiento respecto a si tienen o no validez los acuerdos aprobados el domingo pasado.
Avalan aplicación para candidaturas independientes
En otro tema, el TEE avaló la Aplicación Móvil para recabar apoyos ciudadanos para los candidatos independientes.
El Juicio Electoral Ciudadano, fue promovido por Juventino Rodríguez Martínez, quien impugnó la convocatoria dirigida a la ciudadanía para postularse como candidatos independientes para el proceso electoral de Ayuntamientos y diputados Locales 2018, emitida por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado (IEPC).
Juventino Rodríguez alegó que la Aplicación Móvil para la obtención del apoyo ciudadano, es arbitraria y violenta la Ley Electoral, “vulnerando consigo su derecho a ser votado por imponerse restricciones que van más allá de las establecidas en el artículo 35 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Sin embargo el pleno del TEE declaró infundados los agravios y confirmó las disposiciones de la convocatoria, al establecer que el actuar del IEPC fue apegada a derecho en razón de que se ajustó a las directrices que el Instituto Nacional Electoral (INE) “ha trazado al favorecer la utilización de tecnologías que optimicen y hagan eficiente la recolección de las cedulas de respaldo ciudadanos, haciendo de esta forma innecesaria la presentación física de los documentos recabados por el aspirante a Candidato Independiente”.
Además, sostuvo que el IEPC tiene atribuciones suficientes para regular lo relativo a las herramientas tecnológicas que permitan hacer más accesible el cumplimiento de los requisitos, por parte de la ciudadanía que aspire a obtener una candidatura independiente.
El TEE también resolvió un incidente de inejecución de sentencia, en el que ordenó nuevamente al Ayuntamiento de Tlapa de Comonfort, a realizar el pago de las diversas prestaciones que le fueron retenidas a Hermenegildo Vázquez Sierra “y otros”, cuando se desempeñaban como regidores durante el periodo 2012-2015.
También aprobó por unanimidad de votos, cuatro acuerdos plenarios de diversos Juicios Electorales Ciudadanos en uno se ordena nuevamente al Ayuntamiento de Olinalá y al IEPC para que en forma coordinada se emita la convocatoria y se lleve a cabo el proceso de elección del comisario de la comunidad de Zontecomatlán, “observando en todo momento lo que les fue mandatado en la sentencia de 27 de octubre de 2017”.
El pleno del tribunal determinó que el recurso de apelación acumulado, promovido por Jorge Martínez Carbajal en contra de la etapa de valoración y designación de la Secretaría Técnica del Consejo Distrital 01 y 15 del IEPC, “no corresponde a la vía procedente por lo que se ordenó su reencauzamiento a Juicio Electoral Ciudadano”.