Inspectores de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuraron obras destinadas a actividades turísticas en las playas Cayaquitos y Ojo de Agua, municipio de Tecpan, porque carecían de Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) aprobada por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat). En el portal de la dependencia se informó … Continúa leyendo Clausura la Profepa obras turísticas en Cayaquitos y Ojo de Agua por carecer de MIA
Karla Galarce Sosa
Junio 13, 2017
Inspectores de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuraron obras destinadas a actividades turísticas en las playas Cayaquitos y Ojo de Agua, municipio de Tecpan, porque carecían de Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) aprobada por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
En el portal de la dependencia se informó acerca de las clausuras el domingo y ayer respectivamente, aunque ambas se realizaron el pasado 2 de junio, informaron fuentes de la dependencia.
La clausura de Cayaquitos, Bahías de Papanoa, fue realizada por la construcción en una superficie de 680 metros cuadros de suelo arenoso, donde había ejemplares de mangle botoncillo (conocarpus erectus), especie catalogada en “protección especial”, por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.
El texto menciona que existe la cimentación de una zapata corrida con un metro de profundidad, construida a base de tabique rojo, tabicón y piedra braza.
Los inspectores de la dependencia reportaron que había una “cadena de concreto de 40 centímetros de grosor, un área en forma de escuadra que será destinada para locales comerciales, edificados con paredes de tabicón y concreto, piso de concreto y nueve castillos sin colar de aproximadamente 4 metros de altura”.
Detallan que el proyecto también cuenta con un espacio para estacionamiento, una alberca de 137 metros cuadrados construida de concreto, revestida de azulejo veneciano, así como de siete cuartos con paredes de tabique rojo y concreto, preparados con espacios para puerta de acceso, ventana y sanitarios.
Se añade que en el sitio inspeccionado no se observaron contenedores para el depósito de residuos sólidos, líquidos y desechos de la obra civil, de tal forma que en el área se encuentran montículos de arena y tierra, producto de la remoción de suelo para los trabajos de cimentación.
Advierte que las construcciones en áreas pertenecientes a ecosistemas costeros, afectan el entorno donde se asientan, lo que genera la disminución y/o desaparición de la vegetación nativa, tales como espino y cuahulote, así como vegetación halófila y otros.
De la segunda clausura, la Profepa informó que se realizó por la construcción de una alberca del hotel Bogavante, ubicado en Playa Ojo de Agua, porque tampoco contaba con la autorización de MIA de la Semarnat para su realización.
De la inspección se indica que los inspectores constataron la construcción de una alberca de concreto armado, en el que se observa la separación de dos niveles de profundidad con 10 pilares de concreto de 20 centímetros de diámetro y una altura de 92 centímetros cada uno.
Como en la primera clausura, tampoco hubo tapiales de protección que pudieran evitar el desplazamiento o vertimiento de los materiales o desechos al área rocosa hacia el mar; además que había residuos de alambres, madera y escombro al aire libre.
Se detalla que las actividades de remoción y excavación se llevaron a cabo con maquinaria pesada, se advierte que pueden provocar el aceleramiento de los procesos de erosión y al mismo tiempo la modificación y alteración de las relaciones interespecíficas de los elementos físico-biológicos del lugar, ocasionando pérdida de hábitat y biodiversidad.
“La vegetación testigo observada en el sitio inspeccionado corresponde a selva baja caducifolia, donde se identificaron ejemplares de papelillo, tepehuaje y palo de rosa”, indica el texto publicado.
De acuerdo con lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, los responsables de ambas obras podrían ser acreedores a una multa en materia de impacto ambiental que va de los 30 a las 50 mil, es decir de los 2 mil 264.7 a los 3 millones 774 mil 500 pesos.