Marcial Rodríguez Saldaña
Agosto 16, 2018
La protección a los derechos humanos se ha constituido en el fin sustancial de los Estados modernos denominados constitucionales, democrático-sociales. No se podría concebir a fines de la segunda década del siglo XXI, un Estado en su parte representativa como gobierno que no tuviese como misión y función fundamental la salvaguarda de los derechos humanos.
1.- La experiencia de la Segunda Guerra Mundial gestada por el nazismo-fascismo que se proponía la extinción de una parte de la especie humana, y todas las acciones de gobiernos dictatoriales y autoritarios, han puesto en el centro de la atención social en las últimas décadas el respeto a los derechos humanos. Las luchas populares por constituir sistemas políticos democráticos, al momento de su instauración deben tener como objetivo principal este principio. En el caso de México, el mandato de los electores –constituidos en pueblo soberano– es que haya un cambio de régimen, y esto implica una profunda transformación en todos los ámbitos públicos, entre ellos el de primer orden que son los derechos humanos. Es por ello que ante la cercanía de la entrada de un nuevo grupo de representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y locales, uno de sus principales ejes de acción debe ser tomar todas las medidas a su alcance para proteger los derechos humanos.
2.- La desaparición forzada de 43 estudiantes de Ayotzinapa y las ejecuciones extrajudiciales cometidas el 26 y 27 de septiembre del 2014 en Iguala, Guerrero, es un caso emblemático que se suma a muchos más que se han cometido en un sistema político autoritario y represivo que está llegando a su fin. El nuevo régimen político democrático dotado de plena legitimidad que está naciendo, debe tener como parte relevante de su proyecto de nación la protección a los derechos humanos, pues la democracia es consustancial a éstos. Las dictaduras y los sistemas políticos autoritarios son proclives a la violación sistemática de los derechos humanos, en tanto que las democracias son favorables a su protección. Por ello es alentador que ya haya señales claras del nuevo gobierno federal de que se está conformando para que haya un diálogo constante con las víctimas de los 43 alumnos desaparecidos para que se forme una Comisión de la Verdad y se conozca qué fue lo que realmente ocurrió, se sepa el paradero de los estudiantes y se sancione a todos los responsables de esta atrocidad.
3.- El derecho a la verdad es un derecho humano ya declarado por la Comisión y por la Corte Interamericanas de Derechos Humanos extraído de la interpretación de las normas contenidas en la Declaración Americana de Derechos Humanos, en las sentencias y jurisprudencia de ésta última, por ello no hay ningún impedimento jurídico para profundizar sobre al caso de los normalistas desaparecidos de Ayotzinapa para retomar las líneas de investigación que están pendientes producto de los informes del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), y ello implica retomar la cooperación internacional con este grupo y otros más que coadyuven a dilucidar qué fue lo que realmente ocurrió y desenmascarar la supuesta “verdad histórica” que pretendió imponer el gobierno de Enrique Peña Nieto.
4.- La iniciativa de crear una Comisión de la Verdad para el caso Ayotzinapa es una de muchas acciones que se deben de concretizar para esclarecerlo. En la experiencia internacional hay en general dos formas de cómo se han legalizado las comisiones de la verdad: una mediante decretos del Poder Ejecutivo y otra a través de leyes del Legislativo como en Haití (1995), en Sudáfrica (1991), en Sierra Leona (2000), en Ghana (2002), en Timor-Leste (2002) y en Liberia (2006). Yo soy partidario de que en México debe crearse el derecho a la verdad en la Constitución federal y la Comisión aprobarse mediante una ley votada por el Congreso de la Unión en razón de que de esta forma tendría más fuerza normativa y mayor rango jurídico, y se aseguraría de mejor manera que el derecho a la verdad sea constitucional y no sea solamente una política de gobierno sino de Estado que permita establecer todas las garantías para la protección a los derechos humanos, al conocimiento de la verdad y al derecho de acceso a la justicia.
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