A dos días de que venza el plazo para el reparto de utilidades por parte de las empresas, entre 70 y 80 por ciento ya cumplió con esa obligación y en las dos procuradurías de la Defensa del Trabajo sólo se han presentado dos quejas. Este 31 de mayo concluye el periodo para que … Continúa leyendo Ya pagó utilidades casi 80% de las empresas en Acapulco
Mónica Martínez García
Mayo 31, 2006
A dos días de que venza el plazo para el reparto de utilidades por parte de las empresas, entre 70 y 80 por ciento ya cumplió con esa obligación y en las dos procuradurías de la Defensa del Trabajo sólo se han presentado dos quejas.
Este 31 de mayo concluye el periodo para que los empresarios cumplan con el reparto de utilidades, pues de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo los patrones están obligados a hacer su declaración anual ante Hacienda y deben cumplir con esta obligación.
El secretario general de la Federación de Trabajadores del Estado de Guerrero (FTEG) filial CTM, Antelmo Alvarado García, indicó que 80 por ciento de las empresas de Acapulco ya cumplieron y confió en que el resto lo haga en los próximos días.
Advirtió que de no hacerlo los sindicatos afectados presentarán emplazamientos a huelga por violaciones a los contratos colectivos.
En comparación con el año pasado, el cetemista opinó que el cumplimiento de los empresarios “mejoró” debido a que –por ejemplo– en 2005 hubo inconformidades de los trabajadores del hotel Avalon “que hasta manifestaciones hicieron porque la empresa se había declarado en quiebra”.
Mientras que en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, adscrita a la Primera Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), ayer se presentó la primera queja contra la empresa Opticas Devlin por parte de la ex trabajadora Aracely Reyes Hernández, quien aseguró que laboró allí y se niegan a pagarle utilidades.
En la Procuraduría adscrita a la Segunda JLCA también se tiene registrada, desde el 22 de mayo, una queja de Cirilo Javier Viruel contra la empresa hotelera Organización Ideal SA de CV, la cual ya fue conciliada y después de enviar un oficio el trabajador recibió sus utilidades.
La Ley Federal del Trabajo establece que el importe de las utilidades no reclamadas en el año en que sean exigibles se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.
Indica que quedan exceptuadas de esta obligación de repartir utilidades las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento; las empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento; las empresas de industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
Además de las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
Otros son el Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia, así como las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Industria y Comercio.