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Economía  

Clausura la Profepa una construcción en Playa Ventura; no tenía autorización de la Semarnat

  Inspectores de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuraron “de manera total temporal” la construcción de una casa de nueve habitaciones en playa Ventura, municipio de Copala, que carece de la autorización de Manifestación Impacto Ambiental (MIA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat). La obra, conocida como Casa … Continúa leyendo Clausura la Profepa una construcción en Playa Ventura; no tenía autorización de la Semarnat

Karla Galarce Sosa

Mayo 26, 2017

 

Inspectores de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuraron “de manera total temporal” la construcción de una casa de nueve habitaciones en playa Ventura, municipio de Copala, que carece de la autorización de Manifestación Impacto Ambiental (MIA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
La obra, conocida como Casa de Piedra, se ubica en la avenida Antelmo Ventura, donde los inspectores constataron la edificación de un inmueble, con un avance del 90 por ciento, el 17 de mayo pasado.
Fuentes de la Profepa detallaron que, el 2 de mayo, inspectores clausuraron la construcción de la estructura de nueve habitaciones en ese poblado de la franja costera, porque carecía de la autorización de MIA emitida por la Semarnat.
La dependencia informó en un boletín, que la clausura más reciente consiste en la cimentación de 81.9 metros cuadrados con piedra braza de un metro de altura, sobre la que se construyeron cinco columnas de 90 centímetros de diámetro y dos metros de altura; un área-corredor rellenada con tierra y piedra, dos habitaciones de 21.83 metros cuadrados cada uno, paredes y losa revestidas con cemento y, suelo rústico de tierra. Cada cuarto tenía una preparación de instalaciones para los sistemas sanitario y eléctrico.
El texto detalla que al responsable del proyecto le solicitaron los permisos de Impacto Ambiental, que no presentó e n la diligencia, por lo que se impuso la clausura total temporal de la obra, conforme el Artículo 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. La Profepa advierte que este tipo de actividades son multadas.