24 junio,2018 5:08 am

No se deben considerar los testimonios de 46 detenidos por Ayotzinapa, sentencia un juez

Fueron arrestados en forma arbitraria, por un plazo que excede al permitido o probablemente torturados, considera. Algunos son de líderes del grupo criminal Guerreros Unidos que incriminan a Abarca.

Texto: Agencia Reforma / Foto: Archivo El Sur
Ciudad de México, 24 de junio de 2018. La libertad dictada la semana pasada a cuatro de los presos por el caso Ayotzinapa pone en riesgo el futuro del proceso penal contra los más de 120 implicados.
En la sentencia de la causa penal 100/2014 el juez federal David Calderón Blanc concluyó que un total de 46 procesados fueron detenidos en forma arbitraria, retenidos por un plazo que excede al permitido o probablemente torturados para rendir su testimonio.
Concluyó que todas sus declaraciones no deben de ser consideradas en el juicio, entre ellas la del ex agente David Cruz Hernández, El Chino, el único que acusó al ex alcalde de Iguala José Luis Abarca de dar la orden para detener a los 43 normalistas el 26 de septiembre de 2014.
Otra de las declaraciones invalidadas es la de Raúl Núñez Salgado, El Canperra, presunto operador financiero de Guerreros Unidos que confesó los sobornos a Francisco Salgado Valladares, ex jefe de la policía de Iguala, para proteger a su organización.
El juez estima que las detenciones de 34 acusados fueron ilegales, que otros cinco presentan indicios –no la certeza– de torturas y dos fueron llevados por las autoridades a otros lugares para celebrar actos de investigación, en lugar de ser puestos a disposición del Ministerio Público.
También excluyó por torturas el testimonio de Sidronio Casarrubias Salgado, presunto líder de Guerreros Unidos, y las confesiones de los cuatro imputados a quienes les decretó la libertad al no haber certeza de que declararon sin malos tratos.
En suma los testimonios excluidos son 46 y corresponden a la tercera parte de los más de 130 detenidos por el caso.
Si bien el juez suprimió dichos testimonios para dictar la libertad sólo a Marco Antonio Ríos Berber, El Cuasi; Luis Alberto José Gaspar, El Tongo; Martín Alejandro Macedo Barrera, El Becerro, y Honorio Antúnez Osorio, El Patachín, su criterio muy difícilmente será modificado en futuras sentencias.
De acuerdo con la libertad dictada por el juez Primero de Distrito en Procesos Penales Federales de Matamoros, 24 agentes de la Policía Municipal de Cocula y 10 de la de Iguala fueron detenidos ilegalmente por las autoridades.
Detención ilegal
Para el juez Calderón Blanc la orden para captura de los 24 agentes, así como la propia detención, son ilegales.
En ese grupo están el ex director Salvador Bravo Bárcenas; el comandante Antonio Morales González; y los subcomandantes Roberto Pedrote Nava y Ignacio Aceves Rosales.
Según la sentencia, en el derecho penal sólo se autoriza la detención de las personas en tres supuestos: la orden de aprehensión de un juez; la flagrancia delictiva; y la orden del Ministerio Público por caso de urgencia en un delito grave y riesgo fundado de sustracción de la justicia.
Para el juez, la captura no se ajusta a ninguno de los tres casos anteriores, ya que los detuvieron -según los documentos- con una orden de “detención por flagrancia” y lo cierto es que no estaban cometiendo un delito cuando los capturaron.
El mismo razonamiento empleó con respecto a 10 policías de Iguala, entre los que se encuentran Édgar Vieyra Pereyda, El Taxco, y Alejandro Mota Román, El Mota.
En este caso el juzgador dice que existen indicios de que la presentación ante el fiscal materialmente constituyó una “detención arbitraria”, porque no informaron a los agentes que podían no acompañarlos ante el Ministerio Público.
Acción ¿expedita?
El 9 de octubre de 2014 la Secretaría de Marina detuvo a Ramiro Ocampo Pineda, El Chango, y Rosario Manuel Borja supuestamente con dos envoltorios de mariguana y una granada.
Según el reporte de los infantes de la armada, el primero de ellos dijo ser uno de los jefes de sicarios de Guerreros Unidos, confesó ser responsable de muchos homicidios y de hecho prometió llevarles al lugar donde estaban sus restos.
De las anotaciones en la agenda de Ocampo también se desprende que un sujeto apodado, El Caminante, coordinó la desaparición de los normalistas.
Aquí el juez cuestiona la sospechosa velocidad de la actuación de los marinos, pues la detención ocurrió a las 16:30 horas y la puesta a disposición a las 18:00 horas, sin embargo, en ese lapso trasladaron a los acusados a un paraje para localizar una fosa común que estaba a una distancia de por lo menos una hora de ida y otra de vuelta. Además, esa diligencia la hicieron sin la presencia de algún agente del Ministerio Público.