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Lunes 29 de Abril de 2024

Guerrero, México

Política  

Rechaza el IEPC una solicitud para investigar y aplicar la 3 de 3 a Félix

“No cuenta con facultades de investigación de tipo judicial” y la norma aludida se aplica para negar el registro a candidatos sancionados por un juez, responde en un acuerdo votado por unanimidad

Zacarías Cervantes Chilpancingo

Enero 16, 2021

 

Zacarías Cervantes

Chilpancingo

El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), rechazó en su sesión de ayer la solicitud de la organización Movimiento Feminista de México, que pidió una investigación y la aplicación de la medida 3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres en contra del virtual candidato a gobernador por Morena Félix Salgado Macedonio.
El argumento de los consejeros que aprobaron por unanimidad el proyecto de acuerdo de la presidenta de la Comisión Especial de Igualdad de Género y no Discriminación, Vicenta Molina Revuelta, es que el IEPC “carece de facultades para realizar actividades de investigación judicial de posibles hechos constitutivos de tipo penal” y que la norma 3 de 3 se aplicaría solamente si, a la fecha del registro, el candidato señalado ya cuenta con una condena judicial firme por violencia familiar o delitos sexuales.
En un escrito sin firmas y solamente con el nombre de Movi-miento Feminista de México –organización de la que no se tiene antecedentes– se pidió el 4 de diciembre pasado al IEPC la investigación y aplicación de la medida 3 de 3 contra la violencia hacia las mujeres, que implicaría negarle el registro como candidato, se trató por los consejeros en el punto 8 del orden del día, en el contexto de la polémica que ha generado la existencia de una carpeta de investigación por el delito de violación sexual que existe en la Fiscalía General del Estado (FGE), en contra del virtual candidato a gobernador de Morena.
El acuerdo mediante el cual se dio respuesta negativa a la solicitud fue aprobado sin debate de por medio y con dos únicas intervenciones, la de la consejera Vicenta Molina que argumentó el proyecto, y de la consejera Dulce Villalobos, para apoyarlo.
La respuesta del organismo establece que “no cuenta con facultades de investigación de tipo judicial y, respecto a informar de manera pública, los mecanismos y protocolos de actuación en estos casos, se hace de su conocimiento que el IEPC ha emitido diversos instrumentos legales de carácter obligatorio para los partidos políticos”.
La consejera Vicenta Molina Revuelta argumentó que “se llegó a la conclusión de que este organismo electoral carece de facultades para realizar actividades de investigación judicial de posibles hechos constitutivos de tipo penal, cuya lógica se encuentra en el propio principio de legalidad que establece que la autoridad sólo puede hacer lo que la ley le permite”.
Explicó que la medida 3 de 3 contra la violencia está diseñada para tenerse por cumplida a través de la presentación de un escrito firmado bajo protesta de decir verdad, y de buena fe por la persona aspirante a una candidatura a un cargo de elección popular que indique no haber sido condenada o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar, y o doméstica, o cualquier agresión en el ámbito privado o público por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal o como deudor alimentario o moroso contra las obligaciones alimentarias.
Añadió que el IEPC asegurará “la puntual verificación de que en la etapa de registros de candidaturas a cargos de representación popular, a partir del 15 de febrero del presente todas y todos los aspirantes cumplan con la presentación del requisito de presentación de su manifestación 3 de 3 contra la violencia, en los términos de los razonamientos vertidos por el Instituto Nacional Electoral en el acuerdo INE/CG517/2020”.
La Consejera Dulce Merary Villalobos Tlatempa, integrante de la misma comisión, argumentó que el IEPC “ha realizado una serie de acciones que dan cuenta que este instituto ha generado en tiempo y forma las herramientas y mecanismos institucionales que permiten promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, particularmente los relacionados con el ámbito político-electoral y, específicamente, los de las mujeres”.
En todo caso “son los partidos políticos registrados y acreditados ante este órgano electoral los que deben dar cauce en primera instancia y de acuerdo con los términos en los que fue realizada la solicitud al Instituto por parte del Movimiento Feminista de México”.

Presupuesto por 630 millones

En la que fue su segunda sesión extraordinaria, de manera virtual, el Consejo General del IEPC aprobó también un presupuesto para este año de 630 millones 74 mil 911.46 pesos, y, en otro punto, aprobó un financiamiento público para los partidos de 224 millones 409 mil 479 pesos para actividades ordinarias permanentes y específicas y para gasto de campañas, así como el cálculo destinado al liderazgo político de las mujeres y de los jóvenes.
El IEPC aprobó la cantidad de 224 millones 409 mil 479 pesos que se distribuirá entre los diez partidos políticos con registro ante ese organismo para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, actividades específicas correspondientes a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales y para gastos de campaña.
El financiamiento anual se distribuirá un 30 por ciento entre los partidos políticos de forma igualitaria y el 70 por ciento restante en proporción al número de votos obtenidos por cada partido político en la elección inmediata anterior local de diputados por el principio de mayoría relativa.
En tanto que para el caso de los tres partidos políticos nacionales de reciente acreditación obtendrá cada uno el equivalente al 2 por ciento del financiamiento total que corresponda a los partidos políticos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes.
En el acuerdo se establece que para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres de los jóvenes, cada partido político deberá destinar anualmente el cinco por ciento del financiamiento público ordinario para cada sector.
“Cabe señalar que el financiamiento de candidaturas independientes, se distribuirá en el momento en que se otorgue, por parte de este IEP, el registro de esas candidaturas”, refiere el documento.
Los consejeros aprobaron, además, el acuerdo por el que se determinaron los límites del financiamiento privado que podrá recibir cada partido político por sus militantes y simpatizantes en éste 2021 en dinero o en especie.
El acuerdo establece que los partidos políticos podrán recibir hasta 2 millones 933 mil 457. 24 pesos por aportaciones de militantes, así como 2 millones 711 mil 339.40 pesos como límite de aportaciones de simpatizantes.
En su sesión de ayer, los consejeros del IEPC aprobaron su Programa Operativo Anual y el Presupuesto de Ingresos y Egresos por un monto total de 630 millones 74 mil 911.46 pesos para el desarrollo de sus actividades “y para el cumplimiento de las atribuciones del IEPC”.
“Entre los programas institucionales que contienen actividades apremiantes podemos mencionar el de organización eficiente de elecciones, al que se destinará un monto de 237 millones 590 mil 130.02 pesos”, según se desglosa en el acuerdo.
Los consejeros aprobaron, asimismo, los diseños y especificaciones técnicas de la documentación electoral sin emblemas y los modelos y especificaciones técnicas de los materiales electorales “en virtud de que la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral, emitió la validación de los mismos”.
El Consejo General aprobó sin la objeción de ningún partido político, la reelección de Pe-dro Pablo Martínez Ortiz como secretario ejecutivo por otro período de seis años, que comprenderá del 1 de enero del 2021 al 20 de enero de 2027.