25 octubre,2019 6:17 am

Exhibe “Proceso” la censura de un juez en demanda de Salinas Pliego

El magnate y su banco demandaron a la revista por una serie de investigaciones periodísticas que muestran su participación en la compraventa a sobreprecio de Grupo Fertinal.
Ciudad de México, 25 de octubre de 2019. Proceso reveló que, a petición de los abogados de Ricardo Salinas Pliego, un juez de la Ciudad de México emitió una orden de censura previa con la que se impide informar sobre una demanda por “daño moral” que interpusieron el empresario y Banco Azteca contra el semanario, sus directivos y un reportero.
El magnate y su banco demandaron a la revista por una serie de investigaciones periodísticas que muestran su participación en la compraventa a sobreprecio de Grupo Fertinal por parte de Pemex durante el Gobierno del priista Enrique Peña Nieto.
En la cédula de notificación emitida el pasado 3 de septiembre, el juez Rodrigo Cortés Domínguez Toledano, titular del Juzgado 62º Civil, planteó que “se previene a todas las partes incluyendo a los actores, demandados y a los que puedan llegar a tener acceso a la misma para que se abstengan de usar o divulgar la información relacionada con el presente juicio”, como lo pidieron los abogados, indicó el semanario.
La anterior, añadieron los litigantes, “a efecto de no transgredir el derecho humano a la privacidad”.
A través de su equipo legal, Proceso presentó cuatro amparos indirectos el pasado 30 de septiembre para suspender esta medida: argumentó que la orden judicial constituye una censura previa y viola el derecho constitucional a la libertad de expresión.
Los escritos de los amparos recordaron que el Artículo 7 de la Constitución mexicana define como “inviolable” la libertad de “difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio”, y que “ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión”.
Insistieron en que la Convención Americana de los Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y otros tribunales federales mexicanos han defendido la libertad de expresión y desechado las medidas de censura previa.
A pesar de ello, el pasado 2 de octubre, Thelma Aurora Méndez Domínguez, una funcionaria menor del Poder Judicial -secretaria encargada del despacho del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México-, desechó las demandas de amparo con el pretexto de que no se surtió el “principio de definitividad”.
“Desconociendo que hay excepciones cuando hay afectaciones directas de imposible reparación a los derechos humanos como es el relativo a la libertad de expresión y su tutela prevista en el Artículo 7º constitucional , así como la falta de fundamentación y motivación, toda vez que la censura previa en México no admite ninguna excepción, es absoluta, lo que se ha hecho valer en el recurso de queja correspondiente”, indicó Proceso.
En otras palabras, la funcionaria estimó que la revista no agotó “todos los recursos medios ordinarios de defensa” a su alcance para revocar la orden de censura previa.
Sin embargo, se añadió, el propio Poder Judicial violó la medida de censura previa, pues en el Boletín Judicial del pasado viernes 11 publicó los nombres de los demandantes: Salinas Pliego y Banco Azteca, así como de los demandados Comunicación e Información, S.A. de C.V., Rafael Rodríguez Castañeda, Homero Campa Butrón y Mathieu Pierre Olivier Tourliere.
Esa publicación motivó a Proceso a dar a conocer la existencia de una demanda en su contra, a pesar de la orden de censura previa que combate en tribunales bajo el principio de libertad de expresión.
Texto: Agencia Reforma / Foto: Internet