11 enero,2024 8:08 am

La Corte rechaza maniobra del gobierno federal para bloquear amparos contra la reforma eléctrica

Por unanimidad, la Primera Sala resolvió que no existe impedimento legal para que los ministros Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar puedan votar sobre el caso. De ser confirmados los amparos la ley no será anulada pero se tornará inoperante, pues casi todas las empresas privadas del sector promovieron demandas similares

Ciudad de México, 11 de enero de 2024. La Suprema Corte de Justicia rechazó ayer una maniobra del Gobierno para impedir que se concedan a empresas privadas los primeros amparos contra la reforma de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), impulsada para privilegiar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte resolvió que no existe impedimento legal para que los ministros Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar puedan votar el amparo en revisión 164/2023, cuyo proyecto declara inconstitucionales los siete artículos fundamentales de la reforma a la LIE.

El impedimento fue promovido en septiembre pasado por la Secretaría de Energía (Sener), cuando el proyecto en cuestión ya estaba en lista para ser votado en la Segunda Sala, donde seguramente sería aprobado por los dos ministros mencionados, así como por el ponente, Javier Láynez.

Promover a última hora el impedimento de un juez es una de las tácticas dilatorias más usadas por los abogados en México, cuando saben que es inminente una sentencia en su contra, ya que obliga al tribunal a detener la resolución mientras se aclara la posible recusación.

El argumento de la Sener para el impedimento era la relación de Pérez Dayán y Aguilar con Hugo Arriaga Becerra, quien es abogado en uno de los más de 200 amparos que las empresas privadas promovieron contra la reforma.

La relación existe porque Pérez Dayan es vocal del Consejo Directivo del Instituto Mexicano del Amparo (IMP), que preside Arriaga. El IMP fue fundado por Ignacio Burgoa Orihuela, y el Ministro Aguilar es miembro honorario.

Una vez rechazado el impedimento, la Segunda Sala podrá listar de nuevo el amparo para sesión.

De ser confirmados estos amparos, ya otorgados en primera instancia por dos jueces federales, la reforma no será anulada, pero se tornará inoperante, pues casi todas las empresas privadas del sector promovieron demandas similares.

Tan solo los dos proyectos que había listado la Sala en septiembre beneficiarían a 17 empresas privadas de generación, sobre todo eólica y solar.

Los proyectos amparan, entre otros, contra el artículo 26 de la LIE, el más cuestionado por el sector privado, pues ordena dar preferencia al despacho de energía generada por centrales de la CFE o privadas que trabajan en exclusiva para ella.

“El fortalecimiento de CFE no puede entenderse como la posibilidad de hacerla preponderante en un área en la que, por mandato Constitucional, debe competir”, dicen los proyectos. “

Cabe recordar que, en abril de 2022, el Pleno de la Corte discutió una acción de inconstitucionalidad contra esta reforma, pero en todos los temas relevantes solo hubo seis o siete votos por invalidar, por lo que no hubo pronunciamiento alguno del tribunal, ya que se requerían ocho votos. Los amparos no requieren mayoría calificada para ser concedidos.

La SCJN pide al Senado informe sobre el cumplimiento de la orden para designar a comisionados del Inai

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) requirió al Senado de la República un informe sobre si cumplió con la designación de dos comisionados del INAI, tal como le ordenó.

En conferencia, la comisionada Blanca Lilia Ibarra informó que el Senado tiene hasta el 12 de enero para responder a la Corte y será esta instancia la que valorará si se cumplió o no con lo mandatado.

“El 13 de diciembre pasado fue notificado el Senado de la República el acuerdo mediante el cual la Ministra Presidente de la Suprema Corte (Norma Piña) requiere a la Cámara Alta para que dentro de un término de 10 días posteriores a que surta en efecto la notificación informe sobre el proceso de designación de las personas comisionadas faltantes”, explicó.

“En ese sentido, el término otorgado, de acuerdo al calendario, digamos, de los días hábiles para que el Senado pueda rendir ese informe será el próximo 12 de enero”.

En octubre del año pasado, la SCJN ordenó al Senado cubrir las vacantes que dejaron los comisionados Rosendoevgueni Monterrey, quien salió en abril de 2022, y Francisco Javier Acuña, quien concluyó su periodo en abril de este año.

El pasado 6 de diciembre, el Senado llevó al pleno la votación de dos ternas, sin embargo, no se alcanzó el número de votos requeridos en ambos casos debido, entre otras cosas, que varios legisladores presuntamente morenista emitieron votos nulos.

Comisionados del INAI se reunirán este miércoles con el exgobernador de Chihuahua, Javier Corral, quien coordina una de las mesas de los “Diálogos por la Transformación” de la precandidata única de Morena a la Presidencia, Claudia Sheinbaum.

El encuentro, informó el presidente del Instituto, Adrián Alcalá, es a petición del propio Corral y en ella estarán algunos integrantes del grupo de trabajo que auxilian al exgobernador.

Alcalá comentó que también han tenido comunicación con Santiago Creel, coordinador de campaña de Xóchitl Gálvez, para acordar una próxima reunión.

Pide la Consejería de Presidencia a la Corte declarar constitucional la extinción de fideicomisos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe declarar la constitucionalidad del decreto que extingue los fideicomisos y ordenar que se actúe en consecuencia, con lo que además se honrará el compromiso de la ministra presidenta Norma Piña Hernández de devolver esos recursos para ser utilizados en la reconstrucción de Acapulco por los daños causados por el huracán Otis, pidió la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

En un comunicado, la Consejería argumetó que las prestaciones de personas servidoras públicas del Poder Judicial están garantizadas con el Presupuesto de Egresos y es falso que los fideicomisos sirvan para cubrirlas.

“Es falso que la extinción de fideicomisos afecte la independencia judicial e impida a las personas juzgadoras del PJ actuar con imparcialidad”, señaló el organismo de Presidencia.

texto: Agencia Reforma