Agencia Proceso Ciudad de México Los servidores públicos en México deberán abstenerse de exigir, aceptar u obtener cualquier tipo de regalo, obsequio o dádiva indebido con motivo de sus funciones, de lo contrario podrán ser castigados con suspensión o destitución del empleo, sanción económica o inhabilitación temporal para ejercer un cargo público. Lo anterior se … Continúa leyendo El Sistema Nacional Anticorrupción prohíbe a servidores públicos recibir obsequios, advierten
Julio 20, 2017
Agencia Proceso
Ciudad de México
Los servidores públicos en México deberán abstenerse de exigir, aceptar u obtener cualquier tipo de regalo, obsequio o dádiva indebido con motivo de sus funciones, de lo contrario podrán ser castigados con suspensión o destitución del empleo, sanción económica o inhabilitación temporal para ejercer un cargo público.
Lo anterior se desprende de la nueva Ley General de Responsabilidades Administrativas, que forma parte del andamiaje legal del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).
De acuerdo con la Secretaría de la Función Pública (SFP), con la ley anterior era factible que un servidor público recibiera obsequios, siempre que éstos no excedieran el valor de diez veces el salario mínimo vigente en la Ciudad de México.
Sin embargo, a partir de este miércoles la prohibición se vuelve absoluta, por lo que ningún servidor público, por sí o a través de terceros, podrá recibir obsequios de ningún tipo o monto con motivo de su cargo.
La misma prohibición aplica para el cónyuge, parientes consanguíneos o terceros con los que la persona servidora pública tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que la o el servidor público o las personas mencionadas formen parte.
En caso de incumplir con esta obligación, las y los servidores públicos estarían incurriendo en una falta administrativa grave, que podría ser castigada con suspensión o destitución del empleo, sanción económica o inhabilitación temporal para ejercer un cargo público, según lo determine el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
En caso de que los servidores públicos, sin solicitarlo, reciban de un particular un regalo, obsequio o beneficio, con motivo del ejercicio de sus funciones, deberán informarlo inmediatamente a la SFP. Si se trata de un bien, deberá entregarse al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.
Si el regalo, obsequio o dádiva para la persona servidora pública o las personas mencionadas anteriormente, es prometido, ofrecido o entregado por un particular, éste puede incurrir, incluso, en cohecho, mismo que será sancionado en los términos de la misma ley.
De igual manera el servidor público incurrirá en cohecho en caso de que acepte o pretenda aceptar cualquier tipo de obsequio, destacó la SFP en un comunicado.
Urgen a estados a cumplir con anticorrupción
La secretaria de la Función Pública, Arely Gómez, hizo un llamado a los congresos de los estados a completar el marco legal que a cada uno de ellos les corresponde respecto del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).
Al emitir un discurso por la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la funcionaria dijo que ya venció el plazo de un año que se estableció para que los estados armonizaran sus leyes e implementaran sus Sistemas Locales Anticorrupción (SLA).
“Debe de ser prioridad para los congresos locales finalizar la etapa de aprobación de los marcos normativos de los Sistemas Locales Anticorrupción, en todas las entidades federativas que aún no lo han hecho, con el propósito de dar un paso decisivo para prevenir y combatir la corrupción en todo el país”, indicó.
Ante subsecretarios, titulares de Órganos Internos de Control (OIC) y otros funcionarios de la propia Secretaría, Gómez ofreció la ayuda de la dependencia a aquellos estados que así lo soliciten.
En el caso de la Secretaría, presumió la funcionaria, de acuerdo con un diagnóstico realizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), la dependencia está lista para comenzar a aplicar las disposiciones establecidas en la nueva Ley.
“Un claro ejemplo de ello, es la reestructuración orgánica de todos los Órganos Internos de Control, para hacer frente a las disposiciones normativas, que establecen diferencias muy específicas respecto del procedimiento administrativo y las partes que intervienen en él”, resaltó.
La nueva ley, explicó Gómez, conceptualiza de una manera más integral las responsabilidades de los servidores públicos al prever la existencia de 10 conductas administrativas graves y cinco no graves en las que pueden incurrir los servidores públicos.
“Una tipología que debemos conocer a detalle, estudiar y promover su prevención, garantizar su detección e investigación, y procurar siempre la sanción de los casos que se presenten”, resaltó.
Para la Secretaría, sostuvo, el SNA es un tema prioritario y por ello este día se dio a conocer el nuevo reglamento interno, el cual adecuó la estructura orgánica a las nuevas necesidades.
“Hemos logrado importantes avances, sin embargo, tendremos que estar alertas y preparados para enfrentar los retos y desafíos que supondrá la implementación y consolidación del Sistema Nacional Anticorrupción”, enfatizó.