EL-SUR

Sábado 18 de Mayo de 2024

Guerrero, México

Política  

Revoca el TEE sanción del IEPC a Jacinto González por violencia política de género

Ordenan magistrados revisar las medidas cautelares que prohibían al líder morenista acercarse o comunicarse con la diputada del PRI, Gabriela Bernal Reséndiz, quien presentó la queja

Junio 21, 2023

Lourdes Chávez

Chilpancingo

Magistrados del Tribunal Electoral del Estado debatieron en sesión pública el proyecto la resolución de la apelación que promovió el dirigente de Morena, Jacinto González Varona, contra las medidas cautelares que dictó la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), que le prohíbe acercarse o comunicarse con la diputada del PRI, Gabriela Bernal Reséndiz, a propósito de la denuncia por violencia política en razón de género en su contra.
En abril pasado, en un acto en Ometepec, el líder de Morena, González Varona, acusó que la diputada priista prestó su imagen en el proceso electoral de 2018 para que el ahora senador Manuel Añorve accediera a su escaño.
En un video difundido a través de grupos de whatsapp, se escucha al líder de Morena decir que la diputada Gabriela Bernal -quien participó en la fórmula priista al Senado- fue utilizada para engañar a la gente. El 18 de abril la diputada presentó una denuncia ante el IEPC contra el también diputado federal por violencia política de género.
La propuesta de la presidenta del TEE, Evelyn Rodríguez Xinol, aprobada con tres votos a favor y uno en contra de la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, revocó el acuerdo de las medidas cautelares de la Comisión de Quejas, y ordenó al organismo que emita un nuevo dictamen en un plazo no mayor de 24 horas.
Sólo Eugenio Alcaraz apoyó el plazo de 24 horas que estableció en el proyecto Rodríguez Xinol, aprobado por el voto de la calidad de la presidenta, porque los magistrados, Hilda Rosa Delgado Brito y J. Inés Betancourt Salgado, pidieron ampliar a 48 horas el plazo para fundar y motivar el documento.
Betancourt señaló que técnicamente 24 horas era muy poco tiempo para elaborar una resolución fundada y motivada con la exhaustividad que se está solicitando en esta sentencia.
Delgado Brito argumentó en favor de la ampliación del plazo que no se denunció violencia física, para emitir medidas cautelares en 24 horas como señala el reglamento del IEPC, sino de “violencia sicológica y simbólica”. En ambos casos, precisaron que todavía nadie se ha pronunciado sobre la demanda de violencia política.
En el voto razonado en contra de la revocación de las medidas cautelares, Eugenio Alcaraz advirtió que no observa en ellas perjuicio a la libertad de expresión que argumentó el quejoso, como dirigente político y diputado local.
Consideró que, en la presunción de restituir su derecho electoral “a la libertad de circulación de sus expresiones, no cambiaría en nada que el recurrente (González Varona) deba cambiar cualquier manifestación contra la denunciante, que contenga señalamientos sexistas, machistas, estereotipados, o bien que se abstenga a un acercamiento o comunicación con la quejosa; de hacerlo podría, en su caso, no sólo haber una repetición del acto, sino generar nuevas probables conductas de violencia política en razón de género”.
El dictamen aprobado por el TEE ordena a la Comisión de Quejas del IEPC, que analice la calificación del riesgo otorgado al caso, a partir del análisis de la intención y consecuencias de las conductas violentas, que tome en cuenta el contexto específico del caso y si tiene un carácter meramente probabilístico; que haga una diferencia entre peligrosidad y riesgo, y que considere la percepción de la víctima sobre la peligrosidad de la persona agresora, así como su percepción de seguridad al regresar a su casa, centro de trabajo, continuar ejerciendo sus derechos políticos y electorales, entre otros lineamientos.

Desechan impugnación del caso contra Sánchez Esquivel

Por otro lado, el colegiado desechó por unanimidad el juicio de impugnación que presentó Teresa Nava Alfaro y otras ciudadanas contra una resolución de la Comisión Nacional de Honor y Justicia de Morena, que favoreció al diputado local Alfredo Sánchez Esquivel, acusado de violencia política de género contra la diputada Yoloczin Domínguez.
Señalaron que, el 25 de enero la CNHJ de Morena otorgó a las actoras tres días hábiles para acreditar su afiliación partidista, “bajo el apercibimiento que de no hacerlo dentro del término concedido y con las formalidades indicadas, se desecharía de plano, acuerdo que fue notificado el mismo día a las actoras por los estrados electrónicos y vía electrónica a las hoy actoras”. Sin cumplimiento, se desechó el caso en el organo partidario el 23 de febrero.
La impugnación de las denunciantes que llegó a la sala regional, terminó ayer en desechada y en archivo “por el cambio de situación jurídica” de las quejosas, que dejó sin  materia el juicio de impugnación.

Ordena a la comisión de VPG del PAN, reabrir el caso de Felícita

El TEE declaró fundada la impugnación de la dirigente municipal del PAN de San Marcos, Felícita Navarrete Neri, contra una resolución del 12 de enero de 2023, de la Comisión de Atención a la Violencia Política en Razón de Género contra las Mujeres Militantes de su partido, por no sancionar conductas del presidente estatal del Comité Directivo Estatal, Eloy Salmeron Díaz.
Entre estas condutas, la quejosa señaló la obstaculización del pleno ejercicio de sus derechos político electorales de asociación y afiliación política, y el ocultamiento de información, al no notificarle el supuesto acuerdo de suspensión de prerrogativas, que configuran violencia política de género.
El colegiado, ordenó a la Comisión de Atención a la Violencia Política en Razón de Género contra las Mujeres Militantes del PAN, analizar todas pruebas en su conjunto y emitir nueva sentencia de manera exhaustiva, fundada y motivada, con el planteamiento de Violenica política de género hacia la actora, en un plazo de 20 días habíles,contados a partir de la notificación de la sentencia.

Millán Sánchez: sigue litigio de la elección de consejeros

Por otro lado, el TEE desechó la controversia del ex candidato a consejero estatal del PAN, Carlos Millán Sánchez, contra la resolución de la Comisión de Justicia sobre la elección interna, por “cambio un situación jurídica del caso”.
En el proyecto del caso, se detalla que la Sala Regional del Tribunal Electoral del poder Judicial de la federación declaró fundados los agravios del militante,  tras un estudio de fondo, y la Comisión de Justicia deberá emitir una una nueva resolución, lo cual deja sin efectos el juicio en Guerrero.
En declaraciones al terminar la sesión del TEE, Millán Sánchez destacó que la sala regional corrigió la plana a la comisión de Justicia del PAN, y a magistrados electorales de Guerrero que inicialmente desecharon su demanda.
Ahora, señaló que la comision intrapartidara deberá analizar el cómputo, inaplicaicón con exhaustividad, donde afirma que tienen más porcentaje de votación que tres consejeros que entraron en funciones.
Aclaró que son posibles tres escenarios, que se ordene repetir la asamblea, o la elección de consejeros hombres, que se le admita como consejero estatal, o se deseche, y como afectado, vuelva a impugnar.