15 noviembre,2017 9:05 am

Presentó pruebas de que el preso de la CRAC Samuel Ramírez es policía comunitario, indica Tlachinollan

 

Pide Vidulfo Rosales al Comité por la Libertad de los Presos Políticos que revise el expediente exhaustivamente, ya que “es una grosería” el señalamiento a la organización

Texto: Beatriz García
Foto: Tlachinollan

Chilpancingo, Guerrero.- El abogado del Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, Vidulfo Rosales Sierra, afirmó que cuando el organismo mantenía la defensa del preso político de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC) de Zitlaltepec, municipio de Metlatónoc, Samuel Ramírez Gálvez, no solamente se ofrecieron de pruebas la credencial que indica que es policía comunitario, sino también el reglamento y organigrama del sistema de justicia, el concentrado de armas de todos los policías de ese lugar, en respuesta al integrante del Comité por la Libertad de los Presos Políticos en Guerrero, Quetzal Chávez.

El abogado aclaró que la sentencia que se le dio al policía comunitario en abril y que terminaba en octubre, dado el tiempo que ya tenía preso, era de 4 años y 100 días de multa y que se podía conmutar la sentencia.

Pidió al Comité que se informe con detalle del expediente del preso y que se le informe tal cual es a Ramírez Galvez.

En declaraciones telefónicas el lunes, el actual abogado del policía comunitario, Enrique González Ruiz indicó que faltaban dos audiencias y que se esperaba que a partir de ahí se definiera su libertad.

“Nos sorprende que algunas personas intenten desacreditar este trabajo, comentarte esto que en el año 2013 fueron detenidos 13 policías comunitarios de Zitlaltepec que comparten causa penal con Samuel Ramírez Galvez, nosotros llevamos la defensa ahí, entregamos todas las pruebas que acrediten”, indicó ayer el abogado Rosales Sierra vía telefónica.

Detalló que no sólo se ofreció la credencial de Samuel, sino el reglamento, el organigrama de la CRAC, cómo funcionan las Casas de Justicia, la credencial de todos y cada uno de los policías comunitarios incluido Ramírez Gálvez, y el concentrado de armas de todos los policías de Zitlaltepec.

Dijo que creía que es ignorancia que señale que Tlachinollan no hizo un trabajo adecuado en esa defensa.

Resaltó que motivo de la defensa que hizo el centro de derechos humanos el juzgado de distrito emitió una sentencia, reconociendo a la Policía Comunitaria (PC) como un ente facultado para administrar justicia y brindar seguridad en las comunidades indígenas, dentro de su territorio.

Rosales Sierra manifestó que como consecuencia de ese reconocimiento se liberaron a 10 compañeros, aunque a Samuel Ramírez no, pues está acusado de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército.

Explicó que la resolución se dividió en dos partes. En la primera el juzgado de distrito reconoce a la CRAC, reconoce los sistemas normativos, la Ley 701, las facultades que tienen para brindar tareas de seguridad pública, y que pueden portar armas sin necesidad de tener licencia, sólo que demuestren con su credencial de elector el contrato de armas que pertenecen a la CRAC.

“Hay un paso adelante ahí en la resolución que los compañeros desconocen, ignoran y soslayan, y ese es un trabajo que Tlachinollan hizo junto con los compañeros de la CRAC de Zitlaltepec”, remarcó.

“La otra parte de la resolución a lo que refiere verdad es que aún reconociendo las facultades de la CRAC, aún reconociendo que los policías de la CRAC pueden portar armas, el tema de las armas de uso exclusivo del Ejército mexicano se sujeta a otras reglas, tienen que ver con la seguridad nacional de este país, luego entonces deben estar sujetas a un medio de control y este medio de control al que debe estar sujetas estas armas es la mencionada Licencia Colectiva 110 que tienen los Ayuntamientos, los estados y otros entes”, agregó.

Dijo que la CRAC debe acceder a esa licencia colectiva, es decir que no está exenta de ello para que puedan portar armas de uso exclusivo del Ejército, y que la resolución del juez no prohíbe que puedan portar este tipo de armas, que lo único que la resolución dice es que deben tramitar la licencia colectiva.

“Nosotros apelamos ese auto de formal prisión, alegamos que la licencia colectiva no se ajusta a las normas, a los principios y a la visión de los pueblos indígenas, que los pueblos indígenas tienen otra forma, sin embargo vuelven otra vez a confirmar el auto de formal prisión en el Tribunal Unitario de Circuito”, abundó.

El defensor de derechos humanos expuso que esa fue la última resolución que obtuvo Tlachinollan, que para ese momento ya llevaba tiempo la defensa de Samuel, se habló con la mamá del preso y le dijeron que ya no querían seguir peleando ese tema en los tribunales, que porque ya no se estaba peleando si es legal o no es legal, si se reconoce o no se reconoce la CRAC, que eso ya no es motivo de disputa en el juicio de Samuel, porque eso ya está reconocido.

Recalcó que lo que se pelea en el caso de Samuel es que si puede portar o no armas de uso exclusivo del Ejército mexicano, si tiene que acceder a la licencia colectiva o no.

“Los compañeros ignoran… conocemos perfectamente el sistema, desde que el sistema nació Tlachinollan lo está acompañando, Tlachinollan ha sido uno de los forjadores del sistema de justicia comunitario, ¿cómo no lo vamos a conocer?, ¿cómo no vamos a ofrecer las pruebas que el sentido común indican pues?, o sea para nosotros si es una grosería que el compañero diga que no ofrecimos la credencial, nosotros lo invitaríamos a que revisara más de manera exhaustiva el expediente”, reiteró.

Vidulfo Rosales manifestó que la sentencia de condena para Samuel Ramírez sí fue emitida en abril y se cumplía en enero, y que entonces se habló y se valoró con la familia qué es lo que convenía, si se seguía peleando que si se debe o no acceder a la licencia colectiva 110 la CRAC, iba a tomar tiempo, pero que el tema de la CRAC no está en riesgo, se tiene ganado.

“Nosotros optamos en que mejor, en caso de que hubiera una sentencia condenatoria pudiera Samuel acogerse a la misma, porque daba lo mismo estar peleando los recursos de apelación… en automático Samuel ya hubiera obtenido su libertad, nosotros lo que le dijimos a sus familiares de Samuel, nosotros no queremos que por estar peleando un recurso (esté ahí)”, expuso.

Añadió que probablemente es una cuestión que le incumbe a la CRAC pelearlo, desde otro ámbito y no poniendo “por debajo de los pies” su libertad, pero otros compañeros le hicieron ver que no se reconocía la CRAC, porque se estaban vulnerando los derechos y no se reconocía la Ley 701.

La nueva defensa interpuso una apelación contra esta sentencia, que lo único que obtienen los compañeros “malamente” es una reposición del procedimiento que ni siquiera están dando oportunidad a la defensa de que ofrezca pruebas.

“Entonces la apelación ¿qué ganan los compañeros?, está favoreciendo a la PGR, no está favoreciendo al compañero Samuel… que sean objetivos con el compañero Samuel y que le informen tal cual son las cosas”, pidió.

El abogado del Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, Vidulfo Rosales Sierra afirmó que cuando el organismo mantenía la defensa del preso político de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC) de Zitlaltepec, municipio de Metlatónoc, Samuel Ramírez Gálvez, no solamente se ofrecieron de pruebas la credencial que indica que es policía comunitario, sino también el reglamento y organigrama del sistema de justicia, el concentrado de armas de todos los policías de ese lugar, en respuesta al integrante del Comité por la Libertad de los Presos Políticos en Guerrero, Quetzal Chávez.