* Presentaron ayer el documento familiares de Clímaco y Simplicio Martínez Reza y de Pasito Hernández González, con el apoyo del Centro Prodh * Piden que se haga justicia, con base en la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Familiares de tres de los 17 campesinos víctimas de la masacre de Aguas Blancas presentaron ayer en la Procuraduría General de la República una denuncia de los hechos ocurridos el 28 de junio de 1995 en la sierra de Coyuca de Benítez, y demandaron que la justicia federal abra la investigación, conforme a las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Hunmanos (CIDH).
En la ciudad de México, con el apoyo del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro (Prodh), presentaron la denuncia los familiares de Clímaco Martínez Reza, Simplicio Martínez Reza y de Pasito Hernández González, de la comunidad de Atoyaquillo.
Es la segunda denuncia de hechos que se presenta formalmente ante la PGR. En octubre de 2001, los dirigentes de la Organización Campesina de la Sierra del Sur, Hilario Mesino Acosta y Marino Sánchez Flores (quien fue uno de los testigos de la masacre, porque se encontraba en el lugar, a pocos metros del camión que fue baleado) presentaron una denuncia a la PGR, para que abriera el caso de acuerdo a lo planteado por la CIDH, y se investigara al ex gobernador Rubén Figueroa Alcocer y a los principales funcionarios de seguridad pública y justicia de su gobierno.
En esa primera denuncia, que ya fue turnada a la Delegación en Guerrero de la PGR, pero los demandantes pidieron que se atendiera en una instancia de la ciudad de México, también participó con el apoyo jurídico el Centro Prodh.
En un boletín que dufundió ayer, el Centro Prodh informa que “familiares de los hermanos Martínez Reza y Pasito Hernández González presentaron el día de hoy, una denuncia de hechos ante la Procuraduría General de la República, con el objetivo de que sea este órgano federal y no las instancias de procuración de justicia locales (de Guerrero), quien se haga cargo de investigar los hechos ocurridos el 28 de junio en los que perdieran la vida sus parientes, en el marco del cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la CIDH”.
El Prodh recordó que en 1996, la PGR rechazó conocer el caso Aguas Blancas, “con argumentos políticos carentes de sustento jurídico”, a pesar de que “existen sobrados argumentos jurídicos que sustentan la competencia federal para conocer del asunto, como la configuración de delitos de carácter federal, por lo que resulta obligatorio jurídica y éticamente, que dicho órgano de procuración de justicia inicie la averiguación previa correspondiente”.
Igual que los dirigentes de la OCSS que presentaron la denuncia en octubre, el Prodh plantea: “resulta indispensable que las investigaciones que inicie la PGR sean dirigidas y efectuadas desde una fiscalía ubicada en la ciudad de México, de lo contrario, y como ha sucedido en otras ocasiones, cuando las indagatorias son turnadas a las delegaciones estatales, no se obtendrá ningún tipo de resultado ante la ausencia de imparcialidad e independencia existentes en los fiscales asignados a las entidades federativas, más aún en un estado como Guerrero, en donde la posibilidad de interferencia e influencia por parte de las autoridades estatales y de grupos políticos afines al ex gobernador Rubén Figueroa Alcocer, redundaría en que la investigación no tuviera resultado alguno”.
También, como en la denuncia anterior, el Prodh hace referencia a los ofrecimientos del gobierno del presidente Vicente Fox: “El gobierno de Vicente Fox ha manifestado públicamente su disposición de castigar a aquellos agentes estatales que incurran en violaciones a los derechos humanos; en el presente caso, la investigación expedita, independiente y profesional, con el ejercicio de la acción penal en contra de aquellos funcionarios que en mayor o menor medida planearon y ejecutaron la masacre de Aguas Blancas, la debida reparación del daño y el establecimiento de adecuadas medidas de no repetición de los hechos, serían los indicadores mínimos para que lo expresado públicamente tenga un contenido que lo fundamente.
“De lo contrario el caso de Aguas Blancas permanecerá, como hasta la fecha, en total impunidad y con ello incumplidas la recomendaciones formuladas por la CIDH al Estado mexicano”.
En el boletín, hace referencia a la masacre del 28 de junio de 1995: “Varias personas, en su mayoría miembros de la Organización Campesina de la Sierra Sur (OCSS), a bordo de dos camionetas, se dirigían a Atoyac de Alvarez, Guerrero con el objetivo de manifestarse por la desaparición de un compañero y para exigir el cumplimiento por parte del gobierno estatal, de la entrega de diversos insumos agrícolas. Al llegar al vado de Aguas Blancas, miembros de la Policía Motorizada, Policía Judicial y Seguridad Pública del Estado de Guerrero los interceptaron, y sin que mediara motivo alguno dispararon a mansalva, provocando que 17 campesinos perdieran la vida y más de 25 quedaran heridos, algunos de suma gravedad.
“Los hermanos Clímaco y Simplicio Martínez Reza y Pasito Hernández González fueron de los campesinos privados de la vida el 28 de junio de 1995. Desde ese entonces a sus familias se les ha negado sistemáticamente la justicia. La subordinación a intereses políticos por parte de los órganos encargados de procurar y administrar justicia en el Estado, les llevó encubrir y justificar la masacre”.
Informa que en febrero de 1998, la CIDH emitió una recomendación al gobierno mexicano, en la que plantea que para que se haga justicia se debe continuar la investigación, incluyendo al ex gobernador Rubén Figueroa; al ex secretario general de Gobierno, Rubén Robles Catalán; al ex procurador Antonio Alcocer Salazar y al ex director de la Policía Judicial, Gustavo Olea Godoy, que fueron investigados conforme a la ley.
Plantea el Prodh que a cuatro años de haberse emitido la resolución de la CIDH, los órganos del Estado no han acatado las recomendaciones que de ella emanan.
Señala que “varios de los autores materiales de la masacre han sido absueltos debido a las deficiencias en la integración de la averiguación previa por parte del Ministerio Público del estado de Guerrero; y los altos ex funcionarios del gobierno estatal, o no fueron encontrados responsables al finalizar sus respectivos procesos, o ni siquiera investigados, como fue el caso de Rubén Figueroa”.
Recuerda el caso del director de la Policía Motorizada, que estuvo en prisión seis años: “A pocos días de haberse efectuado la misión de la CIDH para verificar el cumplimiento de sus recomendaciones, el mayor Manuel Moreno, uno de los que encabezaron la masacre, salió en libertad al ser beneficiado por una sentencia absolutoria de amparo”, y califica este hecho como “de desprecio hacia la sociedad mexicana, principalmente hacia los familiares y sobrevivientes de la masacre”.
Las conclusiones de la CIDH sobre la masacre de Aguas Blancas
El Centro Prodh explica que ante la impunidad y el nulo acceso a la justicia por parte de las víctimas de la masacre de Aguas Blancas, diversos organismos no gubernamentales de derechos humanos recurrieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
En su informe de febrero de 1998, la CIDH concluyó:
“Se ha demostrado la falta de voluntad hasta la fecha, tanto del Ministerio Público estatal para ejercer las acciones penales respectivas en contra del ex-gobernador Rubén Figueroa Alcocer, el ex-secretario general de Gobierno, Rubén Robles Catalán, el ex-procurador general de Justicia del estado, Antonio Alcocer Salazar, y el ex-director de la Policía Judicial del Estado, Gustavo Olea Godoy, así como del Ministerio Público Federal, para ejercer su competencia de atracción, en base a la decisión de la Suprema Corte de Justicia; todo esto, pese al cúmulo indiciario que sindica a estos ex funcionarios del gobierno del estado de Guerrero con presuntas responsabilidades en los hechos ocurridos en el vado de Aguas Blancas el 28 de junio de 1995”.
La CIDH formuló al Estado mexicano las siguientes recomendaciones:
A. Completar una investigación seria, imparcial y efectiva de los hechos ocurridos el 28 de junio de 1995, en el vado de Aguas Blancas, con base en la decisión emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 23 de abril de 1996.
B. Ejercer las acciones penales correspondientes, a fin de que se establezcan las responsabilidades individuales de los altos funcionarios del gobierno del estado de Guerrero, identificados en la decisión emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación; y en consecuencia, se les impongan las sanciones penales correspondientes a quienes resulten responsables.
C. Otorgar una indemnización adecuada a los familiares de las personas ejecutadas, y a las víctimas sobrevivientes de los hechos de Aguas Blancas; y prestar la debida atención médica a aquellas víctimas que lo necesiten, como consecuencia de las heridas recibidas en los referidos hechos de Aguas Blancas.