EL-SUR

Miércoles 24 de Abril de 2024

Guerrero, México

Opinión

Apuntes para una agenda de sustentabilidad ambiental por la izquierda XIV

Octavio Klimek Alcaraz

Noviembre 04, 2017

Combate al cambio climático y transición energética

El cambio climático es identificado por los científicos relacionados con temas ambientales como el principal problema ambiental del siglo XXI. Es sin duda un éxito para la ciencia el haber logrado crear conciencia por las consecuencias para la vida, de las crecientes concentraciones en la atmósfera de gases de efecto invernadero.
El Quinto Informe de Evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), que fue presentado en cuatro reportes durante los años 2013 y 2014, indica de manera simplificada lo siguiente:
Existe mayor certidumbre de que el cambio climático producido desde mediados del siglo XX, se debe en gran medida a la influencia humana en el sistema climático del planeta.
Si la humanidad logra garantizar por medio de medidas rápidas y ambiciosos de protección del clima, que el límite de 2° C de calentamiento global no se sobrepasará muchos riesgos del cambio climático pueden ser controlados hasta cierto punto con una adecuada adaptación. Cuanto más se supere el límite de 2° C, las consecuencias para la sociedad y la economía serían más graves.
De continuar la intensificación del cambio climático en las próximas décadas, aumentará el estrés por el calor, los fenómenos meteorológicos extremos serán más probables y se tendrán consecuencias negativas más fuertes para la sociedad y los ecosistemas, aumentando el peligro de cambios climáticos bruscos e irreversibles.
Las consecuencias del cambio climático son visibles en los ecosistemas de todos los continentes y los océanos, así como en la sociedad y la economía. Los riesgos para los seres humanos se conforman por el deterioro de los servicios de la naturaleza (por ejemplo, temperaturas extremas, sequías, inundaciones, calentamiento y acidificación del océano, incluyendo la consiguiente pérdida de la biodiversidad y la productividad de los ecosistemas, y la agricultura), así como daños a la infraestructura y la pérdida de tierras (por ejemplo, por el aumento del nivel del mar). Con el aumento del cambio climático disminuye el crecimiento económico, peligra la seguridad alimentaria, aumenta la desigualdad social, y por lo tanto se corre el riesgo de conflictos violentos y el aumento de movimientos migratorios.
Esto resulta en que las medidas de adaptación se están integrando cada vez más en los procesos políticos y de gestión de riesgos de los diversos sectores de la sociedad. Sin embargo, en vista del cambio climático previsto son insuficientes las actuales medidas de adaptación, y son todavía insuficientes el conocimiento de sus condiciones de éxito y barreras.
A pesar de los esfuerzos para atender la mitigación de gases de efecto invernadero (GEI), éstos han aumentado en el mundo debido al crecimiento poblacional y económico. Las medidas de mitigación en el sector energético, la mayor fuente de emisiones de gases de efecto invernadero, tendrían que apuntar a una descarbonización completa. Por el lado del consumo están en primer plano el ahorro de energía, así como el uso de las fuentes disponibles de energía bajas en carbono. Existen otras opciones de mitigación importantes en la industria, en los edificios y en el sector del transporte, así como en el uso de la tierra. Un desarrollo urbano respetuoso con el clima y medidas preventivas de infraestructura, también pueden evitar las emisiones. Por medio de los cambios de comportamiento se pueden fortalecer las medidas técnicas y estructurales de protección climática para la mitigación
En especial, cuanto más temprano y ambicioso suceda la mitigación y adaptación del cambio climático, más fácil será articular las medidas necesarias. Cuanto más tarde se actúe, las posibilidades de un desarrollo sustentable serán limitadas. Con el fin de lograr un desarrollo sustentable y respetuoso con el clima, serán necesarias transformaciones fundamentales, tanto económicas, sociales, tecnológicas y políticas.
Queda claro que el clima es un bien público global, por lo tanto, la protección del clima mundial sólo puede lograrse mediante la cooperación internacional. Otras medidas de política aplicadas hasta el nivel local desempeñan un papel fundamental para transmitir la transformación hacia una economía baja en carbono. Con los esfuerzos de mitigación coordinados en el ámbito internacional y con ambiciosos objetivos de reducción las pérdidas económicas crecen comparativamente moderadas.
Por ello, la trascendencia de Acuerdo de París, que fue adoptado en la ciudad de París, Francia, el 12 de diciembre de 2015. Dicho Acuerdo ya ha entrado el pasado 4 de noviembre de 2016, es decir, en menos de un año después de su adopción. Nunca en la historia diplomática un acuerdo de las Naciones Unidas había sido tan rápidamente procesado para su entrada en vigor. Lo que destaca la relevancia del tema.
Con el Acuerdo de París, los países que lo han ratificado, incluyendo a Estados Unidos de América, se comprometen a lograr el objetivo de: “Mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2 ºC con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1.5º C con respecto a los niveles preindustriales…” (Artículo 2, párrafo 1(a)).
Con el Acuerdo de París, la idea es lograr un futuro diferente para la humanidad de emisiones de carbono en balance cero y de gran resistencia ante el cambio climático. En el fondo debe comprenderse la lucha contra el cambio climático es también una lucha contra la pobreza y la desigualdad de este mundo. Esto lastima, necesariamente, los intereses entre los sectores económicos y políticos más retrógrados, que niegan la evidencia científica del cambio climático. Por ello, se explica, que el actual gobierno de Estados Unidos de América, del presidente Donald Trump, anuncie el abandono del Acuerdo en contra de una opinión interna contraria a dicha acción.
El artículo 4 del Acuerdo establece que: “Cada Parte deberá preparar, comunicar y mantener las sucesivas contribuciones determinadas a nivel nacional que tenga previsto efectuar. Las Partes procurarán adoptar medidas de mitigación internas, con el fin de alcanzar los objetivos de esas contribuciones.” (Párrafo 2). También, el Acuerdo establece que las contribuciones tanto de mitigación, como de adaptación se revisarán cada 5 años y deberá ser una progresión con respecto a la contribución determinada en cada país que esté vigente. Es pertinente comentar que hasta ahora las citadas contribuciones, en diferentes análisis, en su conjunto no reducen en suficiencia las emisiones de Gases de Efecto Invernadero respecto al objetivo de mantenerse por debajo de los 2 grados a final de siglo.
En el Acuerdo, es importante para México por sus implicaciones en el tema de adaptación, que en su artículo 7 incluye lo siguiente: “las Partes establecen el objetivo mundial relativo a la adaptación, que consiste en aumentar la capacidad de adaptación, fortalecer la resiliencia y reducir la vulnerabilidad al cambio climático con miras a contribuir al desarrollo sostenible y lograr una respuesta de adaptación adecuada en el contexto del objetivo referente a la temperatura que se menciona en el artículo 2.” (Párrafo 1). En atención a este artículo 7, México al ser Parte del Acuerdo deberá, “cuando sea el caso, emprender procesos de planificación de la adaptación y adoptar medidas, como la formulación o mejora de los planes, políticas o contribuciones pertinentes, lo que podrá incluir: a) La aplicación de medidas, iniciativas y/o esfuerzos de adaptación; b) El proceso de formulación y ejecución de los planes nacionales de adaptación; c) La evaluación de los efectos del cambio climático y de la vulnerabilidad a este, con miras a formular sus medidas prioritarias determinadas a nivel nacional, teniendo en cuenta a las personas, los lugares y los ecosistemas vulnerables; d) La vigilancia y evaluación de los planes, políticas, programas y medidas de adaptación y la extracción de las enseñanzas correspondientes; y e) El aumento de la resiliencia de los sistemas socioeconómicos y ecológicos, en particular mediante la diversificación económica y la gestión sostenible de los recursos naturales (Párrafo 9). Asimismo, “debería, cuando proceda, presentar y actualizar periódicamente una comunicación sobre la adaptación, que podrá incluir sus prioridades, sus necesidades de aplicación y apoyo, sus planes y sus medidas, sin que ello suponga una carga adicional para las Partes que son países en desarrollo.” (Párrafo 10).
Uno de los temas, que es también importante para México al ser Parte afectada, es el reconocimiento de la responsabilidad histórica de los países desarrollados ante los efectos adversos del cambio climático en los países en desarrollo. Así, en el artículo 9 del Acuerdo, se comunica: “Las Partes que son países desarrollados deberán proporcionar recursos financieros a las Partes que son países en desarrollo para prestarles asistencia tanto en la mitigación como en la adaptación, y seguir cumpliendo así sus obligaciones en virtud de la Convención.” (Párrafo 1). En consecuencia, se tiene como meta ejercer 100 mil millones anuales de financiamiento como mínimo a partir del 2020.
Asimismo, el Acuerdo incluye otros artículos relacionados al financiamiento del desarrollo y trasferencia de tecnología, el cuidado de los derechos humanos, la igualdad de género, hasta la cooperación en materia de educación y capacitación, entre otros aspectos.
Existen muchas dudas todavía sobre como concretar en los hechos la complejidad de los temas antes comentados el Acuerdo de París. La lentitud de los procesos diplomáticos, hace seguramente ante las presiones inmediatas del cambio climático, que muchos de los países afectados busquen y presionen para que su implementación sea más rápida. Pero, que entre en vigor será un avance a la nada.
Por ello, México país que ha ratificado el Acuerdo de París, debe atender de manera ordenada las acciones comprometidas de adaptación y mitigación al cambio climático en el país.
En dicho sentido se propone:
Impulsar el funcionamiento efectivo del Sistema Nacional de Cambio Climático, como mecanismo permanente de concurrencia, comunicación, colaboración, coordinación y concertación de la política nacional de cambio climático.
Reformar la Ley General de Cambio Climático, para fortalecer la política nacional de adaptación, la evaluación de la política nacional de cambio climático, así como aplicar los denominados “presupuestos de carbono” con el objetivo de lograr cumplir puntualmente los compromisos de mitigación del país.
Reformar la Ley de Petróleos Mexicanos, para que como empresa productiva del Estado tenga mecanismos y mandatos precisos como empresa global de energía y sustentabilidad ambiental.
Impulsar reformas legales para una nueva fiscalidad ambiental, que impulse patrones de producción y consumo responsables, y por tanto una economía baja en carbono, reduciendo impuestos indirectos a los productos “más ecológicos”, gravando cargas fiscales para actividades dañinas al ambiente e incentivando económicamente a las personas físicas y morales con actividades sostenibles.