El abogado de Tlachinollan, Rogelio Téliz García califica la resolución de Lino Román Quiroz como “ilegal, incorrecta, violatoria de los derechos humanos, que viola todos los estándares internacionales porque se aparta de la sentencia que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos”
Marzo 19, 2026
Zacarías Cervantes
Chilpancingo
El Juzgado Octavo de Distrito con residencia en Acapulco resolvió ayer en una audiencia el cambio de la medida cautelar de prisión preventiva a la de libertad condicional, a favor de dos militares detenidos por el delito de tortura sexual en agravio de la indígena de Ayutla, Inés Fernández Ortega.
El abogado del Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, Rogelio Téliz García, quien representó a la víctima en la audiencia, calificó la resolución del juez Lino Román Quiroz como “ilegal, incorrecta, violatoria de los derechos humanos, y que además viola todos los estándares internacionales porque se aparta de la sentencia que emitió sobre el caso la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh).
Los militares son Raquel Méndez Hernández, quien sigue en activo y era jefe de operaciones cuando Inés Fernández fue víctima de tortura sexual en Barranca Tecoani en el 2002. Raquel fue detenido el 1 de noviembre del año pasado en Ciudad Victoria, Tamaulipas, y le dictaron sentencia el 7 de noviembre.
El otro es el soldado en retiro Andrés Sosa Zepeda, detenido el 1 de febrero pasado y le dictaron sentencia el 7 de ese mismo mes, informó el abogado Rogelio Téliz.
De acuerdo con el abogado, el juez resolvió para ambos “de manera parcial, sin fundar ni motivar su resolución, el cambio de la medida cautelar de prisión y les concedió su libertad con la condición de firmar cada mes, y depositar una garantía de 5 mil pesos”.
Advirtió que eso significa para Inés un riesgo inminente de que pueda ser agredida “por esta gente”, y dijo que existe el fundado temor de que el delito quede impune, “porque para el juez el delito de tortura es mínimo, prácticamente lo está caracterizando como pequeño y que no amerita cárcel”.
Téliz García informó que de su parte pidió que la medida de prisión preventiva siguiera vigente porque el Código de Procedimientos Penales establece que es un delito grave, y que incluso la Fiscalía Especial para Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), se pronunció en los mismos términos.
Hubo presión de una diputada federal del PVEM y se desacató una orden de la Coidh
El Abogado Rogelio Téliz nformó que el expediente inicialmente había sido asignado a la jueza del Juzgado Sexto, también de Acapulco, “y pensamos que por primera vez el caso sería resuelto con perspectiva de género”.
Sin embargo, dijo que la esposa de Raquel Méndez, la diputada federal por el Estado de México del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Mirian Silva Mata presionó a la jueza mediante “señalamientos groseros” como que era una “inepta”, y finalmente la jueza se excusó de seguir conociendo el caso y lo turnaron al Juzgado Octavo de Distrito.
Este Juzgado recibió el expediente el 9 de marzo y de inmediato, “de manera oficiosa”, el juez Román Quiróz convocó la audiencia de debate de revisión de medida cautelar para este 18 de marzo, declaró el abogado de Tlachinollan.
No descartó que, así como presionó a la jueza del Sexto Distrito para que se excusara de seguir conociendo el caso, la diputada federal del PVEM Silva Mata haya también presionado al juez octavo de distrito para que resolviera en los términos que lo hizo, para favorecer a su esposo.
Téliz García recordó que cuando fueron detenidos, Raquel Méndez y Andrés Sosa no alcanzaron libertad bajo fianza porque así lo establece el Código de Procedimientos Penales, en el caso de delitos como el de tortura.
Rogelio Téliz dijo que durante su intervención pidió que debido a la gravedad del asunto y porque se trata de una sentencia que emite Coidh, además de que es un caso que se da en un contexto de marginación y de violación a los derechos humanos de una indígena, los militares debían quedar en prisión dado que existe el riesgo de fuga, pues como militares conocen las leyes y tácticas de seguridad, por lo que pueden evadir la justicia y ponen en riesgo la vida y la integridad de doña Inés”.
Explicó que, en cambio, la defensa de los militares ofreció documentos de que tiene un arraigo domiciliario.
“Y el Juez de manera parcial, sin fundar ni motivar su resolución, determinó cambiar la medida cautelar de prisión y les concedió las medidas de firmar cada mes y depositar una garantía de 5 mil pesos”.
Agregó que con ello prácticamente ordenó su libertad, “y lamentablemente el Poder Judicial de la Federación desacató la resolución de la Coidh, respecto a que el caso Inés Fernández debía resolverse con perspectiva de género y tomando en cuenta sus condiciones de vulnerabilidad”.
Derivado de ello consideró que esta fue una resolución, “ilegal, incorrecta, violatoria de los derechos humanos y que, además, viola todos los estándares internacionales y se aparta de la sentencia que emitió la Coidh”.
Explicó que, además, el juez, sin hacer ninguna motivación, convocó a audiencia para este miércoles a fin de que se decidiera la libertad de los militares.
Por el caso de la tortura de Inés Fernández en el 2013 fue detenido otro militar, Humberto García de León, quien en el 2023 fue sentenciado a 28 años de prisión.
Él era subordinado y estaba bajo el mando de Raquel Méndez Hernández y de Andrés Sosa Zepeda, pero a diferencia del primero éstos salieron en libertad, lo que para el abogado Téliz resulta ilógico.
“De parte del Poder Judicial no hay garantías para la protección de las víctimas, en este caso a la indígena Inés”.
Denunció que la resolución evidencia que el Estado mexicano no quiere acatar ni proteger los derechos fundamentales, “y lo que hace es poner en libertad a los torturadores de doña Inés, lo que es un agravio directo a sus derechos humanos”.