EL-SUR

Martes 23 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

Aplicar la Ley Ambiental

Octavio Klimek Alcaraz

Julio 31, 2021

La actual Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado Guerrero (LEEPA), fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Guerrero el 3 de marzo de 2009. Es nuestra principal ley ambiental en Guerrero, la hoja de ruta que la sociedad en su conjunto debería obedecer para mantener sin eufemismos “el equilibrio ecológico y la protección ambiental” en el territorio estatal. Es una ley muy amplia, de 285 artículos, que atiende una gran paleta de asuntos, todos técnicamente complejos, desde el ordenamiento ecológico, la evaluación del impacto ambiental y la estratégica, las áreas naturales protegidas, la contaminación de la atmósfera, agua y suelo, la participación social, la información ambiental, hasta la procuración de la justicia ambiental, por citar algunos temas.
Seguramente es una ley perfectible, y puede ser sujeta a procesos de reformas, incluso muy profundas. Por ejemplo, en el 2014 se promulgó una nueva Constitución Política en Guerrero, que en su artículo 2º establece que “se deben garantizar y proteger los derechos de la naturaleza en la legislación respectiva”. Conforme al tercero transitorio de la nueva Constitución se tenía un plazo de máximo dos años para hacer concordar la legislación con las nuevas disposiciones constitucionales. Esto a la fecha no ha sucedido desde hace al menos 6 años. Así, que tres legislaturas del Congreso han incumplido con sus propios mandatos. Ojalá, la nueva legislatura del Congreso atienda este tema clave, antes de que la ciudadanía busque los tribunales para que esto suceda.
Regresando a la actual LEEPA, quisiera abordar algunos de los principales aspectos de esta que es necesario y pertinente, sin ser limitativo, atender de manera prioritaria a partir del nuevo gobierno estatal, que se busca gobierne los seis años de su mandato:
1. Instalar en un plazo razonable, el Consejo Consultivo de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, dicho órgano tiene funciones de asesoría, evaluación y seguimiento en materia de política ambiental y puede emitir las opiniones y observaciones que estime pertinentes. Se integra por representantes de los municipios de la entidad, así como las dependencias y entidades de la administración pública estatal, municipal y federal, instituciones académicas, organizaciones no gubernamentales y sectores sociales y empresariales. Este Consejo Consultivo, debe sesionar por lo menos una vez cada seis meses, es presidido por el titular del Ejecutivo estatal y el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Semaren, fungirá como secretario técnico (artículo 230 de la LEEPA). Un gobierno democrático debe estar cercano a la ciudadanía, escucharla y dar respuesta atinada en sus planteamientos en materia ecológica.
2. En la formulación de los programas de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, se debe hacer efectiva la transversalidad de las políticas públicas para la sustentabilidad ambiental, a través de la evaluación ambiental estratégica (artículos 20, 64 Bis al 64 Bis 6). Es necesario aplicar los mandatos legales de la LEEPA, como es la evaluación ambiental estratégica, un instrumento que se usa en muchos países e instituciones internacionales. No es posible continuar haciendo política pública que incentiven aún más el deterioro ambiental. Una causa principal es que las decisiones en materia ambiental se enfrentan al predominio de las decisiones económicas, y sociales (incluyendo las políticas). De manera especial, en las políticas públicas los objetivos económicos y sociales se encuentran separados y sin articulación con los objetivos ambientales. Por ello, se debe fomentar la integración y cooperación entre estos tres objetivos. Obvio, pueden existir resistencias de otras dependencias a ser evaluadas por la Semaren en sus políticas públicas, pienso, por ejemplo, en programas como el de fertilizantes o el de obras públicas a los que se les deben eliminar sus componentes más nocivos para el ambiente. Esta es una prueba de fuego de un gobierno, si quiere salir de la retórica tradicional del discurso de preocupación por el ambiente.
3. El gobierno estatal, por conducto de la Semaren requiere promover, apoyar, formular y ejecutar los programas de ordenamiento ecológico del territorio en sus ámbitos regional, local y comunitario. Ante el desorden ecológico del territorio estatal, que causa todo tipo de problemas ecológicos, es urgente, con el apoyo de la federación, que las principales regiones y municipios de la entidad cuenten por lo menos con sus ordenamientos ecológicos regionales o locales del territorio (artículos 21 al 34). Se tiene que definir con urgencia, qué, dónde y cómo se va a desarrollar en términos de actividades económicas y productivas el territorio (áreas de asentamientos humanos, industria, tierras agropecuarias, infraestructura de comunicaciones, minería); qué, dónde y cómo se va a conservar a la naturaleza, en términos de biodiversidad y servicios ecosistémicos; qué, dónde y cómo se van a restaurar ecosistemas degradados. El caso de Acapulco es triste, desde 1995 se ha intentado hacer su ordenamiento ecológico territorial y no se ha tenido éxito. Finalmente, no se tiene una imagen objetivo de qué queremos en algunos años que sea el territorio de Guerrero, hasta ahora sólo se ha sido reactivo ante las coyunturas y así no se gobierna, simplemente se administra.
4. La sociedad de Guerrero, en especial sus distintos órdenes de gobierno, tienen la responsabilidad de conservar la naturaleza, en especial su biodiversidad única que se encuentra en Guerrero. Esa biodiversidad en muchos de sus espacios de vida está por diferentes causas en riesgo en el territorio estatal. Uno de los principales instrumentos para su conservación, son las áreas naturales protegidas. La LEEPA tiene todo un andamiaje para el desarrollo de áreas naturales protegidas de carácter estatal en su capítulo correspondiente (artículos 81 al 127). Como se mandata en la ley, se debe lograr al final del sexenio un sistema estatal de Áreas Naturales Protegidas, que salvaguarde a los ecosistemas más representativos de Guerrero en forma integrada y armónica con los ordenamientos ecológicos del territorio. Pero, más allá de ese andamiaje legal, hay mucho trabajo por realizar para que sea esto posible. Hay que desarrollar primeramente en un tiempo razonable el Consejo Estatal de Áreas Naturales Protegidas para iniciar este proceso (artículo 117). Por un lado, hay que detener las presiones sobre parques estatales en zonas urbanas como El Limón en Zihuatanejo y El Bicentenario en Acapulco, se trata de manejarlos realmente y que la propia ciudadanía los defienda. Por otro lado, hay que conservar y darle un estatus formal de área natural protegida a Omiltemi en Chilpancingo, ese es un compromiso con la conservación y la historia natural a nivel global. Además, no omito el comentar que existe la conservación de la biodiversidad de facto en las comunidades campesinas e indígenas de Guerrero. La conservación comunitaria de la biodiversidad en donde las propias comunidades asumen de manera voluntaria compromisos de conservación. El camino es apoyar a la conservación comunitaria con todos los recursos concurrentes posibles (federación-estado-municipios). Recuérdese que las áreas naturales protegidas pueden ser los catalizadores del desarrollo de las comunidades que en ella viven o en su entorno. Conservación y desarrollo no se contraponen en ninguna circunstancia. La LEEPA tiene los instrumentos legales para hacer esto posible.
Un asunto primordial es coordinarse con la Federación para rescatar el Parque Nacional El Veladero en Acapulco, que con sus múltiples servicios ambientales ha cuidado de que Acapulco sobreviva como destino turístico (recuérdese el Pauline). Por ello, si se pueden invertir 400 millones de pesos en el Parque Papagayo, en el parque urbano más importante en Acapulco, debe ser posible invertir cantidades similares en áreas naturales protegidas claves para Acapulco, como es el caso de El Veladero. Por cierto, se debe valorar que el Parque Papagayo pase al sector administrativo de la Semaren con el fin de que sea no sólo un centro de disfrute de las familias de Acapulco, sino también un centro preponderante de educación ambiental. El caso del zoológico Zoochilpan en Chilpancingo es similar, se debe dar un trato digno y respetuoso a las especies ahí confinadas (artículo 131). Es un trato cruel el que se les da a muchos animales sintientes en el Zoochilpan (felinos y simios, por ejemplo). Eso debe dejar de suceder. Se debe transformar este zoológico en un espacio de disfrute de las personas a través de la educación ambiental para la vida silvestre y orientarlo en todo caso a ser un espacio de conservación de especies pequeñas en riesgo del estado de Guerrero (como aves, reptiles, anfibios o pequeños mamíferos).
5. La LEEPA tiene dos capítulos relacionados al agua, a uno lo denomina Aprovechamiento Sustentable del Agua y los Ecosistemas Acuáticos (artículos 138 y 139), y al otro lo llama De la prevención y Control de la Contaminación del Agua (artículos 184 al 199). Esto permite al nuevo gobierno estatal el promover con la federación y municipios una nueva política y cultura del agua, impulsando el enfoque de la gestión integral por cuencas, el conocimiento riguroso de los usos y de la calidad del agua, que garantice más eficiencia, más justicia social y mayor protección de sus valores ecológicos y culturales. Alcanzando el equilibrio en cuencas hídricas superficiales y acuíferos deficitarios en el mediano plazo. Un de sus principales objetivos sería promover el saneamiento y rescate integral de los cuerpos de agua que son contaminados por las descargas principales ciudades de Guerrero con una visión y política integral de cuenca y del conocimiento de la ecología básica y aplicada. Casos conocidos son el río Huacapa en Chilpancingo, La Sabana en Acapulco, el río San Juan en Iguala, la Laguna de las Salinas en Zihuatanejo, entre otros casos. Asimismo, se debe atender el problema del grave deterioro ecológico del sistema lagunar costero y las áreas de humedales, sujetas a presiones de todo tipo, en especial las zonas de manglares que todavía existen en Guerrero. Por ello, se considera de urgente atención y prioridad ante su creciente deterioro, las acciones de conservación de nuestros ecosistemas costeros y humedales en la entidad. En dicho sentido, habría que repensar el mandato del actual organismo del agua estatal, que está más enfocado a la inversión en infraestructura que, a la gestión integral del agua, para que armonice y se articule con los mandatos legales de la Semaren en la LEEPA.
En conclusión, estas propuestas buscan ejemplificar sólo algunos de los mandatos legales que la LEEPA le da al gobierno del estado para impulsar un modelo de desarrollo, que pase de la retórica a la acción en lo relativo al desarrollo para buscar el tránsito hacia la sustentabilidad.