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Miércoles 10 de Junio de 2026

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Economía  

Dice la CTM que los empresarios de Canirac y Coparmex sí pagan utilidades

A 20 días de que se venza el plazo para que las empresas cumplan con el pago del reparto de utilidades a los trabajadores, los representantes de la Canirac y Coparmex aseguraron que los empresarios sí cumplen con esta obligación laboral con lo que benefician a casi 14 mil trabajadores. Por su parte, el representante … Continúa leyendo Dice la CTM que los empresarios de Canirac y Coparmex sí pagan utilidades

Mónica Martínez García

Mayo 10, 2006




A 20 días de que se venza el plazo para que las empresas cumplan con el pago del reparto de utilidades a los trabajadores, los representantes de la Canirac y Coparmex aseguraron que los empresarios sí cumplen con esta obligación laboral con lo que benefician a casi 14 mil trabajadores.
Por su parte, el representante de la CTM en el estado, Antelmo Alvarado García, aseguró que hasta el momento no han tenido denuncias de trabajadores por este concepto.
El presidente de la Canirac Acapulco, Carlos Hernández Godoy, dijo que no han tenido contratiempos en el reparto de utilidades y que las empresas restauranteras de las más pequeñas a las más grandes han cumplido.
Precisó que son 277 empresas afiliadas a la Canirac, entre las cuales suman cerca de mil 400 trabajadores a quienes “se les respetan sus derechos”.
Por su parte, el presidente de la Coparmex Acapulco, Fernando Tenopala Zalce, indicó que sus agremiados cuentan con una “ética responsable” por la que han cumplido con el pago correspondiente a sus trabajadores.
Puntualizó que por los 140 socios que están afiliados suman una fuerza laboral de 12 mil 500 trabajadores.
Detalló que entre las empresas que están afiliadas a la Coparmex, están la Yoli, leche Lala, cementos Apasco, Organización Ferretera, entre otros.
Por otro lado, Alvarado García dijo que será hasta fines de mayo cuando podrían surgir las inconformidades de los trabajadores.
Exhortó a los empresarios a que cumplan para que no se llegue a juicios en los que se tenga que pedir a la Secretaría de Hacienda una revisión a las empresas. “Nosotros estamos en la postura de evitar juicios y pleitos”, agregó.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los patrones están obligados a hacer su declaración anual ante Hacienda y tiene como plazo el 31 de mayo para pagar el reparto de utilidades a los trabajadores
La ley establece que el importe de las utilidades no reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.
Indica que quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades: las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento; las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas; las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración.
Además de las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios; el Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; y las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Industria y Comercio. La resolución podrá revisarse total o parcialmente, cuando existan circunstancias económicas importantes que lo justifiquen.