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Lunes 20 de Mayo de 2024

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Emite la CNDH recomendación a la Ssa y a la Fiscalía por muertes de bebés en hospital de Tlapa

Ya se atendió esa recomendación, pues se remodeló el Hospital de la Madre y el Niño Indígena Guerrerense, se capacitó a los trabajadores y tienen una sala de terapia intensiva neonatal, dice el secretario De la Peña Pintos

Alina Navarrete Fernández y Daniel VelázquezChilpancingo y Acapulco

Enero 03, 2018

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida al gobernador Héctor Astudillo Flores y a la Fiscalía General del Estado (FGE) para que reparen el daño a los padres de ocho recién nacidos prematuros que fallecieron en el Hospital de la Madre y el Niño Indígena Guerrerense de Tlapa, por falta de medidas sanitarias, infraestructura y equipos adecuados para brindar atención médica.
El Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan registró que en julio y agosto de 2015, ocho neonatos fallecieron a consecuencia de infecciones por las bacterias escherichia coli y acinetobacter baumanni. Los hechos trascendieron y la CNDH atrajo la investigación.
Ayer, la CNDH emitió la recomendación 71/2017 dirigida a Astudillo Flores y al fiscal Javier Olea Peláez debido a la insuficiencia de medidas sanitarias, infraestructura y equipamiento para la atención de recién nacidos en el hospital, que provocaron la muerte de los bebés, así como por la inactividad de la investigación penal correspondiente durante 18 meses.
El expediente de la CNDH indica que en julio y agosto de 2015 hubo un proceso de Infección Asociada a la Atención de la Salud (IAAS), en el que se vieron involucrados 20 pacientes recién nacidos en estado crítico, ocho de ellos se infectaron con bacterias y debieron ser atendidos en la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales; sin embargo, ingresaron en otras áreas no especializadas, como la Unidad de Cuidados Obstétricos, la Unidad de Urgencias Pediátricas y la Unidad de Urgencias para Adultos.
Lo anterior, debido a que en el hospital se hacía una ampliación de 12 a 24 camas en la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales, que por falta de presupuesto no se concluyó de manera oportuna, por lo que se improvisaron otras áreas para la atención.
El 28 de septiembre, la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero (Codehum) radicó de oficio el Expediente de Queja, que “por su gravedad y naturaleza trasciende el interés de la entidad federativa e incide en la opinión pública nacional”, por ello, la CNDH atrajo el caso.
Para la investigación, la CNDH pidió a las secretarías de Salud, de la Mujer, de la Juventud, a la Contraloría y al Sistema Integral para el Desarrollo Integral de la Familia, en su calidad de integrantes de la junta directiva del hospital, así como al director general del mismo, copia de los expedientes clínicos de los menores afectados y sus madres, e información de las condiciones del hospital, la región Montaña y el municipio de Tlapa.
Al respecto de las condiciones del hospital, la subsecretaría de Salud hizo una visita el 4 de septiembre de 2015, cuando constató que había un área en ampliación y remodelación, sin el permiso sanitario de construcción; no había suficientes medicamentos ni área de curaciones, la sala de urgencias era multifuncional, los procesos de higiene no se hacían de la manera adecuada y tampoco había personal suficiente.
Por los hechos y las omisiones de las autoridades en la investigación, la CNDH recomendó al gobernador que en un máximo de 12 meses se repara el daño a las víctimas, debido a la responsabilidad del personal del hospital, conforme a la Ley de Víctimas del Estado Libre y Soberano de Guerrero (450), con base en las consideraciones planteadas en el expediente.
Que se inscriba a las madres de los menores que fallecieron en el Registro Estatal de Víctimas para que tengan acceso al Fondo Estatal de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral; que por el tiempo necesario, de acuerdo con los requerimientos de las propias víctimas, se les otorgue atención psicológica de seguimiento, con oportunidad, calidad y calidez, en algún centro cercano de atención médica perteneciente a la Secretaría de Salud.
En un plazo que no exceda seis meses se giren las instrucciones necesarias para que se establezca un programa y la previsión presupuestaria, conforme al que se tomen medidas para dotar al hospital de los instrumentos, equipo, medicamentos, infraestructura, personal médico y todo aquello que garantice los estándares de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad en los servicios de salud que brinde.
Que el gobernador dé instrucciones para que el hospital acredite la conclusión de las obras de ampliación de la unidad de cuidados intensivos neonatales, en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la aceptación de la Recomendación; que colabore ampliamente con la CNDH en la queja administrativa para iniciar procedimiento disciplinario ante la instancia que corresponda.
Además, en un plazo máximo de 12 meses, debe diseñar e impartir un curso integral y un taller de capacitación en materia del derecho a la protección a la salud en el hospital; específicamente sobre principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad, y conocimiento, manejo y observancia de las normas oficiales mexicanas en materia de salud, con el objetivo de evitar que vuelvan a originarse actos como el que dieron lugar a este pronunciamiento.
Dichos cursos deberán se impartidos por personal especializado, con perspectiva de género, enfoque intercultural y considerando el principio del interés superior de la niñez.
También deberá dar instrucciones a quien corresponda para que se entregue una copia de la recomendación a las víctimas. En un plazo máximo de seis meses, deben hacer los estudios necesarios que permitan advertir cuál es la relación de causalidad que existe en el alto índice de partos pretérmino que se da específicamente en Tlapa, para que se adopten las medidas que se estimen pertinentes.
Por último, el gobernador deberá designar a un funcionario “de alto nivel” para que sirva como enlace en el cumplimiento y seguimiento de la recomendación. Se debe notificar a la CNDH con copias de los documentos correspondientes que se cumplió con lo dispuesto en la recomendación.
Mientras que el fiscal deberá hacer lo propio para concluir la investigación y garantizar el derecho a la justicia de las víctimas; capacitar al personal para que estos casos se indaguen de la manera adecuada, mediante cursos que deben dar especialistas en la materia.

“Está dentro de los parámetros normales y dentro de las normas adecuadas, y todo lo que corresponde a evitar las infecciones nosocomiales”, dice el secretario

El secretario de Salud estatal, Carlos de la Peña Pintos aseguró que ya se cumplió la recomendación de la CNDH, y que se rehabilitó el Hospital de la Madre y el Niño Indígena Guerrerense, ubicado en Tlapa.
Esto en respuesta a la recomendación que emitió ayer la CNDH a la Ssa y a la FGE ante la insuficiencia de medidas sanitarias, infraestructura y equipamiento para la atención de recién nacidos prematuros en ese nosocomio.
Contra la FGE, la recomendación es porque mantuvo inactiva 18 meses la investigación sobre la muerte de los recién nacidos, lo que violentó el derecho de acceso a la justicia de las madres y padres de las víctimas.
En declaraciones ayer después de una visita al nuevo hospital general de Acapulco, el secretario de Salud informó que ya se atendió esa recomendación, pues ya se remodeló el hospital, se capacitó a los trabajadores, y tienen una sala de terapia intensiva neonatal.
“Está dentro de los parámetros normales y dentro de las normas adecuadas, y todo lo que corresponde a evitar las infecciones nosocomiales”, indicó el secretario.
Abundó que las causas del fallecimiento de los recién nacidos fueron individuales y no masivas.
Más tarde, la Ssa emitió un comunicado para aclarar la información publicada en diversos medios sobre las muertes de los recién nacidos en el Hospital de la Madre y el Niño Indígena Guerrerense de Tlapa.
En el comunicado se numeran seis puntos; el primero, que las muertes de los ocho recién nacidos, “se registraron los meses de Junio, Julio y Agosto del año 2015; es decir, antes de que la actual administración estatal entrara en funciones”.
En el segundo asegura que la Comisión Estatal de Arbitraje Médico, “realizó una exhaustiva revisión de los casos en la que se concluyó que ‘existe evidencia para determinar que dichas defunciones fueron secundarias a proceso natural de la prematurez que presentaban los recién nacidos, lo cual implica desde enfermedades e infecciones propias de la edad’”.
El tercero es sobre la insuficiencia de medidas sanitarias por falta de infraestructura y personal capacitado, que pese a que el Hospital de la Madre y el Niño Indígena es un Organismo Público Descentralizado, “en todo momento se han brindado las facilidades para la conclusión de obras, por lo que actualmente, se encuentra en total funcionamiento”.
Luego afirma que la Secretaría cuenta “con el personal necesario y capacitado para la atención de los servicios médicos en todos los hospitales de Guerrero”.
En el punto número cinco dice que la Ssa se ha mantenido atenta a las necesidades de las unidades de salud en el Estado y advierte que esperan los dictámenes de la Contraloría del estado, para fincar responsabilidades.
Finalmente, en el punto seis, se hace referencia a la Recomendación de la CNDH, y asegura que “se atenderán”.