Rolando Herrera / Agencia Reforma Ciudad de México Por unanimidad, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) resolvió interponer una acción de inconstitucionalidad en la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra dos artículos de la Ley de Seguridad Interior. En … Continúa leyendo Resuelve el Inai promover ante la Corte acción de inconstitucionalidad contra Ley de Seguridad
Enero 17, 2018
Rolando Herrera / Agencia Reforma
Ciudad de México
Por unanimidad, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) resolvió interponer una acción de inconstitucionalidad en la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra dos artículos de la Ley de Seguridad Interior.
En sesión pública, los comisionados sostuvieron que los artículos 9 y 31 de la Ley, publicada el 21 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), son inconstitucionales porque, en el caso del primero, viola el principio de máxima publicidad, en tanto que el segundo, vulnera la autonomía de Instituto.
El artículo 9 establece que toda la información que se genere por la aplicación de la Ley de Seguridad Interior será considerada como de seguridad nacional, lo que en automático la convierte en reservada y por tanto no habría posibilidad de que se conociera públicamente.
Dicho precepto, expuso la comisionada Ximena Puente, vulnera el artículo sexto constitucional que establece que toda la información que generen las autoridades es pública y sólo excepcionalmente podrá clasificarse como reservada.
El artículo controvertido, abundó la comisionada Areli Cano, establece una clasificación de reserva genérica para toda la información y contraviene los principios que señalan que la reserva de información debe ser específica, temporal y debe existir una prueba de daño.
Vulnera autonomía de instituciones federales
Por su parte, el artículo 31 estipula que las dependencias federales y los órganos autónomos, como lo es el Inai, deberán entregar la información que les sea requerida por las autoridades que participen en la aplicación de la Ley de Seguridad Interior.
Esta disposición, consideró el comisionado Óscar Guerra Ford, vulnera la autonomía constitucional del Inai, ya que lo supedita a las autoridades participantes de la aplicación de la Ley, y viola el derecho de protección de datos personales, pues, de presentarse el caso, tendría que revelar la identidad de solicitantes de la información.
El comisionado presidente del Instituto, Francisco Javier Acuña, dijo que la acción de inconstitucionalidad aprobada es sólo respecto de la materia de la cual el Inai es autoridad y que otras instituciones, como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), han anunciado que lo harán conforme a los derechos que les corresponde defender.