El juez recrimina a la Fiscalía del Estado que no haya actuado con diligencia cuando tomó conocimiento de la desaparición de la víctima, dadas las deficiencias del proceso de investigación que señaló la defensa en el juicio oral, en busca de la exoneración
Abril 03, 2025
Lourdes Chávez
Chilpancingo
El juez de primera instancia, Emmanuel Reyna Vélez declaró culpable a Moisés Vargas Ramírez de desaparición de personas en agravio de su expareja, Karla Mariel Rodríguez Trejo de 22 años, mamá de dos niños y cajera de Coppel al momento de su desaparición, el 30 de junio de 2018.
En la audiencia para la lectura del fallo la noche del martes, el juez, quien es candidato en las próximas elecciones del poder Judicial, recriminó a la Fiscalía General del Estado que no haya actuado con diligencia cuando tomó conocimiento de la desaparición de la víctima, dadas las deficiencias del proceso de investigación que refirió la defensa en el juicio oral, en busca de la exoneración.
Para esta resolución el juez aclaró que hizo un análisis con perspectiva de género y enfoque interseccional de la víctima: mujer, joven, madre, su contexto económico y social.
Citó a la siguiente audiencia para este viernes 4 de abril para la lectura de la pena donde se espera un resumen de los argumentos con los agravantes, para dictar los años de prisión y medidas de reparación.
El de Karla Mariel fue uno de los primeros casos difundidos con la implementación del Protocolo Alba en Guerrero, en noviembre de 2018, a cinco meses de su desaparición, por la exigencia un grupo de feministas de medidas para su localización.
Entonces, su mamá, María Josefina Trejo (+) señaló como sospechoso a la expareja de Karla Mariel, de quien se había separado meses a atrás.
Antecedentes
Casi al final del juicio oral que comenzó en septiembre de 2024 las partes hicieron denuncias públicas. Por un lado, la familia de la víctima exigió una sentencia con perspectiva de género, por la confianza que vio en la defensa que se había desistido de muchos testigos, aunado a las irregularidades en la integración del expediente que abrió la Fiscalía Especializada en Materia de Desaparición Forzada y Búsqueda de Personas de la FGE, y terminó en la Dirección General de Investigaciones, con actuaciones de tres diferentes agentes del Ministerio Público.
Familiares del inculpado entonces denunciaron que la injerencia de la defensora de Derechos Humanos, Marina Reyna Aguilar cambió el rumbo del proceso judicial, como si de antemano conocieran la resolución.
Un día antes del fallo en la audiencia de alegatos finales el acusado no hizo declaraciones.
La Fiscalía y el asesor legal de la Comisión de Atención a Víctimas describieron una serie de testimonios que, concatenados, permitirían establecer la responsabilidad del agresor, como el hecho de que Karla Mariel fue vista por última vez la noche al salir de su trabajo con una persona que la amenazó y la subió por la fuerza a una camioneta.
Además de que el señalado reconoció que la vio esa noche, en el tiempo que se estimó su desaparición, y que ella se fue a casa de su mamá a poca distancia de su domicilio. Sin embargo, desde ese momento no se comunicó con nadie más por teléfono, ni volvió a su empleo.
La defensa pidió un fallo absolutorio argumentando un proceso sesgado por parte de la FGE, manipulado mediáticamente.
Enfatizó que la responsabilidad del delito está basada en un solo testigo de cargo, por lo que exigió rigor jurídico en la carga de la prueba que corresponde al fiscal, y que el juez no puede sustituir.
Añadió que en la inspección de la vivienda del inculpado no se hallaron indicios de la desaparición de Karla Mariel, y en el vehículo de su familia, similar al que se señala en la escena de la desaparición, también se inspeccionó sin resultados positivos.
Advirtió que otra persona, amigo de la infancia de la víctima, tenía un objeto personal de ella, el cable de su celular, el mismo que denunció el robo de un celular, por el que su defendido fue detenido en supuesta flagrancia por un policía de la Fiscalía de Desaparición y Búsqueda de Personas, que también tenía a cargo la investigación de la desaparición forzada de Karla Mariel.
Indicó que se desconoce el origen o fuente de la obtención del celular de la víctima en el expediente.
Expuso la posible fabricación del caso, porque no hubo sentencia por el delito robo, que motivó su detención de moisés antes de la vinculación a proceso por desaparición forzada, sin pruebas científicas que verifiquen la narrativa del delito, como grabaciones de las cámaras de vigilancia en la zona, ni con las sábanas de los números de celulares de Telmex.
La defensa desestimó la violencia familiar que señalaron varios testigos, porque no lo presenciaron; señalaron que lo supieron a través de la víctima, luego desaparecida, pero legalmente muerta tras la localización de restos óseos.
Señalaron que no hay registro de la llamada anónima del 8 de octubre con la que se habría reportado la ubicación de restos óseos que luego permitieron la identificación de Karla Mariel.
Cuestionó que la Fiscalía no llamó a comparecer a dos de tres compañeras de trabajo, con las que Karla Mariel salió de la tienda Coppel. Tampoco hicieron comparecer a los policías ministeriales que configuraron el caso contra su defendido.
Éstos no se presentaron a declarar y ya no laboran en la institución.
Subrayó que el desfile probatorio del Ministerio Público era insuficiente, pues aún tenía dudas en la tesis del caso.
En la réplica la FGE diji que el amigo de la infancia de la víctima fue testigo en el juicio, y fue entrevistado por la defensa.
Del caso de robo por el que fue detenido Moisés, aclaró que no llegó a sentencia porque hubo “un acuerdo de reparación del daño, a cambio de ciertas condiciones”.
De la obtención del celular de Karla Mariel, de donde obtuvieron capturas de pantalla de la últimas conversaciones, hubo un permiso federal para presentarlo lícitamente en audiencia.
Se confirmó que Karla Mariel salió del trabajo con tres compañeras, y una de ellas dijo que la vio irse hacia el centro, pero la joven volvió para esperar a Moisés en el lugar de donde se la llevó, a fin de ver a sus hijos.
Reconoció que el perito de video de la Fiscalía no hizo el trabajo que se le requirió hacer de la escena del crimen, cuando la investigación estaba a cargo de otra área.
Consideró que no hay contradicciones entre los informes de los policías ministeriales y la perito que levantó los restos óseos de Karla Mariel, porque sus consideraciones son independientes.
De que nadie presenció la violencia familiar que mencionó en su momento Karla Mariel a sus familiares, el agente recordó que las agresiones ocurren donde la víctima no puede pedir ayuda.
En la audiencia de alegatos del 31 de marzo se preveía el desahogo previo de una entrevista a un médico general que solicitó la defensa, para desvirtuar o confirmar una prórroga por motivos de salud que pidió una semana antes el agente del MP, Francisco Rodríguez Pineda.
Al final, la defensa se desistió de su intención de desahogar el incidente, porque el médico informó su imposibilidad de acudir este día, y debía programarse nueva audiencia.