La persona que ocupe el cargo debe ser designada directamente por quien esté en la alcaldía y no se prevé un comité de selección, dice el texto oficial
Marzo 20, 2025
Óscar Ricardo Muñoz Cano
Con la emisión de una convocatoria para elegir al Cronista Municipal de Acapulco, el Ayuntamiento de Acapulco estaría faltando a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, pues esta indica que dicho cronista debe ser a propuesta del presidente o presidenta municipal y designado por dicha autoridad.
Asimismo, también estaría incurriendo en una falta al crear un comité de selección, figura que no aparece en la ya citada ley.
El artículo 234 del Capítulo X de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero dice que “los Ayuntamientos a propuesta del Presidente Municipal, designarán al Cronista del Municipio, quien durará en su encargo 5 años, pudiendo ser confirmado ilimitadamente”.
Asimismo, que “cuando así se requiera, podrá el Ayuntamiento designar auxiliares del Cronista Municipal o Cronistas por poblados distintos a la cabecera municipal, quienes integrarán el Concejo de la Crónica Municipal”.
En ambos casos, se habla de designaciones y no de concurso por convocatoria.
No obstante, el pasado miércoles 12 de abril el Ayuntamiento de Acapulco emitió una convocatoria –que vence el próximo 31 de marzo– en la que se menciona que luego de que los participantes entreguen su currículum así como sus documentos a la Dirección de Cultura, los expedientes de quienes hubieran cumplido con los requisitos serían enviados a un comité de selección, del cual no mencionan nombre de sus integrantes, pero señalando que estará compuesto por “especialistas de reconocida trayectoria”. Tal comité de selección no figura en la ley.
La selección, dice la convocatoria, será bajo los criterios de objetividad, veracidad, e imparcialidad, y una vez que se tenga un candidato, será propuesto ante la presidenta municipal para que a su vez lo haga llegar al Cabido.
Entre otras cosas, continúa, el candidato –del que tampoco se menciona el monto a recibir por su labor– deberá tener más de 50 años, reconocida honorabilidad, buena reputación y solvencia moral, ser mexicano nacido o radicado en Acapulco por al menos 10 años y con interés por conocer y dar a conocer la historia, costumbres, tradiciones y demás elementos que le dan identidad al puerto.
En ese sentido, la propia ley señala en su Artículo 235 que “cada Municipio dispondrá de un Cronista Municipal el cual tendrá a su cargo la elaboración de la crónica sobre los acontecimientos más relevantes que acontezcan en el Municipio y tendrá a su cargo los programas relacionados con la integración, conservación y acrecentamiento de los Archivos Históricos del Municipio”.
Del mismo modo, en el Artículo 237 añade que “los Cronistas Municipales darán su opinión técnica sobre la pertinencia de que los Ayuntamientos editen libros, revistas, discos, películas, videos y otras formas de comunicación que tiendan a difundir y preservar la vida municipal”.
Fue el pasado 10 de marzo que en conferencia de prensa en la Sala de Cabildo, la alcaldesa Abelina López Rodríguez anunció el lanzamiento de la convocatoria para elegir al Cronista Municipal de Acapulco, asegurando que con ella y la posterior selección “abrimos la puerta para que la historia de Acapulco se siga contando, se siga preservando y sobre todo, se siga trasmitiendo a las nuevas generaciones”.
Fue durante la sesión de preguntas y respuestas que la propia alcaldesa comentó que “debemos de buscar gente que conozca de la materia, no va a ser a criterio nuestro (la selección del cronista) porque entonces no tiene caso una convocatoria”, por lo que anunció que antes de que los regidores tomen una decisión habrá un comité de selección. (El Sur, edición del 11 de marzo, 2024).