Claudia Guerrero / Agencia Reforma Ciudad de México A menos de 10 días del arranque de las mesas temáticas de la XX Asamblea Nacional del PRI, militantes circularon un proyecto de reforma a sus Estatutos que abre las puertas a “candidatos simpatizantes”. En un documento de 61 páginas, membretado con el logotipo del PRI … Continúa leyendo Proyecta el PRI abrir las puertas a “candidatos simpatizantes”
Agosto 01, 2017
Claudia Guerrero / Agencia Reforma
Ciudad de México
A menos de 10 días del arranque de las mesas temáticas de la XX Asamblea Nacional del PRI, militantes circularon un proyecto de reforma a sus Estatutos que abre las puertas a “candidatos simpatizantes”.
En un documento de 61 páginas, membretado con el logotipo del PRI y de la XX Asamblea Nacional, se plantean modificaciones para que los ciudadanos que no militen en el tricolor puedan ser postulados por ese partido.
“Los simpatizantes tendrán los siguientes derechos: Participar en los procesos internos de selección y postulación de candidatos, cuando así lo apruebe el Consejo Político correspondiente y lo prevea la convocatoria”, refiere la propuesta de redacción del artículo 24.
En un apartado previo se establece que los “simpatizantes” tendrán derecho a voto, por candidatos o dirigentes de partido, cuando las convocatorias respectivas así lo consideren.
En el artículo 23 se define que los simpatizantes son ciudadanos que ejercen sus derechos cívicos políticos electorales en congruencia con lo dispuesto en la Declaración de Principios y Programa de Acción.
“En los actuales tiempos, en los que el partido no tiene la condición de ser hegemónico, sino de convivir en pluripartidismo, está obligado a atender el principio siguiente: sin la militancia no ganamos, pero tampoco solo con ella”, indica el documento.
En el proyecto de redacción no se incluyen propuestas sobre los artículos más polémicos que contienen los requisitos y candados para la elección de dirigentes y candidatos, incluido el presidencial.
Sin embargo, en el apartado de justicia partidaria se reconoce textualmente la personalidad jurídica de los “candidatos simpatizantes” para interponer un proceso disciplinario, ya que ellos mismos también estarán sujetos a las mismas reglas.
“Se prevé expresamente la legitimación procesal de los miembros, simpatizantes o candidatos simpatizantes”, señala.
Por otro lado, se agrega un artículo 9 bis para detallar que, tratándose de candidatos a cargos de elección popular, postulados por una coalición, se aplicarán las normas del partido político al que esté afiliado el candidato propuesto.
En un artículo previo, se contempla la posibilidad de que el PRI participe en gobiernos de coalición, a propuesta del Presidente de la República.
Para ello, el CEN sólo deberá informarlo al Consejo Político Nacional.
En materia de combate a la corrupción, el proyecto plantea modificaciones a la estructura del Comité Ejecutivo Nacional e incluso ajustes en las causales de expulsión.
A diferencia de los Estatutos vigentes, la redacción sugerida señala que sólo se podrá sacar de las filas del PRI a quien haya incurrido en un delito grave o haya sido sentenciado.