EL-SUR

Viernes 10 de Mayo de 2024

Guerrero, México

Política  

Rechaza el TEE restablecer derechos en Morena de Alfredo Sánchez Esquivel

La presidenta del TEE, Evelyn Rodríguez Xinol desempata la votación. Sostiene que el partido sí puede estudiar la violencia política de género y anuncia que presentará un nuevo proyecto

Septiembre 20, 2023

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado, José Inés Betancourt, la presidenta Evelyn Rodríguez, Alma Delia Eugenio e Hilda Rosa Delgado durante la sesión Foto: Jessica Torres Barrera
Magistrados del Tribunal Electoral del Estado, José Inés Betancourt, la presidenta Evelyn Rodríguez, Alma Delia Eugenio e Hilda Rosa Delgado durante la sesión. Foto: Jessica Torres Barrera

Lourdes Chávez

Chilpancingo

Tras dos rondas de debate, el Tribunal Electoral del Estado (TEE) rechazó por mayoría de votos el punto de acuerdo del magistrado J. Inés Betancourt Salgado, donde proponía restablecer la militancia en Morena del diputado Alfredo Sánchez Esquivel, cancelada por la Comisión Nacional de Honor y Justicia de ese partido.
Votaron a favor el ponente del proyecto y la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, y en contra la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, y la presidenta, Evelyn Rodríguez Xinol, quien tiene voto de calidad en caso de empate.
El caso fue retomado por la presidenta, que anunció que incluirá en el expediente los votos particulares que se expresaron en esta sesión, para presentar un nuevo proyecto de resolución, en un periodo no mayor de 24 horas.
El proyecto rechazado, indica que las dos partes, denunciante y acusado, impugnaron la resolución de la CNHJ. Sánchez Esquivel alegó, entre otros aspectos, la falta de competencia del órgano intrapartidario para resolver sobre presuntos hechos de Violencia Política en Razón de Género, que señaló Arlene Siu Sarabia Peña.
El proyecto, confirmaría la falta de competencia de la CNHJ para investigar y conocer presuntos actos de VPG relacionados con los derechos políticos y laborales de servidores públicos del poder legislativo; suficiente para anular la resolución del Proceso Especial Sancionador disciplinario.
En el disenso, Eugenio Alcaraz aclaró que en la resolución del 13 de julio de 2023, la CNHJ sólo estableció la transgresión a los documentos básicos de Morena, que acarreó la cancelación del registro de Sánchez Esquivel del padrón del partido. No se pronunció sobre la denuncia de Violencia política en razón de Género.
Estimó que el proyecto de discusión, pretendía que el tribunal sustituyera la jurisdicción partidaria, vulnerado el derecho de autodeterminación de Morena, alejado del criterio que ha manejado en varias ocasiones este pleno, especialmente en casos de VPG, que se remiten a los órganos partidistas.
Asimismo, indicó que el proyecto se basa en la presunta incompetencia para resolver casos de VPG, cuando la resolución impugnada no se pronuncia de este tipo de actos, sino por transgresión del estatuto.
La presidenta del TEE añadió que el proyecto es ambiguo, ya que por un lado reconoce que los actores de la demanda son militantes de Morena, y no analiza el marco jurídico del partido, donde es indiscutible que el partido sí puede estudiar la VPG, sea en el ámbito de sus funciones, en reuniones partidarias o abiertas.
La magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, compartió con sus compañeras que se debe sancionar la VPG, pero consideró que en este caso, no se estaba observando la queja de manera integral, y no hacerlo, los convertiría en un “tribunal omnipotente” para conocer toda la violencia política del ramo que fuere.
Explicó que la denunciante es la subdirectora de Recursos Humanos del Congreso del estado, que acusó al diputado Sánchez Esquivel, como su superior jerárquico, por lo tanto, el caso corresponde al ámbito administrativo y laboral.
Añadió que el Congreso tiene un Órgano de Control Interno que resuelve las controversias administrativas, y el tribunal federal electoral ya determinó que los asuntos de competencia de los partidos, son los derechos político electorales, no laborales.
Betancourt Salgado expresó extrañeza de los comentarios en contra de su proyecto, porque la pretensión de las partes de este juicio, es que se anule el dictamen de la CNHJ, para efectos de que se ordene una nueva resolución.
Explicó que la denunciante consideró que fue insuficiente la resolución que se le impuso al presunto agresor. El denunciado señaló vulneración al principio de legalidad, por insuficiente fundamentación y argumentación e indebida valoración de las pruebas.
El problema entre los actores, no se relaciona con actividades propias del partido, ni de naturaleza electoral, “escapa de los derechos de militancia partidista o de derechos electorales”.