
Ciudad de México, 3 de septiembre de 2023. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo un amparo para volver a revisar la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, tema que en 2022 fue motivo de fuertes debates e intensa presión del Gobierno federal.
Por unanimidad, la Primera Sala aceptó el 27 de septiembre la solicitud de un tribunal federal de Puebla para atraer un amparo que busca declarar que la prisión preventiva forzosa para ciertos delitos viola la Convención Americana de Derechos Humanos.
El amparo fue promovido por Ana Laura Huerta Niño, acusada de participar en noviembre de 2022 en el plagio de una mujer y sus cuatro hijos menores de edad en San Miguel Ipaltepec, Puebla, para exigir un rescate de 100 mil pesos.
El secuestro es uno de los 16 delitos para los que la Constitución federal prevé la prisión preventiva en todos los casos.
“El criterio jurídico para resolver el asunto no ha sido definido por tesis o jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o de los Plenos Regionales de Circuito, en el punto nodal de que en el ejercicio jurídico de realizar un control de convencionalidad respecto del contenido del artículo 19 Constitucional, en lo que se refiere a la prisión preventiva oficiosa, que restringe el derecho de libertad personal contenido en los artículos 7.1, 7.3 y 7.5 de la CIDH, al derecho a la presunción de inocencia reconocido en el artículo 8.2, del mismo instrumento, y el derecho de la igualdad ante la ley establecido en el artículo 24 de dicho tratado”, explicó el Tercer Tribunal Colegiado Penal del Sexto Circuito en su petición a la Corte.
Recordó que, el pasado 25 de enero, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) dictó sentencia en el caso García Rodríguez contra México, en la cual ordenó al País “adecuar su ordenamiento jurídico interno” en materia de prisión preventiva.
Cuando el Pleno de la Corte discutió este tema, en septiembre y noviembre de 2022, aún no existía sentencia de la CoIDH que expresamente ordenara eliminar esta figura.
En aquellos debates, sólo cuatro de los 11 ministros de la Corte votaron por inaplicar el artículo 19 de la Constitución por ser contrario a la Convención Americana, mientras que otros dos sugirieron una interpretación para que la cárcel no se impongan en automático, sino que el juez la decida caso por caso.
Como se trataba de una acción de inconstitucionalidad, no se juntaron los ocho votos necesarios.
El amparo atraído, en cambio, puede ser otorgado incluso con sólo tres votos en la Sala, donde cuatro votos bastarían para generar un precedente obligatorio para todos los jueces del país.
La Corte ya tiene también abierto un expediente de recepción de sentencias internacionales, a cargo del Ministro Jorge Pardo, para determinar lo que se tendría que hacer para cumplir la sentencia de la CoIDH en el caso García Rodríguez, y está por verse si una mayoría en el Pleno aceptará que dicho tribunal pueda ordenar reformas a la Constitución mexicana.
Texto: Víctor Fuentes / Agencia Reforma


