Así lo establece la Constitución y los consejeros electorales se “excedieron en la restricción”, subraya el órgano jurisdiccional. Acata el IEPC la orden que modifica su acuerdo de que deberían dejar el cargo este septiembre. Se buscaba evitar que servidores públicos en ejercicio hicieran uso de recursos a su favor, justifica Marisela Reyes
Rosalba Ramírez GarcíaChilpancingo
Julio 14, 2017
El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) modificó su acuerdo del 6 de junio, que establecía que los servidores públicos que se quieran reelegir deben separarse de su cargo en septiembre, cuando inicia el proceso electoral. La disposición quedó como señala la Constitución estatal, que debe ser 90 días antes de la elección.
Ayer en sesión extraordinaria los consejeros del IEPC modificaron el acuerdo aprobado el 6 de junio pasado, mediante el cual se aprobaron los lineamientos para el registro de candidatos para el proceso electoral ordinario de diputados locales y ayuntamientos 2017-2018.
Ahí establecía que quienes aspiraran a participar en una elección consecutiva tendrían que separarse de sus cargos en cuanto iniciara el proceso electoral, que de acuerdo al calendario es este septiembre.
La modificación se dio a partir de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEE) TEE/rap/005/2017, que ordenó al IEPC que se limitara a respetar los plazos establecidos en la Constitución.
La modificación es porque en los lineamientos aprobados por el IEPC se establecía que los funcionarios públicos que aspiren a reelegirse, deben separarse de sus cargos al inicio del proceso electoral, que sería en septiembre próximo, pero esa medida fue impugnada por el PRD ante el TEE, que falló en contra del IEPC y le responde que se “excedió en la restricción”.
En ese sentido durante la sesión la consejera presidenta Marisela Reyes Reyes justificó que lo que buscaban era garantizar la equidad en la contienda electoral, para que no hubiera alcaldes, síndicos o diputados que participaran en la contienda mientras seguían manejando recursos públicos o aún con la investidura del cargo, “que estuviesen moviendo en su aspiración de la reelección con la posibilidad de hacer uso de los recursos públicos o humanos a su disposición”.
También planteaba que los funcionarios que quisieran reelegirse deberían avisar a sus partidos de su aspiración en cuanto iniciara el proceso electoral, para que estos le notificaran al IEPC y que el órgano pudiera vigilar su actividad.
El TEE modificó el acuerdo del IEPC y les precisa que lo único que el IEPC puede pedir a los aspirantes a reelección es que se separen de sus cargos los 90 días antes de la jornada electoral como lo establece la Constitución del estado.
Sin embargo en el acuerdo aprobado por el IEPC se establece que los aspirantes a reelegirse en sus cargos deben separarse de su cargo cuando inician los procesos internos de los partidos políticos (fechas que son variables y que define cada partido) o en caso de que alguno no tenga precampaña, deben cumplir con el plazo mínimo de los 90 días antes de la jornada electoral.
Marisela Reyes Reyes insistió en que durante todo el proceso electoral los servidores públicos durante el ejercicio de su cargo podrían mover recursos públicos a su favor, pero el Consejo General del IEPC acató la resolución el IEPC.
Ayer después de la sesión los consejeros realizaron entrevistas individuales a aspirantes a consejeros electorales distritales como parte del proceso de integración de los 28 Consejos Distritales Electorales.
A las entrevistas se presentaron 12 mujeres y 26 hombres, se informó a través de un comunicado, en el que el IEPC apunta que los resultados se notificarán posteriormente a los aspirantes.