17 noviembre,2020 5:43 am

La sociedad civil

Florencio Salazar Adame

 

Se distinguen por mantener una línea de acción autónoma frente a gobiernos o partidos políticos.

Sergio Aguayo Quezada

La sociedad civil (SC) es inversamente proporcional al desarrollo económico, político y social. En donde existe una sociedad pujante los ciudadanos se organizan para participar en diversas actividades de carácter colectivo. Para que las personas puedan organizarse como sociedad civil se asume disponen de tiempo y son informadas. Se necesita para ello que haya empleo suficiente y remunerado, medios de comunicación musculares e interés en atender –con sus  propios recursos– necesidades colectivas.

El concepto SC ha irrumpido en nuestro lenguaje político como si se tratara de una invención o de un descubrimiento reciente, y no de un concepto originado en el lenguaje de la filosofía política clásica cuyo desarrollo a lo largo del pensamiento político hoy define, para decirlo de manera llana, lo que está fuera del ámbito del gobierno. Es decir, la SC es lo que no está incluido en la sociedad política; o, si se quiere, corresponde a las actividades que desarrollamos las personas en grupos organizados, en el amplio espacio de las actividades públicas no gubernamentales.

La expresión SC ha sustituido a la de pueblo. Digamos que lo que antes llamábamos pueblo, ahora denominamos SC. Sin embargo, hay una diferencia que conviene destacar: el pueblo es la población total de un territorio determinado y la SC es la parte organizada fuera del gobierno de esa población, o sea, del pueblo. Si aceptamos esta diferencia entre pueblo y SC, entonces podemos establecer que las Organizaciones No Gubernamentales (ONG), junto con las asociaciones civiles, clubes de servicios, fundaciones, asociaciones de padres de familia, entre otros, son los grupos ciudadanos que en su conjunto integran la SC.

Esquemáticamente podríamos afirmar que el Estado tiene como uno de sus integrantes al pueblo; en el pueblo, se expresa una parte organizada y activa que es la SC; y en la SC están constituidas las ONG. Queda claro, entonces, que las ONG, que frecuentemente se consideran organizadas fuera del Estado, en realidad forman parte del Estado, entendiendo éste en el concepto clásico de ser un ente abstracto que establece la cohesión y el dominio sobre la población y el territorio que ocupa. Por lo tanto, las ONG son grupos activos de la sociedad formados fuera del gobierno pero no del Estado, tal como se nombran a sí mismas: No Gubernamentales, es decir, organizadas aparte del gobierno.

Comparto la definición de SC que formula Jean Francois Revel: está “constituida por el conjunto de los habitantes de un país que ejercen actividades cuya iniciativa se sitúa fuera del Estado, o de la administración, y cuyo origen no es principalmente una adaptación o una decisión estatal o administrativa”, y que puede gozar de una amplia autonomía.

Las ONG identifican a cualquier organización internacional que no haya sido creada entre gobierno y son instituciones privadas, autónomas, que agrupan a personas físicas y/o morales de buena voluntad, de diversas nacionalidades; unidas para la búsqueda de un fin común, no lucrativo, de trascendencia internacional. En el Derecho Internacional se les considera como organismos que tienen personalidad frente a los estados, mas no tienen carácter de sujeto, ya que sirven de vehículo para acciones transnacionales que afectan o benefician a las personas, principalmente.

En nuestro país las ONG han tenido un crecimiento explosivo a partir de la década de los ochenta, seguramente como consecuencia de las crisis económicas y la exigencia de diversas reformas políticas: condiciones propicias para la organización de los ciudadanos y su intervención activa y propositiva.

La nomenclatura del pasado reciente también ha cambiado para nombrar grupos humanos más amplios. Se ha recuperado el concepto de SC marginando el de organizaciones no gubernamentales, porque el primero tiene una integración mayor (que no necesariamente diferencia a grupos empresariales de organismos propiamente ciudadanos). Encontramos, entonces, que la característica principal de la sociedad civil es no tener fines de lucro.

La SC organizada siempre será plataforma para el análisis, cuestionamiento y valoración del ejercicio del poder público, de los organismos de intermediación –como los partidos políticos– y de los políticos mismos.  Vivimos un fenómeno de distanciamiento entre la sociedad y el poder político.  La fórmula, simple y compleja, que puede evitar la ruptura es que la sociedad reciba lo que le corresponde y el gobierno sea consecuente.