Argumenta que no está entre sus atribuciones intervenir en la sobreexplotación de yacimientos pétreos para abastecer la construcción del nuevo aeropuerto de la Ciudad de México
Arcelia Maya / Agencia ReformaCiudad de México
Agosto 01, 2017

Ante la devastación de cerros y sobreexplotación de minas de tezontle para abastecer de material al nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México la Profepa se deslindó de actuar al argumentar que “no tiene atribuciones”.
En un comunicado, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informó que hace un año clausuró sólo una mina en la que se presumió que hubo afectación forestal, medida que sí está dentro de su competencia.
Reforma publicó ayer que la demanda de tezontle y otros minerales para el nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México ha provocado la proliferación de minas irregulares cercanas a la nueva terminal.
“La Profepa informa que no cuenta con atribuciones para realizar acciones de inspección en materia de extracción de materiales pétreos como lo son las minas de tezontle, ya que el tezontle que es extraído no es considerado como mineral o sustancia reservada a la federación”, indicó la dependencia.
Aclaró que cuando existe afectación de terrenos forestales para acceder a este material pétreo, los responsables deben contar autorización de la Semarnat.
Indicó que el 12 de febrero de 2016 inspeccionó una mina donde presuntamente se iba a extraer tezontle para el nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México, en un terreno de 18.75 hectáreas en la carretera Texcoco-Calpulalpan, en los municipios de Tepetlaoxtoc (Edomex) y Calpulalpan (Tlaxcala).
“Se constató remoción de vegetación forestal en 7.6 hectáreas, sin contar con la correspondiente autorización de Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales, por lo que se impuso la clausura total temporal de las obras de extracción, así como el aseguramiento precautorio de la maquinaria”, detalló.
Actualmente, precisó, el área técnica y jurídica de la dependencia valora la investigación para la emisión de la resolución administrativa, las sanciones y multas correspondientes.
La sanción puede alcanzar una pena de 6 meses a 9 años de prisión.