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La Corte ordena revocar las suspensiones contra la elección judicial y reprueba a magistrados del Trife

Agencia Reforma Ciudad de México La Suprema Corte de Justicia dio hoy 24 horas para revocar las suspensiones que jueces de amparo han concedido para frenar la elección judicial. En paralelo, la Corte reprobó a los tres magistrados que controlan la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal, por haber dictado sentencias para … Continúa leyendo La Corte ordena revocar las suspensiones contra la elección judicial y reprueba a magistrados del Trife

Febrero 14, 2025

Agencia Reforma

Ciudad de México

La Suprema Corte de Justicia dio hoy 24 horas para revocar las suspensiones que jueces de amparo han concedido para frenar la elección judicial.
En paralelo, la Corte reprobó a los tres magistrados que controlan la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal, por haber dictado sentencias para eliminar dichas suspensiones, sin tener facultades para ello.
Luego de más de cuatro horas de discusión, la Corte rechazó la actuación de los juzgadores que han llevado litigios relacionados con la reforma judicial, tanto los de amparo como los electorales, al resolver una consulta planteada, precisamente, por jueces que le pidieron aclarar las facultades del Trife para revisar sus decisiones.
También criticó a las autoridades que, a su antojo, decidieron no acatar órdenes judiciales.
“Esta Corte ha observado como cada transgresión al orden constitucional ha allanado el camino para la siguiente, hasta llegar al punto donde los límites institucionales, que alguna vez parecieron inquebrantables, se han vuelto porosos”, dijo el ministro Alfredo Gutiérrez, autor del proyecto.
La parte más ejecutiva y concreta de la sentencia de ayer, aprobada por seis votos contra cuatro, es la propuesta de Gutiérrez para instruir a los jueces a revisar las suspensiones, que tendrán que ser revocadas, pues el amparo no procede en materia electoral ni contra una reforma constitucional.
La votación de este tema parecía estancada, pues inicialmente solo cuatro ministros favorecían dictar esta orden, pero a fin de cuentas, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz se sumaron para hacer mayoría.
“Dentro de un plazo de 24 horas a partir de la emisión de esta sentencia, todas las personas juzgadoras que hayan concedido suspensiones respecto a la instrumentación de la reforma judicial deberán revisar de oficio sus determinaciones cautelares a la luz de las consideraciones de esta sentencia”, dice el fallo.
A estas alturas, los más de 500 amparos contra la reforma judicial ya están concentrados en solo tres juzgados de Zapopan, Jalisco, que son los que tendrán que revocar las suspensiones, siempre y cuanto se refieran a los aspectos electorales de la reforma.
De todos modos, estas suspensiones no han sido acatadas por las autoridades, pues así se los autorizó el Trife en diversas sentencias, que hoy fueron rechazadas por la Corte como válidas para revisar amparos.
Pero el fallo de hoy no invalida las sentencias del Trife, sino que aclara que solo deben ser leídas como “opiniones”.
“Las sentencias (del Trife) no pueden tener la capacidad de incidir de manera alguna en las determinaciones de jueces de amparo; no funcionan como instancia de revisión y su pretensión de anular los efectos de las suspensiones simplemente carece de cualquier efecto dentro de nuestro orden jurídico”, afirma la sentencia, que en este punto tuvo mayoría de siete votos. Solo las tres ministras afines al gobierno defendieron al Trife.
No está claro si esto tendrá algún efecto sobre la actuación del Instituto Nacional Electoral (INE), que ha seguido adelante con los preparativos de la elección de junio escudándose en las sentencias del Trife, pero es poco probable que exista alguna afectación al proceso.
El Ministro Alberto Pérez Dayán criticó a “la exigua mayoría de un tribunal deliberadamente incompleto, obvio, obsequioso, predecible y sesgado al poder”, en alusión al TEPJF.
Gutiérrez también había propuesto exhortar a las autoridades para acatar las suspensiones de amparo, mientras no sean revocadas, pero este resolutivo fue rechazado.
La presidenta Norma Piña y el Ministro Jorge Pardo tuvieron una postura más moderada, por la cual solo estuvieron de acuerdo en aclarar que el Trife no podía revisar a los jueces de amparo, pero se negaron a aprobar el exhorto o la orden para revocar las suspensiones.
Previamente la Corte había declaradk improcedente el impedimento de cuatro de sus integrantes para discutir un conflicto entre jueces de amparo y el Trife sobre suspensiones contra la reforma judicial.
Los tres magistrados que controlan la Sala Superior del Trife habían planteado que la Presidenta Norma Piña y los ministros Alfredo Gutiérrez, Jorge Pardo y Javier Láynez no debían votar este asunto por haberse manifestado públicamente contra la reforma.

El Trife asegura que la Corte les dio la razón al revocar amparos de jueces para anular la elección judicial

Tras la revocación de la Corte a las suspensiones que jueces de amparo concedieron para detener la elección judicial, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación indicó que su determinación fue coincidente con la sentencia previa del órgano, por lo que le dio la razón.
La Sala Superior explicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los jueces de distrito corregir sus sentencias, lo que las deja improcedentes en materia electoral.
“El TEPJF es la máxima autoridad en materia electoral y así fue reconocido por la SCJN. Asimismo, confirma que el amparo no procede en materia electoral, tal como ha sostenido este órgano jurisdiccional.
“Es necesario señalar que la SCJN ordenó a los jueces de distrito corregir sus propias sentencias, tomando en cuenta lo razonado en la sesión de su pleno; es decir, que las suspensiones no proceden en materia electoral”, expuso a través de un comunicado.
Asimismo, el Trife aclaró que, como erróneamente han considerado otras instancias, incluida la Corte, no revocó las suspensiones de los jueces, sino que aplicó lo previsto en el artículo 41 constitucional, donde se establece que en materia electoral no proceden los amparos.
Pese a ello, indicó que debido a que las sentencias que emite son definitivas e inatacables, nunca se suspendió el proceso de elección judicial y siguió su curso, como lo prevé la Constitución.
El Tribunal reiteró que continuará actuando como la máxima instancia en materia electoral y no admitirá intervenciones de otra autoridad judicial.

El tribunal electoral no está subordinado a ninguna autoridad jurisdiccional, sostiene la presidenta Mónica Soto

La presidenta del Trife, Mónica Soto, rechazó la intromisión a las competencias de la Sala Superior, ya que sus resoluciones forman parte de un mandato constitucional.
En el informe de labores de la Sala Regional Especializada, la magistrada dijo que el Trife no está subordinado a ninguna autoridad jurisdiccional y no busca asumirse como un superior jerárquico.
El Trife, dijo, es el único órgano especializado del Poder Judicial en materia electoral por lo que sus resoluciones son definitivas.
“Nuestra competencia y facultades no es una cuestión de interpretación discrecional, es un mandato constitucional y convencional. El TEPJF no está subordinado a ninguna otra autoridad jurisdiccional”, expuso.
“(…) No buscamos asumirnos como superiores jerárquicos de alguna autoridad, pero no permitiremos ninguna intromisión a nuestras competencias y defenderemos, con Constitución en la mano y con una interpretación gramatical, que este Tribunal Electoral es el órgano especializado del Poder Judicial de la Federación en materia electoral, que es la máxima instancia en esta materia y que sus resoluciones son definitivas e inatacables”.

Critican ministros la orden del Trife de enviar al Senado la lista de candidatos del PJ sin autorización de la Corte

Dos ministros de la Suprema Corte de Justicia pidieron ayer exhortar al Instituto Nacional Electoral (INE) para que se apegue a la Constitución al resolver el registro de las candidaturas de 955 personas que el Senado le entregó este miércoles, como si hubieran sido postuladas por el Poder Judicial Federal (PJF).
Los ministros Margarita Ríos Farjat y Alberto Pérez Dayán criticaron la orden del Tribunal Electoral del PJF por la cual autorizó al Senado para enviar esta lista al INE, aun si era rechazada por el Pleno de la Corte, como sucedió.
“La Constitución no permite que otro Poder envíe las candidaturas, no aplican aquí incidentes de cumplimiento sustitutos, ni afirmativas fictas, ni otras ocurrencias”, dijo Pérez Dayán, en alusión a la sentencia del Trife.
Ambos ministros enfatizaron que la Constitución solo faculta a la Corte, por mayoría de ocho votos, para aprobar las candidaturas del PJF para la elección judicial, sin que dicho texto se pudiera interpretar de otra manera, pues la propia reforma lo prohíbe.
Además, la Carta Magna permite que un Poder no presente candidatos, es decir, no es obligatorio entregar una lista al INE.
“No veo cómo, bajo esta claridad Constitucional, el Senado pueda llegar insacular nombres sin evaluación de idoneidad y remitirlos al INE en nombre del Poder Judicial, trasladando una responsabilidad que no le es propia y en abierta confrontación con el texto de la Constitución.
“Entonces para abonar al proyecto, no vería de más hacer un llamado expreso al INE para que aplique la Constitución”, dijo Ríos Farjat.
Lo anterior, en alusión al hecho de que los mil 43 aspirantes fueron declarados elegibles por el Comité de Evaluación del PJF fueron insaculados por el Senado, sin que se realizara previamente una evaluación de idoneidad.
“Encuentro preocupante que se dé a entender a la sociedad que el Poder Judicial avale candidaturas, porque infortunadamente no realizó evaluación alguna”, agregó la ministra.

Usurpó el Senado las funciones de la Corte: Añorve

El Senado de la República usurpó funciones de la SCJN al haber remitido las listas de aspirantes al Poder Judicial directamente al Instituto Nacional Electoral (INE) aseguró el coordinador del PRI, Manuel Añorve.
“Ellos hicieron una reforma y es muy clara: es el Poder Judicial quien tiene que mandar las listas de quienes se registraron al INE, y aquí el Senado usurpó funciones y obviamente generó una serie de amparos que deben de respetarse porque vivimos en un Estado de Derecho, no vivimos en un estado de ocurrencias”, sostuvo el acapulqueño.