13 mayo,2019 3:11 pm

Plantea Corte desechar impugnaciones a la ley de salarios

La principal omisión que se imputa a la ley es que no fija parámetros para determinar el salario del Presidente de la República, que es el tope para todos los demás funcionarios.
Ciudad de México, 13 de mayo de 2019. El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nació (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, propuso hoy a sus colegas desechar las acciones que impugnan la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, sin pronunciarse sobre su Constitucionalidad.
La propuesta, del ministro-presidente Zaldívar, fue rápidamente apoyada por sus colegas Yasmín Esquivel Mossa y Norma Piña Hernández, que tuvo la última intervención del día.
La discusión continuará mañana, pero basta que se sume otro Ministro a la propuesta, para que la Corte no logre reunir los ocho votos que son necesarios para invalidar la ley, como plantea el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán.
Zaldívar explicó que la ley, publicada originalmente el 5 de noviembre de 2018, sufrió cambios de fondo a raíz de una reforma del pasado 12 de abril, por lo que las normas impugnadas cesaron sus efectos, y a nada práctico conduciría una sentencia de la Corte.
“Se alteró la totalidad del sistema normativo”, dijo Zaldívar, al destacar que se agregaron múltiples sujetos obligados por la ley, nuevos principios y formas de determinar remuneraciones, y ahora se prevé que el Centro de Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados emita opinión sobre salarios mínimos y máximos.
El ministro presidente agregó que, en todo caso, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y los senadores de oposición que impugnaron la ley original, tendrían que presentar nuevas acciones para cuestionar la versión vigente.
“‘¿Lo que se resuelva en este momento será aplicable aún para los 14 preceptos reformados, de los 17 que conforman la ley?”, preguntó Esquivel Mossa, “La respuesta es negativa”.
Piña advirtió que, aún si la mayoría de ministros considera que sí se pueden estudiar los temas de fondo, ella no se pronunciará en ningún momento sobre ellos, e insistirá en que estas acciones son improcedentes.
En el pasado, la Corte ha establecido que no cualquier reforma a una ley califica como “nuevo acto legislativo” que lleva al desechamiento de las acciones en su contra, sino que se tiene que tratar de cambios sustantivos, que alteren los alcances del sistema normativo.
El proyecto de Pérez Dayán estudia, uno por uno, los artículos reformados en abril pasado, y concluye que ninguno de los cambios fue trascendente, ni remedió las omisiones alegadas por la CNDH y los senadores de oposición.
La principal omisión que se imputa a la ley es que no fija parámetros para determinar el salario del Presidente de la República, que es el tope para todos los demás funcionarios.
Pérez Dayán propuso dos causas de invalidez: falla en el procedimiento legislativo, pues pasaron siete años entre la aprobación de la ley en el Senado y en la Cámara de Diputados, y omisión sobre el salario del Presidente.
Si tres Ministros más apoyan la propuesta de Zaldívar, estos temas ya ni siquiera serán discutidos, y si uno más se suma, sí habrá debate sobre ellos, pero no será posible una sentencia de invalidez.
Rechazan impedimento de Ministros
En un debate previo, la Corte rechazó una petición del Senado para que sus integrantes se declaren impedidos para resolver sobre esta ley.
Por unanimidad, la Corte reiteró su criterio de que, por regla general, la figura del impedimento de los Ministros no es aplicable cuando se discuten acciones de inconstitucionalidad, en las cuales se analizan las leyes en abstracto y sin que existan partes en contienda.
El Senado alegó que existía impedimento de los Ministros porque la sentencia que dictarán “pueden tener incidencia” en sus remuneraciones, y el proyecto de Pérez Dayán mencionaba que sí había posibilidad de esa situación, pero que la Corte de todos modos tenía que resolver el caso.
El resto de los Ministros rechazó que se pueda siquiera hablar de impedimento.
“Afirmar que los ministros tenemos un interés personal en este asunto me parece extraordinariamente grave, creo que los Ministros que integramos este Pleno no lo tenemos, ni en este ni en ningún otro asunto sobre normas de las que podamos ser destinatarios”, dijo Zaldívar.
Varios Ministros mencionaron que ninguno de ellos presentó amparo contra esta ley, y recordaron que la Corte ha resuelto temas fiscales que luego afectaron los ingresos de los juzgadores.
Para fines prácticos, la Ley de Remuneraciones, primera aprobada por la nueva mayoría Congresional de Morena en septiembre pasado, ha tenido mínimos efectos sobre el Poder Judicial Federal (PJF).
En enero, la Corte decidió que la Cámara de Diputados no podía, por medio del Presupuesto de Egresos de 2019, imponerle al PJF la reducción salarial determinada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador,que percibirá 1.6 millones de pesos netos anuales.
La Corte, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y la Sala Superior del Tribunal Electoral del PJF, redujeron voluntariamente el salario de los once Ministros, seis Consejeros y siete Magistrados, de 4.2 a 3.3 millones de pesos netos anuales.
Mil 448 jueces y magistrados federales, y aproximadamente 505 funcionarios de Corte, CJF y TEPJF también mantienen ingresos superiores a los del Ejecutivo.
Texto: Víctor Fuentes / Agencia Reforma
Foto: Agencia Reforma