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Viernes 26 de Abril de 2024

Guerrero, México

Economía  

Publican en el Diario Oficial el decreto para el libre acceso a playas en todo el país

Se sancionará a quienes impidan, inhiban o restrinjan el uso de balnearios, dice el texto

Rolando Herrera / Agencia ReformaCiudad de México

Octubre 22, 2020

 

Un grupo de vacacionistas se amontona para observar el chinchorro de los pescadores sin utilizar ninguno de ellos el cubrebocas, ayer en la playa Suave Foto: Jesús Trigo

El presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto mediante el cual se garantiza el acceso a la playas en todo el país y se sanciona a quienes impidan, inhiban o restrinjan su uso.
El decreto contiene las reformas a la Ley General de Bienes Nacionales que fue aprobada por el Congreso en septiembre pasado y que establece que el acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado, salvo excepciones previstas en el reglamento.
“En el caso de que no existan vías públicas o accesos desde la vía pública, los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre deberán permitir el libre acceso a la misma, así como a las playas marítimas, a través de los accesos que para el efecto convenga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con los propietarios, mediando compensación en los términos que fije el reglamento”, indica.
A quienes impidan el uso de la playa, señala, se les sancionará con multa de entre tres mil y hasta doce mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a entre 260 mil 640 y un millón 42 mil 560 pesos.
Lo anterior aplica para los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre o los titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre.
“Para el caso de titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, en caso de reincidencia, además de la sanción señalada en el párrafo anterior, se revocará la concesión, autorización o permiso”, advierte.