14 agosto,2024 7:41 am

Rechaza el TEE la solicitud de Morena de hacer un recuento parcial de votos en San Luis Acatlán

 

Chilpancingo, Guerrero, a 14 de agosto de 2024.- El pleno Tribunal Electoral del Estado (TEE), rechazó la solicitud de Morena para recontar los votos en la elección del Ayuntamiento de San Luis Acatlán, y revoco una sentencia emitida por la Comisión de Justicia del PAN, en contra de la ex diputada local, Guadalupe González Suástegui.

En sesión virtual de resolución celebrada ayer martes, el TEE también determinó sancionar al ex candidato a la diputación local del distrito 11, de la alianza PRI-PRD-PAN, Arturo Arzeta Serna, por vulnerar las reglas de aparición de menores en propaganda, violación a la preservación de la identidad de las infancias en actos de campaña y la utilización de sus imágenes sin el consentimiento de sus padres o tutores.

El proyecto TEE/JIN/025/2024, a cargo de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, atendió una solicitud de recuento total de la elección del Ayuntamiento de San Luis Acatlán, solicitada por el representante de Morena ante el Consejo Distrital 28.

En ésten se propuso declarar improcedente la solicitud de Morena porque la impugnación pretendía que fuera el TEE el que realizara la apertura de los paquetes electorales de todas las casillas instaladas en San Luis Acatlán, bajo el argumento de que el Consejo Distrital 28 se negó a realizarlo.

“El 6 de junio, en sede administrativa la autoridad responsable efectuó recuento parcial, respecto de treinta y cuatro casillas, por presentar diversas irregularidades; sin embargo, también es cierto que el actor no realizó manifestación alguna en el sentido de que el referido recuento hubiera incumplido con las formalidades del procedimiento señalado”.

La resolución del TEE indicó que tampoco puede proceder la solicitud porque no se cumplió con el requisito de que entre el primero y segundo lugar, no existe una diferencia de votación menor o igual al 0.5 por ciento.

Para el caso de San Luis Acatlán, la diferencia entre el primero y segundo lugar fuero 608 votos, que corresponde al 3.22 por ciento de la votación total, es decir, una cantidad mayor al porcentaje previsto por la norma para la procedencia del recuento.

Por unanimidad de votos, se rechazó la solicitud en la elección del Ayuntamiento de San Luis Acatlán, que ganó el candidato del PT, Adair Hernández Martínez; en segundo lugar quedó la morenista Lilia Eneidy Castro Ramos.

Ordenan al PAN atender queja

El proyecto TEE/JEC/231/2024, a cargo de la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, abordó el juicio promovido por la secretaria general del PAN Guadalupe González Suástegui, en contra de un medida cautelar dictada en el acuerdo CJ/PVPG/006/2024 de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN.

En éste se propuso calificar como fundados los conceptos de agravios que hizo valer González Suástegui y, en consecuencia, revocar el acuerdo emitido por la Comisión de Justicia del PAN.

Por unanimidad de votos, se declararon como fundados los agravios, “además de revocar, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo de fecha veintiocho de mayo de 2024 emitido por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN en el expediente CJ/PVPG/006/2024. También, se le ordena a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN dé cumplimiento a lo ordenado en los términos precisados en la presente resolución”.

Sancionan a candidato por uso de imagen de menor en campaña

En el primer asunto enlistado, el TEE/PES/042/2024, a cargo de la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, la representante de Morena ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), Rosio Calleja Niño, presentó una queja en contra del candidato de la alianza PRI-PRD-PAN a la diputación local del distrito 11, “por presuntos actos consistentes en vulneración a las reglas de aparición de menores en propaganda electoral, violación a la preservación de la identidad de los niños y niñas, en actos de campaña, así como la utilización de sus imágenes sin el consentimiento de quienes ejerzan su patria potestad o tutela”.

La denuncia indica que Arzeta Serna utilizó su cuenta oficial de Facebook y una página de nombre Samy Harris TV para subir fotografías y videos en los que aparecen imágenes de niños y adolescentes participando en sus actos de campaña, “sin que se proteja su identidad, lo que pone en riesgo su intimidad y sin que se haya recabado para tal efecto la autorización o consentimiento de quienes ejercen la patria potestad o tutela de los mismos”, indicó el proyecto.

Por la denuncia, de acuerdo al proyecto leído en la sesión, Arzeta Serna no logró presentar el consentimiento de los padres o tutores de los menores, y tampoco difuminó, ocultó o hizo irreconocible la imagen de las infancias y adolescentes, por lo que el TEE consideró que “el entonces candidato a diputado incumplió con su obligación constitucional, convencional y legal de salvaguardar el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, que aparecieron en las imágenes alojadas en las publicaciones denunciadas”.

En el proyecto se propuso declarar la existencia de las infracciones antes mencionadas, el cual se aprobó por unanimidad y se interpuso una multa de 100 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a 10 mil 857 pesos.

Texto y foto: José Miguel Sánchez