EL-SUR

Martes 30 de Abril de 2024

Guerrero, México

Política  

Valida la Corte consulta a pueblos indígenas y afros que realizó el Congreso local en 2022

La ministra Ana Margarita Ríos Farjat, propuso al pleno que se declarase “procedente pero infundada” la acción de inconstitucionalidad que presentó la CNDH. Con esa reforma se eliminó de la Ley 701 el sistema de reeducación, y la policía comunitaria que fue sustituida por “indígena o afromexicana”, la cual se subordina a ser auxiliar de las policías y otras corporaciones de los tres niveles de gobierno

Junio 06, 2023

Rosalba Ramírez García

Chilpancingo

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), validó por unanimidad y “en definitiva” la consulta y las reformas que realizó el Congreso de Guerrero a la Ley 701 de Reconocimiento de Derechos y Cultura de los Pueblos Indígenas aprobadas en 2022.
Se trata de las reformas que diputados locales realizaron el 24 de mayo del año pasado en materia de seguridad indígena y afromexicana, con las que se eliminó de la Ley 701 el sistema de reeducación, y la policía comunitaria que fue sustituida por “indígena o afromexicana”, la cual se subordina a ser auxiliar de las policías y otras corporaciones de los tres niveles de gobierno.
De acuerdo con lo aprobado por el pleno de la SCJN, la consulta que el Congreso realizó en dos meses -a pesar de que la Corte había dado todo un año para su desarrollo- sí cumplió con “las fases mínimas que debe tener”, por lo que fue aprobado por unanimidad de votos de los ministros y “decidido en definitiva”.
El diputado de Morena Masedonio Mendoza Basurto, y organizaciones como la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC), y el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, fueron los principales opositores de estas reformas.
Incluso, después de que el pleno aprobó las reformas a la ley 701, la gobernadora Evelyn Salgado Pineda decidió no publicarlas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y envió al Poder Legislativo una “observación total” al decreto 183, la cual fue rechazada por la mayoría de los diputados, quienes ratificaron las modificaciones que finalmente ayer validó la Corte.
Ayer en sesión, la Corte resolvió la acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de Defensa de los Derechos Humanos (CNDH); la ponencia estuvo a cargo de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat.
La ponente propuso al pleno que se declarase “procedente pero infundada” la acción de inconstitucionalidad; y que se reconociera la validez del decreto 183 por el que se reforma la ley 701.
En el estudio de fondo, la ponente Ana Margarita Ríos habló de un apartado que denominaron vulneración a la consulta previa de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. En su exposición la ministra explicó por qué se declaraba infundada la solicitud de invalidez de este decreto.
Comentó que ésta es la primera consulta indígena que se validaría por parte de la Corte, porque consideraron que el Poder Legislativo de Guerrero sí cumplió con realizar la consulta de acuerdo con las fases y características que han sido establecidas por este tribunal.
La ministra ponente señala que en la fase preconsultiva se desarrolló de manera correcta identificando las comunidades a consultar, y que posteriormente el Congreso emitió lineamientos que establecieron los principios por los que “se regiría la consulta”, esto a pesar de que en este proceso no participaron pueblos indígenas ni afromexicanos.
En este caso, la ministra argumentó que estos lineamientos podrían modificarse “de acuerdo a sus necesidades, sistemas normativos, y costumbres de cada comunidad”.
De la fase informativa, la ministra se refirió a la distribución de información y la difusión sobre la realización de la consulta por diferentes vías, y que se realizaron asambleas en las cuatro lenguas indígenas “lo que permitió un entendimiento y diálogo intercultural”.
Y en la fase de deliberación interna, la ministra Ana Margarita Ríos, validó que se realizaron asambleas y reuniones al interior de las comunidades “sin la intervención del Poder Legislativo” en las que se discutieron la propuesta de ley para aprobar o presentar propuestas de modificación.
Después, en la fase de diálogo, la ministra dijo que se realizaron 424 asambleas consultivas de un total del mismo número de comunidades de 54 municipios que “quisieron participar”.
Mientras que en la fase de decisión “el Congreso incorporó el mayor número de propuestas con base en el principio de mayor consenso posible”, y afirmó que las opciones que “no fueron integradas expresamente ya formaban parte de la redacción de la redacción de artículos puestos a consideración o bien, tenían incidencia en el ámbito competencial de otros poderes”.
En la sesión no se dieron detalles de lo anterior, y solo se apunta que “estuvo debidamente fundado y motivado por el Congreso local en la exposición de motivos”.
La propuesta llevada al pleno de la SCJN planteó que el Congreso de Guerrero sí cumplió con las fases mínimas que debe tener una consulta previa, y que esta cumplió con las características establecidas por la Corte.
Se consideró que fue una consulta libre porque no hay pruebas “de que actos de coerción, intimidación o manipulación por parte de las autoridades”; la ministra también precisó que “la finalidad de llegar a acuerdos no puede interpretarse en el extremo de exigir que todas las propuestas y comentarios en lo individual deban reflejarse en el proyecto final de la ley pues es de carácter general a todos los pueblos”.
En el segundo apartado de vulneración a los principios de legalidad y seguridad jurídica, la ministra ponente propuso declarar infundado el concepto de invalidez que pidió la CNDH.
Con lo aprobado, se determinó que “sí está reconocida la personalidad jurídica y los derechos de dichas comunidades” y que de esta manera “queda superada la confusión que surge de la interpretación aislada de los artículos impugnados”.