Acuerdo aprobado por unanimidad en la sesión de ayer El fallo de la Suprema Corte no exonera a Martínez Garnelo, Maya Manrtique y María del Pilar León, recuerda Heriberto Noriega Sólo dice que es el Tribunal, y no el Congreso, el que debe investigar la resolución que dejó libre al presunto secuestrador
Hugo Pacheco LeónChilpancingo
Enero 14, 2004
El Congreso del Estado acordó por unanimidad exhortar al Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), “con pleno respeto a la división de poderes”, a que practique una “investigación minuciosa” de la actuación de los magistrados Miguel Maya Manrique y Jesús Martínez Garnelo y la jueza María del Pilar León Flores, así como de la resolución emitida por éstos que dio origen al juicio político en su contra, y que se les impongan las sanciones correspondientes porque no fueron exonerados de la responsabilidad imputada: conceder la libertad a un presunto secuestrador.
Los magistrados y la jueza fueron destituidos de sus cargos mediante un juicio político instituido por el Congreso local en agosto de 2001, y fueron reinstalados en sus cargos por el pleno del Tribunal Superior de Justicia el martes 6 en acatamiento a una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 18 de noviembre pasado, que invalidó la sanción en contra de los tres funcionarios judiciales.
En la sesión de ayer, los diputados del Congreso local no debatieron sobre el tema a pesar de que en el acto público de su reinstalación los magistrados, en voz de Jesús Martínez Garnelo, los calificó de “ignorantes” por haberlos enjuiciado e inhabilitado del cargo por seis años.
El diputado del PRS, Heriberto Noriega Cantú, leyó en tribuna la propuesta de punto de acuerdo en el que defiende la actuación de la 56 Legislatura que castigó en 2001 a los funcionarios del Poder Judicial, pues los diputados de entonces se basaron “en el hecho de que los servidores públicos enjuiciados, al rendir sus informes y declaraciones sobre los hechos imputados en el juicio político, aceptan no haber tomado en cuenta diversas pruebas por considerarlas que carecían de relevancia y eficacia jurídica”, con lo que incurrieron en omisión de una ley secundaria y, en esa medida, violaron lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero.
A juicio de la Comisión Instructora de entonces, dijo Noriega, tal omisión “causó perjuicios graves al Estado y a la sociedad y motivó transtorno en el funcionamiento normal de la institución de impartición de justicia”.
Luego añadió el diputado Heriberto Noriega que “la resolución de la SCJN a la controversia constitucional que declara la invalidez de la resolución emitida en el juicio político 004/2000 señala que la 56 Legislatura del Congreso local, invade la esfera de competencia del TSJE al analizar la resolución emitida por los magistrados y la jueza, puesto que para llegar a la conclusión de que se omitieron valorar pruebas en el proceso penal, se tuvo que analizar la resolución emitida por éstos”.
En ese sentido, dijo Noriega, “la resolución de la controversia constitucional no exonera de la responsabilidad en que incurrieron los servidores públicos enjuiciados, sino que se constriñe únicamente a establecer si el Congreso local… invadió la esfera de competencia del Poder Judicial, circunstancia que deja en estado de indefensión a la ciudadanía y al Estado de derecho por no establecerse responsabilidad y sanción a los servidores públicos multicitados”.
También recalcó que aun y cuando el TSJE dio cumplimiento a la ejecutoria de la Suprema Corte “no se pronunció ni acordó investigar la conducta de los servidores públicos”.
Por ello se aprobó por unanimidad exhortar “con pleno respeto a la división de poderes” al TSJE que realice una “investigación minuciosa” del actuar de los magistrados Miguel Maya Manrique y Jesús Martínez Garnelo y la jueza María del Pilar León Flores, así como de la resolución emitida por estos y que dio origen al juicio político emitido en su contra y en el ámbito de sus atribuciones impongan las sanciones a que haya lugar.
Los dos magistrados y la juez fueron destituidos e inhabilitados por el Congreso, acusados de haber dejado en libertad al presunto secuestrador, Carlos Alberto García Castro, El Calilla, integrante de la banda de Pedro Barragán González, actualmente preso en el penal de máxima seguridad de La Palma, estado de México.
El juicio político, sin embargo, fue invalidado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la controversia constitucional número 328/01, el 18 de noviembre del 2003.
Martínez Garnelo fue reasignado a la Tercera Sala Penal de Iguala, mientras que Miguel Maya Manrique a la primera Sala Penal de Chilpancingo. La juez León Flores fue enviada al juzgado civil con sede en Chilapa.
En el punto de asuntos generales de la sesión del pleno del Tribunal Superior de Justicia, el magistrado Martínez Garnelo calificó de “ignorantes” a los diputados de la 56 Legislatura local que aprobaron el juicio político en su contra.
El mismo magistrado dijo que los legisladores, “apoyados en los medios de comunicación, en donde se distorsionó todo”, nunca pudieron demostrar “ningún mínimo indicio de corrupción en sus diversas modalidades en mi actuar al dar mi voto en la resolución judicial correspondiente que incomodó a un particular y promovió indebidamente el citado juicio político”.
En su discurso, Martínez Garnelo dio “gracias a Dios” y lo invocó en ocho ocasiones, “por la resolución de la Suprema Corte y los apoyos recibidos”, lo que molestó incluso a algunos de sus compañeros magistrados como Servando Alanís Santos, quien dirigiéndose a los reporteros dijo: “Nos partió el queso, esta es una institución laica y no tenía por qué invocar a Dios”.