30 abril,2024 9:04 am

En la asignación del diputado migrante pluri se aplicaría la paridad de género

Se buscaría mantener el equilibrio entre hombres y mujeres en el Congreso local, adelanta la consejera electoral Cinthya Citlali Díaz Fuentes

Chilpancingo, Guerrero, 30 de abril de 2024. Los lineamientos de paridad surgieron de una impugnación a la elección del Ayuntamiento de Coyuca de Benítez durante el proceso electoral 2017-2018; permiten, desde 2021, igualar el número de mujeres y de hombres en el Congreso local, con las candidaturas de Representación Proporcional (RP) que no se obtengan la vía de Mayoría Relativa (MR), recordó la consejera electoral, Cinthya Citlali Díaz Fuentes.

En la presentación virtual de la Normativa en Materia de Paridad y Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), indicó que en este proceso electoral se elegirá por primera vez una diputación migrante por la vía de RP, también conocida como plurinominal, del partido que resulte con mayor votación.

Por ello, informó que todos los partidos registraron dos fórmulas, de mujer y hombre, para designar en el cargo de representación, al género que permita la integración paritaria del poder Legislativo.

Es decir, que la asignación de 14 diputaciones locales plurinominales que designará el Instituto Electoral y de Participación y de Participación Ciudadana (IPEC), privilegiará a las mujeres, independientemente de la ubicación que tengan en la lista de prelación de cada partido político, así como a la diputación Migrante.

Aleja de la posibilidad de acceder a un cargo de elección a los hombres registrados en los primeros lugares de la lista de RP.

En la exposición sobre los Lineamientos para Garantizar la Integración Paritaria del Congreso del Estado y Ayuntamientos 2023-2023, y en su caso, para los procesos extraordinarios, la consejera informó que éstos se aplican de los espacios de RP del Congreso local, y de los Ayuntamientos.

Díaz Fuentes recordó que la sentencia 386, contra la integración del Ayuntamiento de Coyuca de Benítez, estableció una cláusula para revertir la brecha de desigualdad en los órganos de gobierno integrados mayoritariamente por hombres.

“Si no podíamos hacerlo por la vía de Mayoría Relativa, sí podríamos compensarlo por la vía de Representación Proporcional, y en este sentido la sentencia revocar la sentencia, para designar a una mujer que ya había sido asignado de esa manera, y ordena al órgano electoral hacer una valoración de las medidas afirmativas y emitir un lineamiento que garantizará la integración paritaria de elección popular”.

Así, en 2021, indicó que en la designación de diputaciones plurinominales tomaron sólo mujeres, hasta compensar los triunfos que faltaron en mayoría relativa, y en un segundo momento comenzaron a integrar nombres, hombre y mujer, en el orden de las listas.

Destacó que todas las instancias jurisdiccionales confirmaron la integración que realizó el IEPC. Aplicaron el mismo criterio en las regidurías de los ayuntamientos.

En este proceso electoral, confirmó que primero van a aplicar la fórmula para determinar cuántas candidaturas de RP le corresponden a cada partido político, y si es necesario, equilibrar el número de hombres y mujeres, se van a compensar con la integración primero de mujeres en las rondas de asignación que sean necesarias.

Cuando alcancen el mismo número de diputaciones de hombres y mujeres, de MR y las primeras asignaciones de RP, continuarán con la asignación del orden de prelación de las listas, hombre y mujer, hasta llenar todos los espacios.

En la verificación, si no se encuentra integrado paritariamente el Congreso, habrá sustituciones a partir del partido que tuvo la mayor votación.

Precisó que en ese lineamiento, también se incluye la diputación Migrante, donde cada partido registró una fórmula de hombres y otra de mujeres, porque en este momento no se sabe cómo quedará la integración del Congreso del estado, y dependiendo del género que le corresponda, se entregará la diputación migrante al partido que haya obtenido la mayor votación.

Indicó que los mismo ocurrirá en los ayuntamientos: los cargos de MR quedan intactos, y los de RP se asignan conforme a la cláusula de ajuste de la sentencia 386, que permite al IEPC la movilidad en el orden de prelación. En los casos donde el número de regidurías es impar; el impar, favorece a una mujer.

En esta sesión, se presentaron otros instrumentos legales del proceso electoral, de atención obligatoria para los partidos políticos.

La consejera, Vicenta Molina Revuelta, habló del Reglamento de Quejas y Denuncias en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

La consejera Dulce Merary Villalobos Tlatempa, presentó el Protocolo para la atención a víctimas y la elaboración del análisis de riesgo, en los casos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, con el cual pueden determinar los tipos de violencia, medios de apoyo (médico, jurídico o psiquiátrico), niveles de riesgo, gravedad del año y planes de seguridad para enfrentar riesgos y ponerse a salvo.

La consejera Azucena Cayetano Solano informó de los Lineamientos para que los partidos políticos registrados o acreditados ante el Consejo General de este Instituto Electoral, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género

Con este documento obligan a los partidos entregar al IEPC un Plan Anual para atender, sancionar y erradicar las violencias, que se deben reflejar en sus plataformas políticas para fortalecer liderazgos femeninos, y las acciones deben ser coordinadas por la unidad u órgano interno con perspectiva de género y enfoque intercultural.

También contempla que debe haber igualdad de condiciones para hombres y mujeres en las actividades de campaña, y de los tiempos asignados como prerrogativas en de radio y Televisión.

Texto: Lourdes Chávez